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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FONDOS EUROPEOS, UNIVERSIDAD Y CULTURA

Núm. 521156
Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura por la que se conceden ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2020-2021

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Texto

Hechos

1. El 6 de mayo de 2021 se publicó en el BOIB número 59 la Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura de 22 de abril de 2021 por la que se convocan ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2020-2021

2. El día 30 de julio de 2021 finalizó el plazo de presentación de solicitudes para la petición de estas ayudas de acuerdo con lo dispuesto en el punto 7.6 de la convocatoria.

3. De acuerdo con el punto 12 del anexo de la convocatoria mencionada, entre los días 6 y 10 de septiembre de 2021 tiene que hacerse público el informe mediante el que se notifican los posibles defectos de las solicitudes o su carencia de documentación. El día 10 de agosto de 2021, ya revisados todos los expedientes, se publicó el informe mencionado. Los solicitantes podían aportar la documentación para subsanar la solicitud hasta el 24 de septiembre de 2021.

4. La Comisión Evaluadora, reunida el 7 de octubre de 2021, ha motivado la evaluación y la calificación de las solicitudes prevista en el apartado 11 de la convocatoria, de acuerdo con los requisitos y los criterios de preferencia establecidos en esta convocatoria. De esta reunión se ha extendido un acta, que consta en el expediente.

5. El día 18 de octubre de 2021 se publicó en la página web de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación (http://dguni.caib.es) la propuesta de resolución relativa a las solicitudes presentadas en la convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el punto 12 del anexo 1 de la resolución de convocatoria y se abrió un plazo de 10 días naturales, a contar desde la fecha del día de la publicación para presentar alegaciones.

6. El plazo de presentación de alegaciones finalizó el día 27 de octubre de 2021.

7. No se ha presentado ninguna alegación.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos   de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la comunidad   autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).

4. La Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura de 22   de abril de 2021 por la que se convocan ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2020-2021 (BOIB núm. 59,    de 6 de mayo).

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder a los solicitantes que figuran en el anexo 1 ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2020-2021.

Las solicitudes de estas personas cumplen los requisitos establecidos y presentan completa la documentación exigida en la convocatoria. El importe de la ayuda es de 600,00 euros.

2. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación (http://dguni.caib.es).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de novembre de 2021)

El consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura Por delegación de competencias  según Resolución del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura  de 22 d'abril de 2021 (BOIB núm.57 d'1 de mayo de 2021) Agustina F. Vilaret González Secretaria autonómica de Universidad, Investigación y Política Lingüística Miquel Company i Pons

 

ANEXO 1 Relación ordenada alfabéticamente de las personas a las que se conceden ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2020-2021

Expediente

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI

8

BALLESTER

RAMON

JOAN MIQUEL

***2061**

1

BARCELÓ

SANSÓ

PERE ANDREU

***1996**

27

CABALLERO

GONZÁLEZ

HÉCTOR

***2349**

12

CANALIS

REY-MAQUIEIRA

BERTA

***8472**

2

CAÑÍS

BONNÍN

TERESA

***1316**

18

CARRERAS

LUQUE

AINA MARIA

***7196**

17

FIOL

ROIG

GUILLEM

***2159**

25

HOZ

OYAGA

CAROLINA

***2946**

10

LLULL

ALOMAR

RAFEL

***0672**

11

PERICAS

RIERA

MARIA

***8395**

3

SASTRE

GALMÉS

MARIA ANTÒNIA

***8565**

19

VIDAL

CARRETERO

MIREIA

***1047**