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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 580185
Resolución de la Directora Gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera por la que se adjudica, por el procedimiento de libre designación, el puesto de Jefe/a del Servicio de Recursos Humanos del Área de Salud de Ibiza y Formentera

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Texto

Antecedentes

1. El 18 de septiembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 129, la Resolución de la directora Gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera por la que se convoca, el puesto de Jefe del Servicio de Recursos Humanos del Área de Salud de Ibiza y Formentera, mediante el procedimiento de libre designación, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el cual se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 por el cual se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares, modificado por Acuerdo del consejo de gobierno de 18 de enero de 2013 por el cual se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de 5 diciembre de 2012.

2. El apartado 2.2. de la convocatoria objeto de resolución, establece que “Puede participar en esta convocatoria el personal estatutario fijo de gestión y servicios del subgrupo A1 o A2, que, en la fecha de la publicación de la misma, esté en la situación de servicio activo o en la situación de reserva de plaza y preste servicio a instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud y acredite conocimientos de lengua catalana de nivel C1 (nivel de dominio funcional efectivo) mediante la aportación de certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o certificado expedido, reconocido como equivalente u homologado por la Dirección General de Política Lingüística que acredite poseer el nivel correspondiente mencionado.

Asimismo, pueden participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera del subgrupo A1 o A2, de cualquier administración pública que, en la fecha de publicación de la misma, esté en la situación de servicio activo o en la situación de reserva de plaza, y acredite conocimientos de lengua catalana de nivel C1 (nivel de dominio funcional efectivo) mediante la aportación de certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o certificado expedido, reconocido como equivalente u homologado por la Dirección General de Política Lingüística que acredite poseer el nivel correspondiente mencionado.

No obstante, de conformidad con lo establecido en el punto 11.4 del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011, por el cual se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011, si se declara desierta la presente convocatoria por no concurrir personal estatutario fijo que cumpla los requisitos establecidos, se puede designar, por un periodo de dos años, a personal estatutario interino que reúna los requisitos mencionados, que haya presentado su solicitud y haya cumplido el resto de formalidades correspondientes, en el plazo fijado”

3. Dentro del plazo establecido en la convocatoria se han presentado dos solicitudes de participación.

4. Examinadas las solicitudes, se ha comprobado que ambas aspirantes están en situación de servicio activo en el Subgrupo A2, pero sólo una de ellas cumple con el requisito de personal fijo, de acuerdo con el párrafo segundo del apartado 2.2. de la convocatoria.

Fundamentos jurídicos

1. Art. 29.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, por lo que respecta a criterios de selección para la provisión de puestos de libre designación.

2. En cuanto a los requisitos de participación establecidos en la convocatoria, resulta de aplicación el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011, por el cual se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011, por el cual se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013, por el cual se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de 5 de diciembre de 2012.

3. En relación a la competencia para convocar y resolver los procedimientos de provisión de puestos de jefatura y asimilados que se tienen que proveer por el sistema de libre designación, aplica el art. 3.c) de la Resolución de la consejera de Salud y Consumo, de 3 de noviembre de 2020, por la que se delegan diferentes competencia en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 191, de 7 de noviembre de 2020).

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, dicto la siguiente

Resolución

1. Designar a Doña María Isabel Navas Rubio, con D.N.I. número 41454****, para el puesto de trabajo de Jefa del Servicio de Recursos Humanos del Área de Salud de Ibiza y Formentera, en base a los siguientes motivos que acreditan el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la formación y experiencia más adecuada para su adjudicación:

  • Ostentar la condición de funcionaria de carrera, TAG, Técnica de gestión perteneciente a la escala de Administración general en el Subgrupo A2.
  • Formación en materia de Recursos Humanos (Postgrado en Dirección de Recursos Humanos, Diplomada en Relaciones Laborales, Máster en Derecho del Trabajo y Seguridad Social, etc.).
  • Experiencia profesional en Área de Recursos Humanos.
  • Certificado C1 de conocimientos en lengua catalana, expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. La fecha de efectos de este nombramiento será desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución se puede interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Ibiza, 25 de noviembre de 2021

La directora gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera

P.D. Consejera de salud y consumo (BOIB núm.191, 7 de noviembre de 2020)

M. Carmen Santos Bernabeu