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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

PATRONATO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BARRIO

Núm. 570723
Convocatoria concurso-oposición de una plaza de técnico medio en vivienda (tasa reposición) correspondiente a la oferta de empleo público 2018

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Texto

En fecha 19/11/2021 con núm. Decreto HAB202100548 se resolvió:

PRIMERO.- Convocar concurso-oposición turno libre, para la cobertura de UNA plaza de tèénico medio en vivienda dotada pressupostariamente y correspondiente a la tasa de reposición de la oferta de ocupación pública de 2018, publicada en el BOIB núm. 153 de 6 de diciembre de 2018.

SEGUNDO.- Aprobar las bases específicas que regiran esta convocatoria, que se adjuntan com anexo al presente acuerdo.

TERCER.- El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte dias naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

CUARTO- Las instancias se deberán dirigir a la presidenta del PMHRIBA en la forma establecida en la base tercera de las bases generales que rigen esta convocatoria.

QUINTO.- No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de la plaza convocada.

SEXTO.- Dar cuenta de la presente resolución en el próximo Consejo Rector que se lleve a cabo.    

BASES ESPECÍFICAS DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE INGRESOS, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN POR EL TURNO LIBRE PARA CUBRIR UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO EN VIVIENDA (tasa de reposición) 

INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2018.

OBJETO Y NORMAS GENERALES.

El Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios - en adelante PMHRIBA - convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno libre, para la cobertura de una plaza de TÉCNICO MEDIO EN VIVIENDA, vacante en la plantilla, especialidad arquitectura técnica, dotada presupuestariamente y correspondiente a la oferta de empleo público del año 2018.

La presente convocatoria está además sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, en lo que respecta al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015 , de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares.

La convocatoria se regirá por las bases generales publicadas en el BOIB núm. 134, de 30 de septiembre de 2021.

El artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres dispone que "La aprobación de convocatorias de pruebas selectivas para el acceso al empleo público deberá acompañarse de un informe de impacto de género, salvo en casos de urgencia y siempre sin perjuicio de la prohibición de discriminación por razón de sexo", que se complementa con el artículo 43.3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio de Igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares: "A las ofertas de empleo público de las Administraciones Públicas de las Islas Baleares, debe adjuntarse una evaluación del impacto de género". Todo esto pone de manifiesto el compromiso asumido por el PMHRIBA en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como con la prevención y actuación frente a la violencia de género.

 

REQUISITOS DEL ASPIRANTE: Además de los que se prevén en las bases generales:

1-. Estar en posesión del título universitario de arquitectura técnica o aquél que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según se establece en las Directivas Comunitarias en la fecha de la finalización del plazo de presentación de instancias.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

2-. Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados establecidos en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12-03-2013) o por certificado expedido por la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Juventud, que según el Decreto 6/2012, de 3 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, (BOIB número 19, de 07-02-2012), garantice los conocimientos de catalán exigidos.Este documento acreditativo, original o fotocopia compulsada, se deberá presentar dentro del plazo de admisión de solicitudes al proceso selectivo, sin que se pudan presentar en ningún otro momento.

FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS

Las personas aspirantes a las pruebas selectivas tendrán que cumplimentar el impreso establecido por el PMHRIBA, que se les facilitará en la Oficina del Patronato. Asimismo, el referido impreso podrá obtenerse a través de Internet consultando la página web www.patronathabitatge.es; este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede copia sellada de la instancia presentada.

Las solicitudes deben dirigirse a la Presidenta del Patronato y se podrán presentar en la oficina del patronato, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Palma, o bien en cualquiera de las formas previstas en el arte. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Junto con la solicitud, las personas interesadas tendrán que acompañar:

a. Una fotocopia del documento nacional de identidad o, en caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).

b. Una fotocopia compulsada del título académico exigido en cada convocatoria (anverso y reverso) o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.

c. Copia auténtica del certificado de conocimientos de lengua catalana que se indique en la convocatoria específica. Los conocimientos de lengua catalana deben acreditarse mediante un certificado expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Dirección General de Política Lingüística, o bien expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

ADMISIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

Agotado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de un mes aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas, que se publicará en el tablón electrónico de edictos y anuncios de la página web del Patronato de Vivienda y en el apartado de oferta pública de trabajo de la misma página web, con indicación de las causas de exclusión. La relación de personas excluidas se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Para subsanar posibles defectos y presentar reclamaciones, las personas excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde la publicación de la relación indicada en el BOIB. Si no se presentan enmiendas la lista será definitiva.

Transcurrido este plazo anteriormente señalado se aprobará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en el tablón electrónico de edictos y anuncios de la página web www.patronathabitatge.es , y en el apartado de oferta pública de trabajo de la misma página web. En la relación de personas excluidas se hará constar las resoluciones de las reclamaciones presentadas.

 

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Concurso oposición por el turno libre.

El presente procedimiento selectivo generará un bolsín y se podrán nombrar por orden de puntuación final a las personas que figuren en el bolsín de personas candidatas que hayan superado el primer ejercicio de la fase de oposición.

CALIFICACIONES: Los ejercicios obligatorios serán eliminatorios y se puntuarán de acuerdo con lo establecido en las presentes bases específicas.

CALENDARIO DE LOS EJERCICIOS:

El primer ejercicio se efectuará en el primer trimestre de 2022, el resto se determinarán por el tribunal.

COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR: El tribunal calificador estará constituido por un presidente o presidenta, designado discrecionalmente por el órgano competente, y cuatro vocales, que serán designados por sorteo de entre personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Palma y del Patronato Municipal de la Vivienda, entre otros en su caso, en servicio activo que reúna los requisitos exigidos en la normativa vigente. Esta designación implicará a la de los respectivos suplentes. El secretario/a será designado por votación de entre los vocales.

El tribunal podrá disponer de la incorporación de personal asesor especialista para todas o algunas de las pruebas.

Podrán asistir, con voz pero sin voto, las personas representantes de las organizaciones sindicales representativas, para realizar funciones de vigilancia y velatorio del buen desarrollo del procedimiento selectivo.

PROGRAMA DEL CONCURSO OPOSICIÓN.

FASE DE OPOSICIÓN ( 50 PUNTOS)

La puntuación máxima de la fase de oposición será de 50 puntos. La oposición constará de tres ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio, cuyas calificaciones se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas siempre con tres decimales, por cada miembro del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes. Se eliminará la nota más alta y más baja de las otorgadas cuando la diferencia entre ellas sea igual o superior a tres puntos. El cociente obtenido será la calificación definitiva.

La fase de oposición supondrá un 80% de la puntuación final.

PRIMER EJERCICIO:

Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la exposición escrita, durante tres horas, de dos temas elegidos entre cuatro temas designados por sorteo público del temario específico que se anexa a las presentes bases.

Se valorará hasta un máximo de 20 puntos. Cada tema se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 10 puntos para superar este ejercicio, 5 por cada tema.

Se valorará fundamentalmente los conocimientos expuestos sobre los temas que correspondan, así como la claridad, el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita.

SEGUNDO EJERCICIO:

Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en resolver un supuesto práctico elegido al azar de entre los tres que proponga el tribunal, relacionados con las funciones propias de la plaza. El tiempo máximo para desarrollar este ejercicio será de dos horas.

Se valorará hasta un máximo de 20 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 10 puntos para superar este ejercicio.

Se valorará la capacidad de raciocinio, la correcta interpretación de la normativa aplicable al caso planteado, la adecuada formulación de conclusiones y los conocimientos expuestos.

TERCER EJERCICIO

Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un tema entre dos temas extraídos al azar por sorteo público del temario de la parte general.

Se valorará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superar este ejercicio.

FASE DE CONCURSO ( 22 PUNTOS).

La fase de concurso supondrá un 20% de la puntuación final.

Los méritos que se valorarán en la fase de concurso, y que vendrán referidos a la fecha de plazo de presentación de instancias, deberán presentarse mediante la presentación de originales o fotocopias compulsadas en el modelo normalizado establecido al efecto por el PMHRIBA, dentro del plazo de 10 días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición.

Los méritos o servicios a tener en cuenta estarán referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Por tanto, no se computarán los servicios prestados ni el resto de méritos obtenidos con posterioridad a esta fecha.

En ningún caso se valorarán los méritos alegados no debidamente justificados antes de la finalización del plazo de su presentación. En ningún caso se requerirá documentación o subsanación de errores relativa a los méritos, salvo errores meramente formales advertidos en la documentación presentada por el aspirante, siempre que ésta acredite el mérito alegado en su aspecto sustantivo.

No se tendrá en cuenta la remisión a otros expedientes de convocatorias anteriores.

La acreditación de trabajos realizados en entidades públicas empresariales, entidades de derecho público sometidas al derecho privado, en consorcios, en fundaciones del sector público, en empresas societarias del sector público y en empresas privadas se realizará mediante el certificado de la vida laboral, y la acreditación de la categoría y de las funciones realizadas con el contrato laboral o un certificado de la empresa, del consorcio o de la fundación correspondiente, o de otra forma en que queden acreditadas la categoría y las funciones llevadas a cabo .

La acreditación de los servicios prestados en el PMHRIBA será realizada de oficio por registro de personal e informática del Ayuntamiento.

Los documentos acreditativos de los méritos presentados podrán ser retirados por los aspirantes en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente de adquirir firmeza la resolución definitiva del procedimiento. De lo contrario serán destruidos.

Los méritos a valorar serán los que se relacionan a continuación:

Experiencia profesional.

1. Servicios prestados en una empresa privada ejerciendo funciones de naturaleza o contenido técnico análogas a las de la plaza convocada: 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 4 puntos.

2. Servicios prestados en el sector público (que no sean Administraciones Públicas) ejerciendo funciones de naturaleza o contenido técnico análogas a las de la plaza convocada: 0,07 puntos por mes, hasta un máximo de 5 puntos.

3. Servicios prestados en cualquier Administración Pública, siempre que se encuentren en el ámbito de aplicación de la Ley 70/1978, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, ejerciendo funciones de naturaleza o de contenido técnico análogas a las de la plaza convocada: 0,10 puntos por mes, hasta un máximo de 6 puntos.

La puntuación máxima a considerar será de 6 puntos.

Cursos de formación.

Se valorará la formación específica y relacionada con las funciones propias de la plaza convocada. La valoración de este criterio se lleva a cabo de acuerdo con el siguiente baremo:

Cursos de formación y perfeccionamiento, jornadas o seminarios impartidos y/o reconocidos por la Escuela Municipal de Formación, el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), la Administración de el Estado, la Autonómica o la Local, las organizaciones sindicales firmantes de los acuerdos de formación continua de las Administraciones Públicas, las universidades y las escuelas técnicas, o los homologados por cualquiera de estas instituciones, así como la formación organizada e impartida por los colegios profesionales. En este apartado se incluyen los cursos de formación ocupacional impartidos o promovidos por el Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB), y por otras entidades u organismos locales, autonómicos o estatales con competencias en materia de formación ocupacional.

Los cursos pueden tener cualquier duración. Los créditos de aprovechamiento suponen los de asistencia; es decir, no son acumulativos la asistencia y el aprovechamiento.

No se valoran las asignaturas encaminadas a obtener las titulaciones académicas. Tampoco se valorarán los cursos de doctorado ni la impartición de asignaturas en la universidad, ni aquellos presentados como requisito de acceso a la plaza convocada.

Esta formación se valorará de acuerdo a lo siguiente:

-La hora de impartición se valora con: 0,007 puntos

-La hora de aprovechamiento se valora con: 0,005 puntos

-La hora de asistencia se valora con: 0,002 puntos

Un crédito equivale a 10 horas de formación.

La puntuación máxima será de 5 puntos.

Formación que se valorará en cualquier especialidad.

Se valoran para cualquier especialidad las siguientes acciones formativas:

1. Cursos del área jurídico-administrativa.

2. Cursos de igualdad de género.

3. Cursos de informática.

4. Cursos de calidad, habilidades, competencias profesionales y mandos

5. Cursos de prevención de riesgos laborales

Esta formación se valorará de acuerdo a lo siguiente:

-La hora de impartición se valora con: 0,005 puntos

-La hora de aprovechamiento se valora con: 0,004 puntos

-La hora de asistencia se valora con: 0,0018 puntos

Un crédito equivale a 10 horas de formación.

