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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 525229
Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones “Reiniciam Inca-dinamitza” en régimen de concurrencia no competitiva del ayuntamiento de Inca para el año 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 592304

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas Beneficiarias:

Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones: Asociaciones empresariales del pequeño y mediano comercio con ámbito de actuación municipal y federaciones de asociaciones empresariales del pequeño y mediano comercio con ámbito de actuación municipal, asociaciones empresariales y de artesanos que tengan como finalidad la promoción y la defensa de los intereses generales de sus asociados, reguladas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, con ámbito de actuación municipal y cooperativas sin ánimo de lucro, de acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley 1/2003, de 20 de marzo, de cooperativas de las Islas Baleares.

1.1. Criterios generales

  1. Que la actuación económica sea desarrollada por una asociación, fundación y otras entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el ámbito comercial y empresarial.
  2. Que el domicilio fiscal o, en su caso, el local de desarrollo de la actividad de la entidad se encuentre en el término municipal de Inca
  3. Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal (AEAT), con el Ayuntamiento de Inca y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
  4. Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que se establecen en el apartado 7 de esta convocatoria.
  5. No hallarse culpable en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  6. No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

1.2. En cualquier caso no podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas:

  1. Las administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de estas.
  2. Proyectos que resulten incongruentes o desarrollen actividades no deseadas.
  3. Las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Segundo. Finalidad:

Constituye el objeto de estas bases la regulación de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, con el fin de activar la economía del municipio para superar la crisis económica producida por la pandemia de la COVID-19, de la mano de las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el ámbito comercial y empresarial con ámbito de actuación municipal que realicen actuaciones de promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y la promoción del producto local.

Tercero. Bases reguladoras:

Las Bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca están reguladas en la Ordenanza general de subvenciones publicada en el BOIB núm. 66, de 26 de mayo de 2016.

http://www.caib.es/eboibfront/es/2016/10494/580630/aprobacion-definitiva-de-la-ordenanza-general-de-subvencions

Cuarto. Importe:

La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de 50.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 31 de diciembre de 2021.

 

Inca, en el dia de la firma electrónica (29 de octubre de 2021)

El alcalde Virgilio Moreno Sarrio