Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 536929
Departamento de Personal. Servicio de Planificación y Provisión. Notificación terceros interesados interposición recurso contencioso administrativo, Procedimiento Abreviado 305/2021 Juzgado de lo contencioso administrativo núm. 1 contra el decreto núm. 4622 de fecha 12-03-2021 mediante la cual se desestima el recurso de alzada presentado por el Sr. Mesquida contra la resolución del tribunal calificador de las pruebas selectivas de 101 plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Palma
El regidor del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública, el día 28 de octubre de 2021 ha adoptado lo siguiente:
Mediante Oficio de los Servicios Jurídicos de fecha 7 de junio de 2021 se remite decreto del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 por el que comunica que por parte del Sr. SANTIAGO MESQUIDA MONSERRAT, se ha interpuesto recurso contencioso administrativo, procedimiento Abreviado núm. 305/21, contra el decreto nº 4622 de fecha 12-03-2021 mediante la cual se desestima el recurso de alzada presentado por el Sr. Mesquida contra la resolución del tribunal calificador de las pruebas selectivas de 101 plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Palma.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, el Regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública dicta al siguiente
PROVIDENCIA
PRIMERO.- Notificar a todas las personas que puedan estar interesadas, que por parte del Sr. Santiago Mesquida Monserrat se ha interpuesto recurso contencioso administrativo, contra el decreto nº 4622 de fecha 12-03-2021 mediante la cual se desestima el recurso de alzada presentado por el Sr. Mesquida contra la resolución del tribunal calificador de las pruebas selectivas de 101 plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Palma y que se sigue en el Procedimiento Abreviado 305/21 ante el Juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de Palma y de conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/98; de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, emplazarlos para que, si lo consideran oportuno, puedan comparecer y personarse como demandados, en el plazo de 9 días; haciéndole saber que si se personan ante el juzgado contencioso administrativo nº 1 con posterioridad al plazo indicado, serán tenido como parte para los trámites no precluidos sin necesidad de retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que si no se personan, el procedimiento continuará con los trámites sin la necesidad de practicar las notificaciones, tal como resulta en lo dispuesto en el artículo 50 de la mencionada ley.
SEGUNDO.- Una vez notificado procédase a remitir el justificante al juzgado de lo contencioso administrativo nº 1.
Palma, 2 de noviembre de 2021
La jefa del Departamento de Personal
Esperanza Vega Terrón