Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 551754
Nombramiento auxiliar administrativo Ajuntamiento de Son Servera (Illes Balears)
Nombramiento auxiliar administrativo por exceso de trabajo en la OAC.
La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm: 2021-1702 de 12 de noviembre ha resuelto lo siguiente, en su parte bastante:
"RESUELVO
Primero.- Proceder al nombramiento de JOSÉ CÁRDENAS DURÁN, con DNI núm. ***5706** , como auxiliar administrativo en la OAC, funcionario interino, grupo C, subgrupo C2, debido a la acumulación de tareas en el registro municipal en relación con las ayudas convocadas por el Ajuntament de Son Servera, para la duración de 9 meses, de acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto-Ley14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la redacción de la temporalidad en el trabajo público.
Segundo.- Los efectos de la presente contarán a partir de la fecha 15 de noviembre de 2021 y finalizarán en fecha 14 de agosto de 2022.
Tercero.- Dar cuenta del presente a la persona interesada, así como a los departamento de Personal e Intervención para su conocimiento y efectos.
Cuarto.- Publicar la presente, mediante edicto, en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en la sede electrónica del Ajuntament de Son Servera (sonservera.eadministracio.cat), al objeto de dar conocimiento público .
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.”
Son Servera, 15 de noviembre de 2021
La alcaldesa
Natalia Troya Isern