La puntuación máxima será de 3 puntos.

Titulaciones académicas

1. Estudios que se valoran.

1.1 Se valoran en este apartado las titulaciones académicas cuyo carácter oficial o equivalencia tenga reconocido y establecido el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, así como los títulos propios de grado y los títulos propios de posgrado establecidos por las universidades españolas en la regulación de las enseñanzas propias, cuando estén directamente relacionadas con las funciones propias de la plaza convocada.

1.2 La valoración como mérito de un título implica que no se valora el de nivel inferior o el primer ciclo que sea imprescindible para obtenerlo, excepto en el supuesto del título de doctor, máster oficial o título propio de posgrado en que sí se puede valorar la licenciatura o equivalente.

1.3 Se valorarán las titulaciones de nivel superior a las exigidas como requisitos, sin que en ningún caso se pueda valorar la acreditada como requisito.

2. Puntuación.

2.1 Estudios de Postgrado.

2.1.1 Por cada título de doctor/a: 3 puntos.

2.1.2 Por cada título de máster universitario oficial: 2 puntos.

2.1.3 Títulos propios de posgrado (máster, especialista universitario, experto universitario y curso de actualización universitaria) se valoran a razón de 0,015 puntos por cada crédito LRU (sistema de valoración de las enseñanzas introducido por el RD 1393/2007, de 27 d octubre) o por cada 10 horas lectivas, ya razón de 0,065 puntos por cada crédito ECTS (sistema europeo de transferencia de créditos) o por cada 25 horas lectivas, con un máximo de 1 punto.

En el supuesto de que el máster oficial o título propio de postgrado no indique los créditos o no mencione si se tratan de créditos LRU o ECTS, se entiende que los créditos son LRU y deben computarse, de acuerdo con los párrafos anteriores , a razón de 0,025 puntos por cada crédito o por cada 10 horas lectivas, si son títulos oficial, ó 0,015 puntos por cada crédito o por cada 10 horas lectivas si se trata de títulos propios.

No se tendrá en cuenta como mérito el título de máster que habilita para el ejercicio de la profesión objeto de esta convocatoria, en el supuesto de presentar el título de grado, al ser requisito.

2.2 Estudios universitarios:

2.2.1 Por cada titulación académica oficial de segundo ciclo universitario, licenciatura, arquitectura, ingeniería o equivalente: 2 puntos.

La puntuación máxima será de 6 puntos.

Conocimiento de la lengua catalana.

Se valorarán los certificados expedidos u homologados por la EBAP o la Dirección General de Política Lingüística. El certificado LA se puede acumular en el C1 o en el C2. La puntuación en cada caso será:

1. Nivel de dominio funcional efectivo (certificado C1): 1 punto.

2. Nivel de dominio (certificado C2): 1,50 puntos.

3. Conocimientos de lenguaje administrativo (certificado LA): 0,50 puntos.

La puntuación máxima será de 2 puntos.

     

ANEXO TEMARIO

TEMARIO PARTE ESPECÍFICA:

Tema 1.- La Organización administrativa del urbanismo. Competencias de la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, del Consejo de Mallorca y de la Administración Local.

Tema 2. -La Ley 2/2014, de Ordenación y uso del suelo (I). Principios generales. Competencias administrativas. Convenios Urbanísticos. Estructura de la ley.

Tema 3.- La Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares.

Tema 4.- Plan general de Ordenación Urbana de Palma (I). Contenidos. Estructura del plan, sistemática y documentación.

Tema 5.- Las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Palma (II). Régimen de los edificios existentes.

Tema 6.- Las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Palma (III). Normas reguladoras de los usos.

Tema 7. Las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Palma (IV). Normas de edificación en suelo urbano.

Tema 8.- Las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Palma (V). Protección y conservación del patrimonio. El catálogo de protección de edificios y elementos de interés histórico, artístico, arquitectónico y paisajístico de Palma.

Tema 9.- Las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Palma (VI). La ordenación del suelo rústico.

