Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 527803
Resolución de concesión de la VIII Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 573703 (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

El Consejero Ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local, el 3 de noviembre de 2021, dictó la siguiente resolución:

“Antecedentes

1. El día 7 de julio de 2021 el consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local dictó la Resolución de aprobación de la convocatoria pública de la VIII Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2021, extracto publicado en el BOIB núm. 93, de 13 de julio de 2021, se aprobaron las bases de la convocatoria y autorizó un gasto por un importe total de veintiún mil euros (21.000€) a cargo de la aplicación presupuestaria 65 43900 48100 del vigente presupuesto de gastos. En la mencionada convocatoria consta la composición del Jurado así como la fecha aproximada de la reunión.

2. En el plazo de presentación de candidaturas, no se presentó ninguna propuesta al Premio de la Categoría B – Premio Impulso y Vanguardia Mallorca. Procede revertir la dotación de 2000€ a la aplicación presupuestaria 65 43900 48100, documento contable A/ provisional 920210014372.

3. El día 14 de octubre de 2021 se reunió el Jurado calificador de la VIII Edición de los premios de artesanía de Mallorca 2021 de la Categoría A: Premio Producto Artesano y Diseño Mallorca 2021, Categoría D: Premio Mujer Artesana Mallorca 2021 y Categoría E: Premio Artesanía Sostenible Mallorca 2021, con el resultado siguiente:

1. En la categoría A: “PREMIO PRODUCTO ARTESANO Y DISEÑO MALLORCA 2021” los ganadores son:

GANADOR PRIMER PREMIO: Diego Piñeiro Guillén.

Obra: “Trompeta artesanal”

Expediente ART 1 24/2021. 796291K

 

Finalista: Diego Revilla Martínez

Obra: Maletí “Dulles”

Expediente ART 1 7/2021. 795255X

2. En la categoría D: “PREMIO MUJER ARTESANA DE MALLORCA 2021”.

GANADOR: María Eugenia Marcote Constantino

Obra: “Calidesa de Tardor”

Expediente ART 1 34/2021. 796481Z

3. En la categoría E: “PREMIO ARTESANIA SOSTENIBLE DE MALLORCA 2021”

GANADOR: Joan Antoni Sunyer Monserrat

Obra: “d'A”

Expediente ART 1 18/2021. 796051C

4. El día 19 de octubre de 2021 se reunió el Jurado calificador de la VIII Edición de los premios de artesanía de Mallorca 2021 de la Categoría C: Premio Alimentación Artesana de Mallorca 2021, con el resultado siguiente:

1. En la categoría C: “PREMIO ALIMENTACION ARTESANA DE MALLORCA 2021,”.

GANADOR: EMILIO NAVARRO PESSET

Obra: “Gató d'ametlla mallorquí”

Expediente ART 1 4/2021. 794072D

5. En los presupuestos de gastos de 2021 hay crédito adecuado y suficiente para hacer frente a los gastos derivados del reconocimiento de la obligación económica, en concepto de los premios de referencia, y se dispone de los correspondientes documentos contables “DO” en provisional que se relacionan a continuación, a cargo de la aplicación 65 43900 48100:

a. DIEGO PIÑEIRO GUILLEM. DNI 44805247M (920210014252)

b. DIEGO REVILLA MARTINEZ. DNI 45685656C (920210014258)

c. JOAN ANTONI SUNYER MONSERRAT. DNI 43009827B (920210014263)

d. MARIA EUGENIA MARCOTE CONSTANTINO. DNI 43190911Q (920210014262)

e. EMILIO NAVARRO PESSET. DNI 41573663J (920210014370)

6. Informe jurídico favorable de 20 de octubre de 2021 sobre la propuesta de resolución de concesión y reconocimiento de la obligación derivada de la convocatoria de la VIII Edición de los Premios de Artesanía 2021.

7. El día 3 de noviembre de 2021 la Intervención Delegada (Centre La Misericordia), ha intervenido de conformidad la presente propuesta.

Fundamentos de derecho

1. El Consejero Ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local tiene la atribución de reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos legalmente adquiridos relativos a las presentes subvenciones, de acuerdo con la base 24.1 de la ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca de 2021 y el articulo 39.2 h) del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca.

