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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 525133
Aprobación inicial de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2021, acordó la aprobación inicial de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, y de conformidad con el artículo 55.2 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se convoca trámite de información pública por plazo de treinta días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.

A su vez, la documentación que contiene la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Sant Antoni de Portmany, estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia alojado en la web municipal, en el apartado 7. Urbanismo, Obras Públicas; 7.1 Planeamiento Urbanístico; Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana.

De conformidad con los apartados 2, 3 y 4, del artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB), esta aprobación inicial determina por sí misma y, dentro del ámbito de la modificación, la suspensión durante el plazo de dos años o hasta la aprobación provisional o definitiva, la tramitación y aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas. Todo esto, sin perjuicio que puedan otorgarse las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, en los términos establecido en dicha Ley. Se podrá acordar la ampliación de la suspensión por un año más en el caso de que deba repetirse el trámite de información pública posterior a la aprobación inicial.

Ámbito de la suspensión: el municipio.

 

Sant Antonio de Portmany, 2 de noviembre de 2021

El alcalde en funciones

Joan Torres Costa