Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 518629
Resolución de la directora gerente del hospital comarcal de Inca de rectificación de errores de la “Resolución de la directora gerente del Hospital Comarcal de Inca de 25 de octubre de 2021 por la cual se convoca, por el procedimiento de promoción interna temporal una plaza de FEA de Psiquiatría”
Antecedentes
1. En el Boib núm.148/2021, de 28 de octubre, se ha publicado la ‘Resolución de la directora gerente del Hospital Comarcal de Inca de 25 de octubre de 2021 por la cual se convoca, por el procedimiento de promoción interna temporal una plaza de FEA de Psiquiatría .
2. Se ha observado un error en el punto 3 (requisitos) del anexo 1 y en el punto 3 del anexo 2 (conocimientos orales y escritos de catalán)
Fundamentos de derecho
1. El artículo 32 de la Ley 39/2015, de día 1 de octubre de procedimiento administrativo común, establece que la administración excepto precepto en contra, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos.
2. El artículo 56.1 de la Ley 55/2003, de 26 de marzo de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que ‘la renovación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órganos que haya dictado el acto o disposición.'
Resolución
1. Rectificar los errores observados en el punto 3 (requisitos) del anexo 1 y en el punto 3 del anexo 2 (conocimientos orales y escritos de catalán) de la “‘Resolución de la directora gerente del Hospital Comarcal de Inca de 25 de octubre de 2021 por la cual se convoca, por el procedimiento de promoción interna temporal una plaza de FEA de Psiquiatría .
Se modifica el punto 1 objeto de la convocatoria allí donde dice:
a) Tener el certificado B1 de lengua catalana, de acuerdo con la normativa vigente.
Tiene que decir:
a) Tener el certificado B2 de lengua catalana, de acuerdo con la normativa vigente.
Se modifica el punto 3) del anexo 2 conocimientos orales y escritos de catalán allí donde dice:
- Conocimientos orales y escritos de catalán (5 puntos)
Se valoran los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública y los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística de la Consejería de Educación y Cultura relacionados con los niveles de conocimientos que se indican a continuación, hasta una puntuación máxima de 5 puntos:
a) Certificado B2 o equivalente: 2 puntos
b) Certificado C1 o equivalente: 3 puntos
c) Certificado C2 o equivalente: 4 puntos
d) Certificado LA o equivalente: 1 punto
Se valora sólo un certificado, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (LA), en que la puntuación se acumula a la de otro certificado que se aporte. En caso de que haya dudas sobre la validez de algún certificado o sobre la puntuación que se tiene que otorgar, se puede pedir un informe a la entidad o el organismo público competente en materia lingüística del Gobierno de las Islas Baleares.
Tiene que decir:
a) Certificado C1 o equivalente: 3 puntos
b) Certificado C2 o equivalente: 4 puntos
c) Certificado LA o equivalente: 1 punto
2. Se establece un plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de esta rectificación de errores en el BOIB, dirigida al órgano convocante, y se tiene que formalizar en el Registro de la Gerencia o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Inca, 29 de octubre de 2021.
La directora gerente del Hospital Comarcal de Inca Soledad Gallardo Bonet (BOIB núm. 31 04/03/2021, 39 20/03/2021)