Tema 10.- Las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Palma (VII). Condiciones de higiene, composición interior y estética en la edificación.

Tema 11.- Ordenanza municipal del informe de evaluación de los edificios (IEE). La certificación energética de edificios. Normativa de aplicación. Contenidos. Tramitación administrativa.

Tema 12.-Ordenanza municipal de publicidad.

Tema 13.- Ordenanza municipal de aparcamientos privados.

Tema 14.- Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (I). Principios generales. Competencias administrativas. Convenios Urbanísticos. Estructura de la Ley y el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, en todo lo que sea compatible con la Ley 12/2017.

Tema 15.- Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (II). Clasificación del suelo. Derechos y deberes en el suelo urbano y urbanizable y el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, en todo lo que sea compatible con la Ley 12/2017.

Tema 16.- Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (III). Planeamiento urbanístico y el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, en todo lo que sea compatible con la Ley 12/2017.

Tema 17.- Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (IV). Gestión y ejecución del planeamiento y el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, en todo lo que sea compatible con la Ley 12/2017.

Tema 18.- Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (V). Ejercicio de las facultades de uso y edificación del suelo. Expropiación forzosa por razón de urbanismo y el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, en todo lo que sea compatible con la Ley 12/ 2017.

Tema 19.- Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (VI). Disciplina urbanística. La inspección urbanística de obras. Las infracciones urbanísticas y las sanciones y el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, en todo lo que sea compatible con la Ley 12/2017 .

Tema 20.- Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (VII). La licencia urbanística y la comunicación previa y el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, en todo lo que sea compatible con la Ley 12/ 2017.

Tema 21.- Ley 12/2017 de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (VIII). La intervención urbanística en bienes inmuebles. Deberes legales de uso, rehabilitación y conservación. Órdenes de ejecución. Declaración de estado ruinoso y el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca, en todo lo que sea compatible con la Ley 12/2017.

Tema 22.- El Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre. Texto refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana.

Tema 23.- Teorías sobre el valor. El valor de los bienes y derechos: clases. El precio. Relación entre valor y precio. Influencia de la evolución histórica de las facultades urbanísticas del derecho de propiedad en el valor de bienes inmuebles.

Tema 24.- Principios y criterios de valoración de los bienes inmuebles. Sistemas de valoración. Métodos de valoración. Comparación con el mercado: componentes del valor a precios de mercado (en venta y alquiler). Estudios del mercado inmobiliario: aplicaciones.

Tema 25.- Coste de reposición o reemplazo: coste actual. La depreciación de los bienes inmuebles: clases. Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento y gastos. Actualización de rendimientos (rentas) presentes y futuros. Influencia de la legislación sobre arrendamientos urbanos y de las limitaciones administrativas de rentabilidad en el valor de los inmuebles.

Tema 26.-Valor de las construcciones. Valoración analítica y valoración sintética. Procedimiento de medición. Valor unitario. Valor intrínseco o de coste y coste de reposición. Depreciaciones.

Tema 27.- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE). Disposiciones generales. Condiciones técnicas y administrativas. Exigencias básicas. Contenido del proyecto. Documentación del seguimiento de la obra.

Tema 28.- Decreto 59/1994, de 13 de mayo, por el que se regula el control de calidad de la edificación y de su uso y mantenimiento.

Tema 29.- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus posteriores modificaciones.

Tema 30.- Código técnico de edificación (CTE). DB SI - Seguridad en caso de incendio.

Tema 31.- Código técnico de edificación (CTE). DB SUA - Seguridad de utilización y accesibilidad.

Tema 32.- Código técnico de edificación (CTE). DB HS – Salubridad.

Tema 33.- Código técnico de edificación (CTE). DB HE - Ahorro de energía.

Tema 34.- Código técnico de edificación (CTE). DB HR – Protección frente a los ruidos.

Tema 35.- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación (LOE)

Tema 36.- El Real decreto 105/2008. Producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. La gestión medioambiental. Normativa: gestión desde la fase de proyecto y en fase de ejecución de obra. Buenas prácticas de los actores del proceso. El estudio y plan de gestión de residuos en las obras de construcción y demolición.

Tema 37.- Real Decreto 751/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueba la instrucción de Acero Estructural (EAE) y sus posteriores modificaciones.

Tema 38.- Derribo de obras y edificaciones. Procesos y condiciones de ejecución. Tipo de estimulos. Control y seguridad de estas obras. Criterios de medición y valoración.

Tema 39.- Apuntalamientos. Tipologías. Apuntalamiento de estructuras horizontales, apuntalamiento de estructuras verticales. Apeo de muros de carga y estructuras verticales. Control y seguridad de estas obras. Criterios de medición y valoración.

Tema 40.- Acondicionamiento del terreno. Excavaciones a cielo abierto, achiques y desmontes. Excavaciones en pozos, zanjas y apeos. Rellenos: tipos y sistemas de compactación. Mejora o refuerzo del terreno. Muros de contención y estabilidad de taludes. Medidas de seguridad durante la ejecución de los trabajos. Criterios de medición y valoración.

Tema 41.- Cimentaciones. Tipologías. Estudio geotécnico, presión admisible sobre el terreno. Mediciones y valoración. Control de ejecución y de calidad. Criterios de medición y valoración.

Tema 42.- Estructuras de hormigón armado: tipologías. Control de ejecución y control de calidad, patología de las estructuras de hormigón. Sistemas de reparación y rehabilitación. Dimensionado de sección a compresión/flexo-compresión, dimensionado de sección a flexión.

Tema 43.- Estructuras metálicas: tipologías. Control de ejecución y control de calidad, patología de las estructuras metálicas. Sistemas de reparación y rehabilitación. Dimensionado de sección a compresión/flexo-compresión, dimensionado de sección a flexión.

Tema 44.- Entramados de techo: tipologías. Control de ejecución y control de calidad. Apuntalamientos. Pruebas de servicio.

Tema 45.- Cubiertas: tipologías. Prescripciones técnicas. Patología y reparación. Control de ejecución y control de calidad. Mantenimiento.

Tema 46.- Fachadas y cerramientos en edificios. Tipologías. Patologías y su reconocimiento. Criterios de medición y valoración.

Tema 47.- Legislación de prevención de riesgos en la construcción. Aspectos generales. Evaluación de riesgos. El estudio de seguridad y salud, contenido y obligatoriedad. Tramitación de la documentación de seguridad y salud, antes y durante la obra.

Tema 48.- Las medidas de seguridad y salud en la fase de obra: implantación de la obra, protecciones colectivas, protecciones individuales, señalización, reuniones y formación. Actas de seguridad.

Tema 49.- La ejecución de una obra. Documentación de seguimiento de la obra de la dirección facultativa y la coordinación de seguridad. Controles de ejecución de la obra.

Tema 50.- Documentación de los trabajos o actuaciones de mantenimiento de los edificios. El libro del edificio. Elementos constructivos del edificio: recomendaciones de uso, mantenimiento y conservación. Periodicidad, revisiones y comprobaciones de las operaciones realizadas. Análisis de la vida útil de las instalaciones: sustituciones, reposiciones. El coste de la conservación.

Tema 51.- Ley 9/2017, 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El contrato de obras.

Tema 52.- Ley 8/2017, 3 de agosto, de Accesibilidad Universal de las Islas Baleares: Código técnico de la edificación: DB-SUA. Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas: Principios generales y normativa vigente. Pavimentos en espacios de uso público: tipos y función. Pasos peatonales accesibles. Vados de vehículos, interferencia con los itinerarios peatonales accesibles: soluciones. Servicios higiénicos accesibles. Elementos de protección y señalización de las obras en vía pública, mantenimiento itinerario peatonal accesible. Escaleras y rampas en espacios de uso público. Mobiliario urbano accesible.

Tema 53.- Viviendas de protección oficial. Normativa vigente. Control de la administración. Régimen de descalificaciones y régimen sancionador.

Tema 54.- Habitabilidad. Cédulas, niveles mínimos de habitabilidad.

Tema 55.- El control de calidad de la edificación. La realización de ensayos. Laboratorios homologados. El sello de calidad de los materiales. Gestión de calidad según el CTE.

 

TEMARIO PARTE GENERAL:                                   

Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión. La reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2.- Las formas de organización territorial del Estado. El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y principios. Los estatutos de autonomía. El sistema de la distribución de competencias entre el estado y las comunidades autónomas. Las relaciones entre el estado y las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la comunidad autónoma de las Illes Balears. La reforma del Estatuto de Autonomía.

Tema 3.- Las fuentes del Derecho en general y, en especial, en el sistema jurídico positivo español. Aplicación de las normas jurídicas. El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria.

Tema 4.- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Funcionamiento electrónico del sector público: la sede electrónica. Portal de Internet. Sistemas de identificación de las administraciones públicas. Actuación administrativa automatizada. Sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada. Firma electrónica del personal al servicio de las administraciones públicas. Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación. Aseguramiento e interoperabilidad de la firma electrónica. Archivo electrónico de documentos.

Tema 5.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: el acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia: notificación y publicación. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad.

Tema 6.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común: las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación e instrucción. El silencio administrativo. Finalización del procedimiento. Los recursos administrativos: principios generales. Actas susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de recursos administrativos. Clases de recursos.

Tema 7.- Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común: identificación y firma de los interesados ​​en el procedimiento administrativo. Derecho de las personas en las relaciones con las administraciones públicas. Derecho y obligación a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas

Tema 8.- La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento en materia sancionadora. Medidas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.

Tema 9.- Contratación administrativa: concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. El cumplimiento de los contratos. Revisión de precios. Las prerrogativas de la administración en los contratos administrativos. La modificación de los contratos. Extinción del contrato: recepción y resolución de contratos administrativos. Especialidades de los distintos tipos de contratos. El recurso especial en materia de contratación.

Tema 10.- La responsabilidad de la Administración Pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños indemnizables. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 11.- La actividad administrativa de prestación de servicios. La iniciativa económica pública y los servicios públicos. El servicio público. Concepto. La reserva de servicios a favor de las entidades locales.

Tema 12.- La gestión directa de los servicios públicos. Gestión indirecta de servicios públicos. La concesión de servicios públicos: concepto y naturaleza. Potestades de la Administración. Derechos y obligaciones del concesionario. Relaciones del concesionario con usuarios. Extinción de la concesión.

Tema 13.- El patrimonio de las Administraciones Públicas. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Utilización: reserva y concesión. El patrimonio privado de las administraciones públicas. El inventario en la Administración Local.

Tema 14.- Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de Elaboración. El Reglamento orgánico. Los bandos.

Tema 15.- El municipio: concepto y elementos. El término municipal. Legislación básica y autonómica. La organización municipal. Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, pleno y junta de gobierno local. Órganos complementarios: comisiones informativas y otros órganos. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población. La Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma: organización del gobierno municipal.

Tema 16.- Las formas de acción administrativa de las entidades locales. La actividad de policía: la intervención administrativa local en la actividad privada. Las autorizaciones administrativas: sus clases. El régimen de licencias. La comunicación previa y la declaración responsable.

Tema 17.- El personal al servicio de las entidades locales: clases y régimen jurídico. Acceso al empleo público. Planificación de recursos humanos. Estructuración del empleo público. Instrumentos de ordenación de los puestos de trabajo. Provisión de puestos de trabajo y mobilidad. Situaciones Administrativas.

Tema 18.- Los derechos de los funcionarios locales. Derechos individuales. Especial referencia a la carrera administrativa y retribuciones. Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. Los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social de los empleados públicos. El régimen de incompatibilidades: Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 19.- El presupuesto como instrumento de planificación, como instrumento de gestión y como mecanismo general de coordinación. El ciclo presupuestario y sus fases.

Tema 20.- La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.

Tema 21.- La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 22.- Normativa europea, estatal y autonómica en materia de igualdad, no discriminación y violencia de género. El principio de igualdad en el empleo público. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Illes Balears.

Tema 23.- La centralidad del ciudadano. Participación ciudadana. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información en las comunidades autónomas y entidades locales. Gobierno abierto. Códigos de buen gobierno.

Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados ​​recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB.

 

Palma, 19 de noviembre de 2021.

La presidenta del Patronat Municipal de l'Habitatge i RIBA

Neus Truyol Caimari