Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 559897
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, exps. 92 y 125 de fecha 16 de noviembre de 2021, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, para los años 2015 a 2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 16 de noviembre de 2021, firmó la siguiente resolución,
"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 6-1- Creación de empresas de Jóvenes Agricultores
Convocatoria: CEJA 2019_1 Grup.: Exptes. Núm. 092 y 125
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 227186
Código BDNS: 498184
Antecedentes
1.Con fecha de 15 de septiembre de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 136 la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores modificada mediante las resoluciones de 26 d abril de 2016, 26 de junio de 2018 y 2 de marzo de 2020.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día a 30/06/2019.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Con fecha 15 de diciembre de 2020 se firmó la Resolución de Concesión REM1, que se publicó en el BOIB núm. 215 de 29 de diciembre de 2020, en la que los interesados indicados en el anexo I de esta resolución de desistimiento no figuran porque quedaron aprobados sin conceder por concurrencia.
5. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados señalados en el Anexo I han presentado solicitud de desistimiento de su solicitud.
Fundamentos de derecho
1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.
2. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución de Desistimiento
Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Considerar desistidas las solicitudes presentadas por los interesados relacionadso en el Anexo I, que son un total de 2 expedientes y que empieza con FRANCISCA FERRER ROIG y acaba con BERNARDO RAMON TORRES, de la línea de ayudas “Creaciín de empresas de jóvenes agricultores”.
2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes relacionados en al Anexo I..
3. Notificar la resolución a los interesados mediante la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, a 12 de noviembre de 2021
El gestor de la línea, Pep Carretero de Oleza |
La Jefe de Sección XVI, Lidia Álvarez Álvarez |
Joan Josep Coll Bibiloni Por suplencia del Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural (BOIB núm. 94 de 15/07/2021) |
Conforme con la propuesta, dicto Resolución El vicepresidente del FOGAIBA en Materia de Agricultura Palma, 16 de noviembre de 2021 |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO I RELACIÓN DE BENEFICIARIOS QUE SE DECLARAN DESISTIDOS
Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
Motivo del desistimiento |
---|---|---|---|
FRANCISCA FERRER ROIG |
***5895** |
CEJA2019_1/092 |
presenta desistimiento 11/11/2021 |
BERNARDO RAMÓN TORRES |
***5868** |
CEJA2019_1/125 |
presenta desistimiento 11/11/2021 |
Palma, 17 de noviembre de 2021
El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé