Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 577736
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se aprueba la oferta de empleo público del personal docente e investigador de la UIB para el año 2021
La Ley 11/2020, de 30 de septiembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (BOE núm. 341, de 31 de diciembre), determina en su título III («De los gastos de personal») la regulación de la oferta de empleo público. Así, en el artículo 19 («Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público»), se establece una tasa de reposición del 110 por ciento para las plazas de personal docente e investigador, atendida su consideración de sector prioritario establecida en el mencionado artículo, apartado 1.3.
La oferta de empleo público, de conformidad con lo establecido en el segundo apartado del artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público (TREBEP), aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, tendrá que ser aprobada por el pertinente órgano de la Administración Pública y deberá publicarse en el diario oficial correspondiente.
La oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad de las Illes Balears para el año 2021 incluye, de conformidad con las previsiones del primer apartado del artículo 70 del TREBEP, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que tengan que proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal como está previsto en el TREBEP, la oferta de empleo público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos.
En este sentido, la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 contiene la previsión siguiente en el artículo 19 (Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público): «[...] I) Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, [...] siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias. Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado».
Además, no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna. En este sentido, el segundo párrafo del artículo 62.2 de la LOU prevé que: «Asimismo, las Universidades podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas, que no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 56 de esta misma ley, se convocarán para funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. Los funcionarios que participen en estos concursos tendrán que estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad».
Por otro lado, debe indicarse que el cómputo de la tasa de reposición de efectivos, comunicada a la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura y a la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores del Gobierno de las Illes Balears y calculada en función del número de empleados fijos que durante el ejercicio presupuestario de 2020 han dejado de prestar servicios en esta Universidad, cuerpos o categorías, es de treina y ocho plazas.
En vista de todo lo que se ha indicado, a propuesta del Consejo de Dirección y a la espera de la autorización pertinente de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores del Gobierno de las Illes Balears, el Consejo de Gobierno de la Universidad de las Illes Balears, en su sesión ordinaria del día de 27 de septiembre de 2021, aprobó la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la UIB para el año 2021.
Finalmente, el día 12 de noviembre de 2021 la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores dictó resolución de autorización de la oferta de ocupación pública de la Universidad de las Illes Balears en relación a las plazas de personal docente e investigador para el año 2021.
Por tanto, una vez otorgada la pertinente autorización por parte de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores del Gobierno de las Illes Balears se publica la aprobación de la oferta de empleo público de la Universidad de las Illes Balears que se especifica seguidamente.
Primero. Aprobación de la oferta de empleo público
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público, se aprueba la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad de las Illes Balears para el año 2021.
Segundo. Cuantificación de las plazas
El número de plazas de personal docente e investigador para el año 2021 se indica a continuación:
Cuerpo |
Grupo |
Total de plazas |
Profesores Titulares de Universidad |
A1 |
24 |
Profesores Contratados Doctores |
– |
14 |
Habrá seis plazas de Profesor de Profesor Contratado Doctor que se destinarán a la incorporación de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 en el marco del Programa Ramón y Cajal.
Tercero. Procesos selectivos
Las bases específicas que regularán los procesos selectivos derivados de esta oferta de empleo se publicarán en los boletines oficiales correspondientes en el plazo de tres años a partir de la fecha de publicación de esta oferta de empleo, de conformidad con las disposiciones del artículo 70.1 del Real decreto legislativo 5/2015.
Lo hago publicar para que se tome conocimiento de ello y tenga los efectos que correspondan.
Palma, 23 de noviembre de 2021
El rector Jaume Carot