2. El Consejero Ejecutivo de Hacienda y Función Pública tiene la competencia para ordenar el pago que se deriva de éste expediente, según el artículo 5. d) 2 del Decreto de Organización de día 9 de diciembre de 2019 vigente, con las sus modificaciones posteriores.

3. Les bases reguladoras de la presente convocatoria son las establecidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, aprobada per Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada per Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96 de 4 de agosto de 2018) (en adelante OGS).

Y por todo ello, el Consejero Ejecutivo de Promoción Económica i Desarrollo Local dicta la siguiente

Resolución

1. Conceder, de acuerdo con la propuesta del Jurado calificador, de los premios de la VIII Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2021 a:

En la categoría A “PREMIO PRODUCTO ARTESANO Y DISEÑO MALLORCA 2021”:

GANADOR PRIMER PREMIO: Diego Piñeiro Guillén.

Obra: “Trompeta artesanal”

Expediente ART 1 24/2021. 796291K

 

FINALISTA: Diego Revilla Martínez

Obra: Maletí “Dulles”

Expediente ART 1 7/2021. 795255X

 

En la categoría C: “PREMIO ALIMENTACIÓN ARTESANA DE MALLORCA 2021”.

GANADOR: EMILIO NAVARRO PESSET

Obra: “Gató d'ametlla mallorquí”

Expediente ART 1 4/2021. 794072D

 

En la categoría D: “PREMIO MUJER ARTESANA DE MALLORCA 2021”.

GANADORA: Maria Eugenia Marcote Constantino

Obra: “Calidesa de Tardor”

Expediente ART 1 34/2021. 796481Z

En la categoría E: “PREMIO ARTESANIA SOSTENIBLE DE MALLORCA 2021”

GANADOR: Joan Antoni Sunyer Monserrat

Obra: “d'A”   

Expediente ART 1 18/2021. 796051C

2. Declarar desierta la Categoría B “PREMIO IMPULSO Y VANGUARDIA MALLORCA”.

3. Revertir la cantidad de 2.000 € a la aplicación presupuestaria 65 43900 48100, documento contable A/ 920210014372.

4. Adjudicar y reconocer las siguientes obligaciones (A 220210015780):

  • CUATRO MIL EUROS (4.000€) a favor del Sr. DIEGO PIÑEIRO GUILLEM con DNI 44805247M, a cargo de la aplicación presupuestaria 65 43900 48100 del presupuesto de 2021 (DO núm. 920210014252).
  • TRES MIL EUROS (3.000€) a favor del Sr. DIEGO REVILLA MARTINEZ con DNI 45685656C, a cargo de la aplicación presupuestaria 65 43900 48100 del presupuesto de 2021 (DO núm. 920210014258).
  • CUATRO MIL EUROS (4.000€) a favor del Sr. EMILIO NAVARRO PESSET con DNI 41573663J, a cargo de la aplicación presupuestaria 65 43900 48100 del presupuesto de 2021 (DO núm. 920210014370).
  • CUATRO MIL EUROS (4.000€) a favor del Sr. JOAN ANTONI SUNYER MONSERRAT con DNI 43009827B a cargo de la aplicación presupuestaria 65 43900 48100 del presupuesto de 2021 (DO núm. 920210014263).
  • CUATRO MIL EUROS (4.000€) a favor de la Sra. MARIA EUGENIA MARCOTE CONSTANTINO con DNI 43190911Q a cargo de la aplicación presupuestaria 65 43900 48100 del presupuesto de 2021 (DO núm. 920210014262).

5. Notificar esta resolución a los interesados y a la Intervención Delegada Centro La Misericordia.

6. Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

7. Advertir a los interesados que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Presidente del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de la concesión de los premios en el Boletín Oficial de les Islas Baleares.

Contra la desestimación presunta, per silencio, del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Por todo ello y de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

Palma, 4 de noviembre de 2021

La secretaría técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local (Por delegación del consejero de Promoción Económica y Desarrollo Local. Resolución de 22/07/2019. BOIB nº. 103, de 27/07/2019) Rosa Mª Cañameras Bernaldo