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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA

Núm. 507326
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 22 de octubre de 2021 por la que se modifica la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 21 de enero de 2021 por la que se convocan los exámenes para la obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo

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Texto

Hechos

1. El 21 de enero de 2021, el consejero de Movilidad y Vivienda dictó una resolución por la que se convocaban los exámenes para obtener las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo (publicada en el BOIB n.º 11, de 26 de enero de 2021).

2. Por motivos organizativos y logísticos se hace necesaria una modificación de la convocatoria respecto de la convocatoria de diciembre, a fin de que las pruebas se lleven a cabo en uno entorno de seguridad e higiene, tanto para las personas participantes en las pruebas como para el personal colaborador, además de garantizar que todos los participantes lo hagan en igualdad de condiciones y en unas instalaciones que garanticen un espacio suficiente para el desarrollo de las pruebas.

Fundamentos de derecho

1. La Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 21 de enero de 2021 por la que se convocan los exámenes para la obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOIB n.º 11, de 26 de enero de 2021).

2. El Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE n.º 247, de 11 de octubre de 2014).

3. El Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas (BOE n.º 104, de 1 de mayo de 2019).

4. La Orden del consejero de Movilidad y Ordenación del Territorio de 28 de enero de 2009, sobre organización y procedimientos administrativos en materia de titulaciones y enseñanzas náuticas de recreo (BOIB n.º 22, de 12 de febrero de 2009).

5. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 33, de 9 de marzo de 2021).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el apartado octavo, únicamente respecto de la convocatoria de diciembre de 2021, del anexo 1 de la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 21 de enero de 2021 por la que se convocan los exámenes para la obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, que pasará a tener la siguiente redacción:

Convocatoria de diciembre de 2021

• Plazo de presentación de solicitudes: desde el 25 de octubre hasta el 5 de noviembre de 2021.

• Lugar y fecha de realización de los exámenes:

PALMA

— Capitán de yate: 17 de diciembre de 2021

— Patrón de yate: 17 de diciembre de 2021

— Patrón de embarcaciones de recreo: 17 de diciembre de 2021

— Patrón para navegación básica: 17 de diciembre de 2021

MENORCA / IBIZA

— Capitán de yate: 14 de diciembre de 2021

— Patrón de yate: 14 de diciembre de 2021

— Patrón de embarcaciones de recreo: 14 de diciembre de 2021

— Patrón para navegación básica: 14 de diciembre de 2021

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Movilidad y Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 22 de octubre de 2021

El consejero de Movilidad y Vivienda Josep Marí i Ribas