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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 534127
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de las Illes Balears, y la publicación del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo para el personal laboral de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears, de 27 de julio de 2021 (código de convenio 07100532012018)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El 27 de julio de 2021 los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo para el personal laboral de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears se reunieron para acordar la modificación de diversas condiciones de trabajo del personal laboral.

2. El 25 de octubre de 2021, la Sra. Beatriz Teresa Martínez Bosch, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo para el personal laboral de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears de 27 de julio de 2021 en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de las Illes Balears.

2. Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Hacer constar que la versión catalana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Paritaria y que la versión castellana es su traducción.

4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

 

Palma, 28 de octubre de 2021

La directora general de Trabajo y Salud Laboral Virginia Abraham Orte Por delegación del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo (BOIB 97/2019)

 

 

Acta de sesión de la Comisión Paritaria para la Interpretación, Estudio, Vigilancia, Conciliación y Arbitraje del I Convenio Colectivo para el personal de Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears

Identificación de la sesión

Núm.: 1/2021

Data: 27 de julio de 2021

Hora: de las 09:00 horas 12:00 horas

La reunión se realiza de forma telemática por webex

Asistentes

Por la empresa

Alexandra Pavlovic Djurdjev, gerente

Eva Ruiz Porres

Sira Fiz Vozmediano

Jaime Martínez-Esparza Rodríguez

Jesús Díaz-Santos Chico

Javier Prats Boned

Beatriz Martínez Bosch

Por los trabajadores

Marina Martínez Company (CSIF)

Filiberto Ros Barceló (TIF)

Lilia Amigo Velasco (USAE)

Luis Miguel Bergas (CCOO)

Asisten como asesores la Sra. Antónia Bibiloni (UGT), el Sr. Mateu García Bennasar (CSIF) y la Sra. Maria Horrach Capó (TIF).

Orden del día:

1. Implantación de turnos de 14 horas en la residencias.

2. Establecimiento de un complemento de disponibilidad o dedicación especial para determinados puestos de trabajo.

3. Definición de los complementos salariales existentes: dedicación especial, horario especial, responsabilidad, dificultad técnica y penosidad.

4. Excedencia voluntaria por incompatibilidad.

5. Reducción de jornada. Posibilitad de acumularla en jornadas completas.

6. Movilidad horizontal.

7. Modificación de los requisitos de titulación del puesto de trabajo de ingeniero/a a industrial

8. Turno abierto de palabra.

 

1. Implantación de turnos de 14 horas e las residencias

La gerente comunica que ha consultado con la Consejería de Asuntos Sociales i Deportes y esta no autoriza que se implanten turnos de 14 horas ni de 12 horas, por lo que se rechaza la propuesta.

2. Establecimiento de un complemento de disponibilidad para determinados puestos de trabajo.

La gerente informa de que, tal como se acordó en la última reunión, debía iniciar los trámites necesarios para establecer un complemento de dedicación especial para los directores o directoras de servicios residenciales, para lo que, antes de solicitar los informes previos preceptivos de la Dirección General de Presupuestos, de la Comisión Interdepartamental de Retribuciones y de la Dirección General de Función Pública, necesitaba autorización del Patronato de la Fundación y la presidenta de este le comunicó que no se la concedería.

La gerente recuerda que la Ley de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2021 dispone que, con carácter general y con efectos de 1 de enero de 2021, las retribuciones del personal al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y del resto de entes integrantes del sector público autonómico, no deben experimentar ninguna variación respecto de las vigentes el 31 de diciembre de 2020. Además, los límites retributivos aplicables a cada uno de los grupos de clasificación profesional del personal laboral al servicio de los entres del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, no deben experimentar ninguna variación respecto de los vigentes el 31 de diciembre de 2020. Por otro lado, señala que, en caso de establecerse un complemento de dedicación especial para los directores o las directoras de servicios residenciales, la cuantía no sería la establecida para los médicos, ya que se superaría el límite retributivo aplicable al grupo de clasificación profesional.

