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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 560134
Resolución del director gerente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se determina la suplencia del servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA

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Texto

El artículo 1.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de las administraciones públicas de las Illes Balears, establece que las entidades de derecho público dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma que integren la Administración instrumental deben sujetar su actuación a dicha ley cuando actúen en el ejercicio de potestades administrativas.

De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 3/2003, tienen la consideración de unidades administrativas los elementos organizativos básicos de la estructura orgánica y comprenden los puestos de trabajo vinculados funcionalmente por razón de su cometido a una jefatura superior común. Las unidades administrativas se denominan departamentos, servicios, secciones y negociados, y se estructuran, como regla general, en dos o más unidades de nivel inferior.

Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.3 de la citada Ley 3/2003, tienen la consideración de órganos administrativos, además de los órganos superiores y de los directivos, aquellas unidades administrativas (servicios, secciones, etc.) a las que se atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros o cuya actuación tenga carácter preceptivo.

El artículo 32.1de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de las administraciones públicas de las Illes Balears, establece que los titulares de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se sustituirán en sus funciones, de manera temporal, en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante, de acuerdo con lo establecido en dicha ley.

En los apartados segundo y cuarto de dicho artículo se determina que las suplencias podrán establecerse para un ámbito general o para un ámbito específico, así como para supuestos concretos y que se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears, salvo que se establezcan para supuestos concretos.

De igual modo, el artículo 33.2 de dicha Ley establece que la suplencia de los titulares de los órganos que no sean directivos la determinará el superior jerárquico del titular del órgano afectado entre los titulares de órganos del mismo rango o del rango inmediatamente inferior.

Dada la conveniencia de garantizar en todo momento el funcionamiento del FOGAIBA en caso de ausencia, enfermedad o de otro impedimento temporal de los titulares de sus órganos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de las administraciones públicas de las Illes Balears, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

En caso de ausencia, vacante o enfermedad del Jefe de Servicio de ayudas al desarrollo rural se establece el siguiente régimen de suplencias para dicha plaza :

a) Para la gestió de las líneas de ayudas FEADER SIGC el Jefe de Servicio de ayudas directas de la PAC.

b) Para el resto de líneas de ayudas atribuidas al servicio y el resto de las funciones no señaladas en el punto anterior así como la coordinación del Servicio en general, la Jefa del Servicio de la Unidad de Gestión Económica. El ejercicio de esta competencia se realizara sin perjuicio del cumplimiento de la separación de funciones que debe existir en la tramitación de los expedientes relativos al Organismo Pagador,en este caso las propuestas de resolución serán dictadas por el jefe de servicio señalado en el apartado a) anterior.

Segundo

Dejar sin efecto el régimen de suplencia establecido mediante la resolución de esta Gerencia de 12 de Julio en lo que se refiere a la plaza del Jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural.

Tercero

La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de les Illes Balears y entra en vigor el mismo día de su publicación.

 

Palma,  18 de noviembre de 2021

El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé