Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 568406
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de noviembre de 2021 por el cual se modifica el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 22 de marzo de 2013 en relación al requisito de experiencia para ocupar determinados puestos de trabajo
Antecedentes
1. El apartado 1 a del punto segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2013 establece los criterios de ocupación de determinados puestos de trabajo jerarquizados. Estos criterios contemplan como referencia la experiencia adquirida por haber ocupado puestos en las unidades de gestión económica (UGE), las de contratación, las de servicios jurídicos o las de gestión de personal o función pública, de acuerdo con el apartado 1 b del punto segundo del citado Acuerdo
2. Este Acuerdo fue modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de noviembre de 2017 en relación con la equivalencia de una formación determinada con el requisito de experiencia para desempeñar puestos de trabajo concretos. En su tercer punto instaba a la revisión del mismo, en el plazo de un año, a fin de analizar su aplicación.
3. Desde la dirección general competente en materia de función pública se considera oportuna y necesaria la revisión del acuerdo, y modificar el punto 4 del citado Acuerdo relativo a la vigencia de la experiencia acreditada en determinados puestos de trabajo de un área determinada, en el sentido de suprimir la vigencia temporal de esta, de forma que se pueda acreditar la experiencia adquirida en cualquier momento de la carrera administrativa.
4. La propuesta formulada se negoció con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Servicios Generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en la sesión de día 8 de julio de 2021, las cuales mostraron su conformidad con la misma.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en la sesión del día 22 de noviembre de 2021, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Modificar el punto 4 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2013, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“La formación equivalente para ocupar puestos de trabajo tiene un período de vigencia de 15 años al efecto de acreditar los mencionados requisitos de ocupación.”
Segundo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercer. Disponer que este Acuerdo despliegue sus efectos el mismo día de su publicación.
Palma 22 de noviembre de 2021
La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez