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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 573015
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 23 de noviembre de 2021 por la cual se amplía la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2021/2022

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Texto

Hechos

1. El 3 de julio de 2021 se publicó, en el BOIB n.º 88, la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 28 de junio de 2021 por la cual se convoca el procedimiento para la dotación de Auxiliares Técnicos Educativos (ATE)en la enseñanza privada concertada para el curso 2021-2022.

2. El 27 de julio de 2021 se publicó, en el BOIB n.º 100, la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 23 de julio de 2021, por la cual se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE)a la enseñanza privada concertada para el curso 2021-2022.

3. La Resolución definitiva del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 27 de agosto de 2021 (BOIB n. º 118 de 31 de agosto), determinó la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE)en la enseñanza privada concertada para el curso 2021-2022.

4. Con posterioridad a la Resolución definitiva de 27 de agosto de 2021, el Servicio de Atención a la Diversidad de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa (de ahora en adelante SAD), ha emitido nuevos informes respecto de solicitudes nuevas presentadas por parte de los centros interesados en fecha 12 de noviembre (CC 07006482) y en fecha 15 de noviembre (CC 07000650).

5. Hay crédito presupuestario adecuado y suficiente.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el cual se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017/2018 (BOIB n.º 6, de 14 de enero), en concreto el artículo 20.2 establece:

“Los alumnos con falta de autonomía derivada de necesidades educativas específicas o de problemas graves de salud, cuando así se dictamine, tienen que ser atendidos por auxiliares técnicos educativos o cuidadores, bajo la responsabilidad y la supervisión del equipo educativo. La financiación del auxiliar técnico educativo o del cuidador se efectuará según lo que se prevea en el correspondiente módulo económico establecido en la ley de presupuestos sobre medidas de distribución de los fondos públicos para el sostén de los centros concertados.

Dado que este recurso está vinculado a cada alumno, para cada curso escolar el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictará una resolución para que los centros privados concertados puedan solicitar una dotación de auxiliares técnicos educativos o cuidadores. Esta dotación se asignará de acuerdo con los criterios que establezca el Servicio de Atención a la Diversidad para los centros sostenidos con fondos públicos y teniendo en cuenta a los alumnos escolarizados en cada centro que requieran este apoyo. Por este motivo, además del módulo entero puede haber medio módulo o un cuarto de módulo.”

2- Los Informes del Servicio de atención a la diversidad a que hace referencia el hecho número 4, en los que se concluye que corresponde dotar en cada centro las horas que constan en el siguiente cuadro:

Fecha Informe SAD

Código de centro

Centro

Horas de dotación en la Resolución Definitiva 27/8/21

Incremento horas semanales

Horas totales semanales

Módulo total

Inicio de efectos económicos

12/11/2021

07006482

CC Mata de Jonc

0

9,5

9,5

0,25

15/11/2021

15/11/2021

07000650

CC Fra Joan Ballester

38

9,5

47,5

1,25

18/11/202

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aumentar, de acuerdo con los informes emitidos por el SAD, la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en los centros siguientes:

Fecha Informe SAD

Código de centro

Centro

Horas de dotación en la Resolución Definitiva 27/8/21

Incremento horas semanales

Horas totales semanales

Módulo total

Inicio de efectos económicos

12/11/2021

07006482

CC Mata de Jonc

0

9,5

9,5

0,25

15/11/2021

15/11/2021

07000650

CC Fra Joan Ballester

38

9,5

47,5

1,25

18/11/2021

2. Publicar esta resolución en el Boletín  Oficial de las Islas Baleares y a la página web del Departamento de Centros Concertados de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

Palma, 23 de noviembre de 2021

El director general de Planificación, Ordenación y Centros

Antonio Morante Milla