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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 504767
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2021 por el que se autoriza a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir las enseñanzas oficiales del Máster Universitario en Investigación e Intervención Psicoeducativa (código RUCT 4317705)

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Texto

La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, establece en el artículo 36.4 que, en materia de enseñanza universitaria, la comunidad autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

El artículo 87 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que, en el ámbito de las competencias respectivas, el Gobierno del Estado, las comunidades autónomas y las universidades deben adoptar las medidas necesarias para completar la integración plena del sistema universitario español al espacio europeo de educación superior. El artículo 37 de la misma Ley define la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: grado, máster y doctorado.

De acuerdo con el artículo 8.2 de esta Ley, la implantación y la supresión de las enseñanzas que conducen a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y con validez a todo el territorio nacional, las acuerda la comunidad autónoma por iniciativa propia, con el acuerdo del consejo de gobierno de la universidad, o por iniciativa de la universidad, mediante una propuesta de su consejo de gobierno, en ambos casos con el informe previo favorable del consejo social de la universidad. Por otro lado, el artículo 35.2 de la misma Ley establece que, para impartir enseñanzas oficiales con validez en todo el territorio nacional, las universidades deben obtener del Consejo de Universidades la verificación de que el plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno del Estado.

Finalmente, el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece, en el artículo 27, que el plan de estudios debe ser verificado por el Consejo de Universidades y tiene que ser autorizado por la comunidad autónoma. Así mismo establece que el carácter oficial del título se declara por un Acuerdo posterior del Consejo de Ministros y por la inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Esta inscripción tiene efectos constitutivos respecto de la creación de títulos universitarios oficiales, y lleva aparejada la consideración inicial de título acreditado a los efectos legalmente establecidos.

El punto tercero de este mismo artículo establece que el inicio de la impartición de la docencia del título universitario oficial no puede tener lugar hasta haber dado cumplimiento a los trámites anteriormente mencionados.

Por ello, la Universidad de las Illes Balears sometió el plan de estudios del Máster Universitario en Investigación e Intervención Psicoeducativa (código RUCT 4317705) a la consideración del Consejo de Universidades, el cual, a través de la Comisión de Verificación de Planes de Estudios, reunida el 26 de abril de 2021, lo verificó positivamente.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de las Illes Balears, en la sesión ordinaria de día 29 de septiembre de 2020, aprobó el programa del Máster Universitario en Investigación e Intervención Psicoeducativa (código RUCT 4317705).

El 23 de marzo de 2021, el Pleno del Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears emitió un informe favorable a la implantación del programa de Máster Universitario en Investigación e Intervención Psicoeducativa (código RUCT 4317705).

El 13 de septiembre de 2021, el vicerrector de Gestión y Política de Posgrado y Formación Permanente emitió un informe económico según el cual la implantación y la impartición de estos estudios no supone ningún coste añadido ni genera necesidades de plantilla de personal docente e investigador en la Universidad de las Illes Balears.

Al amparo de las competencias que tiene atribuidas la comunidad autónoma de las Illes Balears en virtud de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears, y de acuerdo con el Real Decreto 822/2021, la Universidad de las Illes Balears presentó, el 30 de septiembre de 2021, una solicitud de autorización, con el número de registro GOIBE450450/2021, para implantar e impartir el programa del Máster Universitario en Investigación e Intervención Psicoeducativa (código RUCT 4317705).

Esta titulación sustituye al Máster Universitario en Educación Inclusiva (Código RUCT 4311268) y al Máster Universitario en Primera Infancia: Perspectivas y Líneas de Intervención (Código RUCT 4312374).

En esta solicitud, la Universidad de las Illes Balears propone que, a efectos del establecimiento del precio de matrícula, la experimentalidad de estos estudios se enmarque en los parámetros del nivel de experimentalidad 3.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en la sesión de 25 de octubre de 2021,adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Autorizar a la Universidad de las Illes Balears a implantar e impartir el programa del Máster Universitario en Investigación e Intervención Psicoeducativa (código RUCT 4317705).

Segundo. Establecer, de conformidad con el apartado 3 del artículo 27 del Real Decreto 822/2021, que el inicio de la impartición de la docencia no podrá tener lugar hasta la declaración, por parte del Consejo de Ministros, del carácter de oficial de los estudios y su posterior inscripción en el RUCT.

Tercero. Establecer el grado de experimentalidad 3 para los estudios del Máster Universitario en Investigación e Intervención Psicoeducativa (código RUCT 4317705) de la Universidad de las Illes Balears

Cuarto. Comunicar este Acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.

Quinto. Notificar este Acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.

Sexto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 25 de octubre de 2021

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez