Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 524442
Nombramiento de técnico de administración general (funcionario de carrera)
(Exp. nº 784/2020)
Resolución de alcaldía n.º. 1340-2021
Antecedente.
Acta del tribunal calificador, de 8 de octubre de 2021, de propuestas definitivas de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo, y de nombramiento de funcionario de carrera.
Hechos.
Por resolución de alcaldía de 11 de octubre de 2021 (Boletín Oficial de las Illes Balears, BOIB, nº 141, de 14.10.2021) se publicó: la relación definitiva de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo (incluyendo los cuatro aspirantes sin plaza); la propuesta de nombramiento de funcionario de carrera; el puesto de trabajo que se ofrece; y el requerimiento de la documentación a presentar para acreditar los requisitos exigidos para el nombramiento.
El aspirante aprobado ha presentado la documentación.
Fundamentos de derecho.
Artículo 62 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, sobre la adquisición de la condición de funcionario de carrera.
Base undécima de la convocatoria (BOIB, nº 137, de 06.08.2020).
Resolución
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 21,1,h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, resuelvo:
Nombrar funcionario de carrera, de la subescala técnica de la escala de administración general, técnico de administración general del Ayuntamiento de Alaró, y adjudicar el puesto de trabajo nº 56, a:
Bartomeu Amengual Jaume, dni. ***7866**
La toma de posesión debe efectuarse en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOIB.
Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si realiza alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.
Lo que hacemos público para general conocimiento.
Recursos.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución.
b) El recurso de reposición potestativo ante la alcaldía, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, 3 de noviembre de 2021
El alcalde
Llorenç Perelló Rosselló