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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 531051
Decreto de alcaldía de delegación de competencias a la Junta de Gobierno Local

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Texto

El artículo 21.1 y 23.2 de la ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen local, así como el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales (ROF) facultan al Alcalde a delegar parte de sus competencias en la Junta de Gobierno Local

Considerando que la junta de Gobierno tiene que ser un órgano plural de decisión y debate entre las distintas fuerzas que configuran el equipo de gobierno y respetando las delegaciones hechas a los tenientes de Alcalde y la reserva a la Alcaldía de las competencias necesarias para la mayor operatividad y eficacia de la gestión.

La Junta de Gobierno tiene como competencia legal la asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como las atribuciones que el Alcalde o el Pleno de la Corporación le deleguen, por eso

HE RESUELTO

Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:

1.- Modificar la delegación llevada a cabo mediante decreto n.º 523/2019, en cuanto a la aprobación de gastos mediante contratos menores, siendo que la misma afectará en los contratos menores con un valor superior a 1.500 € IVA excluido.

2.- Además de la aprobación de los proyectos de obra y de servicios cuando no sea competencia del Pleno de la Corporación (delegación aprobada ya por decreto n.º 523/2019), delegar a la Junta de Gobierno las competencias que en conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público corresponden al alcalde, sin perjuicio del que se dispone en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público en en cuanto a la avocación.

Las presentes delegaciones tendran efectos en el día de su firma y de ellas se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la sesión de organización del mismo, se publicarán al Boletín Oficial de las Islas Baleares y al portal de transparencia de la sede electrónica municipal al apartado 1,Institucional, 1,1 Organigrama y Funciones

Lo manda y firma el Alcalde de sa Pobla,

Llorenç Gelabert Crespí, en el día de la firma electrónica, yo el Secretario doy fe.

 

Sa Pobla, en el día de la firma electrónica (4 de noviembre de 2021)

El alcalde

Llorenç Gelabert Crespí