3. Definición de los complementos salariales existentes: dedicación especial, horario especial, responsabilidad, dificultad técnica y penosidad.

La gerente reitera que la definición de los complementos salariales se encuentra en el Convenio Colectivo.

4. Excedencia voluntaria por incompatibilidad.

Después de debatir sobre si el personal de la Fundación puede solicitar la excedencia voluntaria por incompatibilidad para ocupar otro puesto de trabajo en la Fundación, se acuerda que se puede solicitar esta excedencia, si es para ocupar un puesto de trabajo de categoría distinta.

5. Reducción de jornada. Posibilidad de acumularla en jornadas completas.

Se establece que en principio la reducción de jornada con reducción proporcional de las retribuciones, solamente se puede acumular en jornadas completas en el caso del personal de las residencias que trabaja a turnos, ya que en este supuesto, por razones organizativas, es lo más adecuado para el servicio. No obstante, la Fundación no puede imponer al personal esta acumulación y si un trabajador o trabajadora quiere reducir su jornada habitual ordinaria, su voluntad prevalece, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores.

Para el resto del personal, se podrá estudiar en casos concretos la acumulación en jornadas completas.

6. Movilidad horizontal

La Sra. Pavlovic explica que, a día de hoy, no es posible llevar a cabo la movilidad horizontal del personal no fijo, ya que la Consejería de Función Pública exige que esta movilidad se haga mediante bolsas de trabajo internas de cada categoría, cosa que no es asumible a día de hoy, dado el trabajo que supone convocar estas bolsas y valorar los méritos. Además, le citada consejería no permite que el cambio del puesto de trabajo se haga mediante un anexo al contrato, sino que se debe suscribir uno nuevo.

7. Modificación de los requisitos de titulación del puesto de trabajo de ingeniero/a industrial

La Sra. Martínez Bosch explica que, como consecuencia de la convocatoria pública para cubrir el puesto de trabajo de ingeniero/a industrial, se recibió una reclamación de la Federación de Asociaciones de Ingenieros Industriales de España porque la titulación que se solicitaba como requisito (título de grado en ingeniería eléctrica, grado en ingeniería electrónica industrial y automática, grado en ingeniería electrónica industrial, grado en ingeniería mecánica, grado en ingeniería en tecnología industrial o ingenierías equivalentes) no era correcta, ya que correspondía a una ingeniería técnica. Por ello, lo correcto sería establecer como titulación la siguiente:

- Encontrarse en posesión de título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión de ingeniero/a industrial: disponer de título de ingeniero/a industrial o de título de grado más título de Máster en Ingeniería Industrial, verificado de conformidad con la Orden CIN/311/2009, de 9 de febrero, per la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de ingeniero/a industrial (BOE núm. 42, de 18 de febrero).

 

El Sr. Filiberto Ros propone que este punto se trate en una próxima reunión ya que no se ha enviado previamente a la Comisión la documentación que fundamenta la propuesta. Además, señala que se deberían revisar las titulaciones de más puestos de trabajo para determinar si se debe exigir un máster o no.

Por lo anterior, se acuerdas incluir este punto en la próxima reunión y la Sra. Martínez Bosch comunica que hoy mismo remitirá la documentación para que los miembros de la Comisión puedan estudiar la propuesta

8. Turno abierto de palabra.

La Sra. Ruiz Porres comenta que se ha detectado que hay personas que cambian sus turnos de trabajo o días de vacaciones o de permisos por asuntos propios ya autorizados por otros en que tienen citas médicas o deberes inexcusables y que, en estos casos, no se les autorizarán los permisos horarios.

La Sra. Horrach pregunta si ya se ha publicado el decreto sobre teletrabajo para el personal de la CAIB y la Sra. Pavlovic contesta que todavía no y que desde la Fundación se está esperando a la normativa de la comunidad autónoma para implantarlo, en su caso.

Y sin que haya más temas a tratar, se da por finalizada la reunión en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento

El presidente                       La secretaria

Filiberto Ros Barceló         Beatriz Martínez Bosch