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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 560024
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autoriza la afectación y adscripción de un local en la calle de la Amargura, 14, en Manacor, a favor de la Consejería de Educación y Formación Profesional (Exp. SP 183/2021)

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Texto

Hechos

1. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears es propietaria de un local en calle de la Amargura, 14, 3a, pt 6, en Manacor. La Consejería de Hacienda y Presupuestos con la intención de alienar este local procedió a su desafectación e inició un procedimiento de subasta pública con múltiples convocatorias (BOIB núm. 133, 26/09/2013), todas ellas declaradas desiertas.

2. En fecha 3 de noviembre de 2021 tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, un oficio del secretario general de la Consejería de Educación y Formación Profesional solicitando la adscripción del local mencionado a favor de la Consejería de Educación y Formación Profesional para ubicar una oficina del Instituto de Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears (de ahora en adelante IQPIB).

3. Ante la declaración desierta de la subasta pública y dada la necesidad de destinar el local a un servicio que satisfaga el interés general, se considera oportuno afectar el local y adscribirlo a la Consejería de Educación y Formación Profesional para situar las dependencias del IQPIB.

4. Los números del activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears son el 100000001273–0 y 100000001438–0 con referencia catastral 8302633ED1880S0019QF, inscrito en el Registro de la Propiedad de Manacor (folio 56, tomo 3879, libro 767, inscripción núm. 49332).

5. En fecha 9 de noviembre de 2021, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó resolución de inicio del expediente de que se trata.

6. En fecha 15 de noviembre de 2021, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 24, 33 y 34 por remisión del artículo 88.c), incluidos en la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 28, 39 y 42, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

4. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el cese y el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

5. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

6. El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la afectación y adscripción de un local en la calle de la Amargura, 14, 3ª, pt 6, en Manacor, a favor de la Consejería de Educación y Formación Profesional para situar la oficina del Instituto de Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears.

2. Por la naturaleza de la adscripción, queda prohibido expresamente cualquier acto de disposición, de cesión, de arrendamiento, de subarrendamiento o cualquier otro acto de naturaleza análoga, restrictiva del dominio y la posesión.

3. La adscripción atribuye a la consejería beneficiaria las facultades de uso, gestión y administración vinculadas al ejercicio de una finalidad competencial concreta, sin alterar la titularidad, la calificación o el régimen jurídico de los bienes y derechos adscritos.

4. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

5. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

6. Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, en el día de la firma electrónica (15 de noviembre de 2021)

La directora general Catalina Ana Galmés Trueba