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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 580897
Propuesta de resolución del director general de Residuos y Educación Ambiental y Resolución del consejero de Medio Ambiente y Territorio que modifica la composición del jurado nombrado en la Resolución del consejero de Medio Ambiente y Territorio de convocatoria pública para presentar candidaturas a los premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible del Govern de les Illes Balears para el año 2021

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Texto

 Antecedentes

El BOIB núm. 30, del 11 de marzo de 2017, publica el Decreto 10/2017, de 10 de marzo, por el cual se crean y regulan los premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible.

En el artículo 6.2 del Decreto se establece que la resolución de la convocatoria debe contener las categorias de los premios que se convocan, la partida presupostaria, la composición del jurado, la descripción de la forma y el lugar de presentación de les candidaturas, la fecha límite para presentarlas y la dotación económica para cada uno de los premios.

El 10 de octubre de 2021, Sebastián Pancracio Pou Font, jefe del Servicio de Educación Ambiental, se jubiló y no podrá asistir a las sesiones del jurado para el cual fue nombrado.

El 1 de noviembre se ha hecho efectivo el inicio del periodo de excedencia voluntaria de 1 año de Catalina Vallbona Adrover y , por tanto, tampoco podrá formar parte del jurado.

Por todo ello, propongo al conseller de Medi Ambient i Territori que dicte una resolución en los seguientes términos:

RESOLUCIÓN

Primero Modificar los términos de la convocatoria, que figuran en el punto 3 del anexo 1 de la Resolución del consejero de Medio Ambiente y Territorio de convocatoria pública para presentar candidaturas a los Premios Centros Educativos hacia el Desarrollo Sostenible del Govern de les Illes Balears para el año 2021 con el fin de sustituir las dos personas que se nombraron y no pueden ejercer la función de jurado.

Segundo Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears y ordenar que entre en vigor el dia después de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la via administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el conseller de Medi Ambient i Territori en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 i 124 de la Ley39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de les administraciones públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del dia siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.  

Palma, 16 de noviembre de 2021

El director general de Residuos y Educación Ambiental.

Sebastià Sansó i Jaume

CONFORME CON LA PROPUESTA,DICTO RESOLUCIÓN.

El conseller Miquel Gual Mir

 

ANEXO 1

Convocatoria

3. Jurado

1.-  Se nombra el siguiente jurado:

- Presidente: Sebastià Sansó i Jaume, director general de Residuos y Educación Ambiental.

- Vocales:

  • Nieves de la Concepción Marín, técnica de la Dirección General de Residuos i Educación Ambiental, como titular. Y Magdalena Alzamora Martorell, técnica, como suplente, en representación del Servcio de Calidad Ambiental y Educación Ambiental.
  • Gabriel Bardi Figini, jefe del Servicio de Calidad Ambiental y Educación Ambiental, como titular. Y Marina Aramburu-Zabala Riera, jefa del Departamento de Educación Ambiental, Calitat Ambiental i Residuos, como suplente.
  • Hugo Morata Casellas, jefe de la Sección XIV, como titular. Y Mireia Escalas Mayol, técnica, como suplente, en representación del Servicio Jurídico.
  • Francesc Bennàssar Lluís, jefe del Negociado V del Servicio de Educación Ambiental, que, además, actuará como secretario.

2. Para la constitución válida del jurado es necesaria la asistencia del presidente y del secretario y al menos de la mitad de los miembros.

3. La candidatura ganadora de cada premio ha de tener, como mínimo, la mayoría simple de votos favorables de los componentes del jurado. Los premios también se pueden declarar desiertos por mayoría simple.

4. El jurado ha de presentar la propuesta motivada de adjudicación de los premios al consejero de Medio Ambiente y Territorio, quien ha de resolver el otorgamiento del premio y ordenar que se notifique a las personas interesadas.