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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FONDOS EUROPEOS, UNIVERSIDAD Y CULTURA

Núm. 533682
Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura por la que se somete a información pública el Anteproyecto de ley de la ciencia, la tecnología y la innovación de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. El 12 de noviembre de 2020 se inició el trámite de consulta previa del Anteproyecto de ley de la ciencia, la tecnología y la innovación de las Illes Balears, de conformidad con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 55 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears. Este trámite finalizó el día 25 de noviembre de 2020.

2. Mediante Resolución de 18 de enero de 2021 el consejero de Educación, Universidad e Investigación dictó el inicio de la tramitación del Anteproyecto de ley de la ciencia, la tecnología y la innovación de las Illes Balears y designó como órgano responsable del procedimiento a la Dirección General de Política Universitaria.

3. Vista la naturaleza de la materia regulada, se considera oportuno someter a información pública el Anteproyecto de ley.

Fundamentos de derecho

1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears. Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Someter el Anteproyecto de ley de la ciencia, la tecnología y la innovación de las Illes Balears a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas, para consultarlo, en la página web de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación (http://dgrdi.caib.es) y en la página web de participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Govern de les Illes Balears.

2. Fijar el plazo de información pública en diez días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones deben presentarse en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones al Anteproyecto por medios telemáticos, mediante la apartado “Participación en la elaboración normativa” de la página web de participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Govern de les Illes Balears, dentro del plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2.f) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Siempre y cuando las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, deben incluirse en el expediente de elaboración normativa, a pesar de que no consten en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el órgano responsable de tramitar el Anteproyecto debe emitir la diligencia correspondiente.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (22 d'octubre de 2021)

El consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura

Miquel Company i Pons