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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ

Núm. 528192
Aprobación definitiva modificación catálogo y plantilla personal

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Texto

Transcurrido el plazo de quince días de exposición del expediente relativo a la modificación del catálogo de puestos de trabajo y la plantilla de personal, efectuados por el Ayuntamiento en Pleno en sesión de día 30-09-2021, sin que se hayan presentado alegaciones, el acuerdo se ha convertido en definitivo.

En cumplimiento del art. 126 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local de 18 de abril de 1986 y del art. 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se publica a continuación la mencionada modificación:

III.-POLICÍA LOCAL

                                                                                             Grupo      Nivel      Plazas       Vacantes

3.1.2 Policías                                                                          C1          16            13                  3

IV.-ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

4.1 Subescala Técnica Superior

4.1.2 Archivero/a                                                                                A1           26              1                  1

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente al de recibir esta notificación. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, en cuyo caso quedará expedita la vía contencioso-administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Santa Maria del Camí, 4 de noviembre de 2021

El alcalde-presidente Nicolau Canyelles Parets