Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 499341
Resolución de denegación de subvenciones, en concepto de becas de la convocatoria SOIB Joven Becas de Éxito para el estudio del programa en segunda oportunidad para personas desempleadas de entre 16 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que hayan cursado especialidades formativas de formación profesional para el empleo que financia el SOIB que se ejecuten en el periodo 2018-2019
Antecedentes
1.Mediante la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB, de 27 de febrero de 2018, (BOIB núm. 31, de 10 de marzo), se aprobó la convocatoria SOIB Joven Becas de Éxito para el estudio del programa de segunda oportunidad para personas desempleadas de entre 16 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, financiada por el Fondo Social Europeo a través del programa Operativo de Empleo Juvenil, para el periodo 2014-2020 y de la iniciativa de Empleo Juvenil, para el período 2018-2019.
2.De acuerdo con el punto primero del anexo 1 de la Resolución de la convocatoria mencionada, estas becas están dirigidas a las personas jóvenes desempleadas que cursen entre otras especialidades formativas del ámbito laboral que financia el SOIB. Las personas beneficiarias pueden cursar especialidades formativas completas no conducentes a certificados de profesionalidad y módulos formativos de certificados de profesionalidad, incluido el módulo de prácticas no laborales.
3.Se ha comprobado que las solicitudes de las personas relacionadas en el anexo de esta resolución no reúnen los requisitos para recibir la subvención solicitada por los motivos que se expresan en el anexo.
4.En fecha 22 de septiembre de 2021, el Jefe de Servicio de Gestión de Programas de Empleo 5, con el vistobueno de la jefa del Departament de Formación y Empleo, emitió un informe desfavorable sobre la concesión de subvenciones en concepto de becas dirigidas a personas desempleadas de más de 16 y menos de 30 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciada por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil, para el periodo 2014-2020, y de la Iniciativa de Ocupación Juvenil, para el periodo 2018-2019.
5.El mismo día, la directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears emitió una propuesta de denegación y se concedió un plazo de 10 días hábiles a contar des del día siguiente al de la fecha de la publicación de la propuesta de resolución, para aportar las alegaciones, documentos o informaciones que estimasen convenientes.
6.De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, la propuesta de resolución se notificó a las personas interesadas mediante publicación en la página web del Servicio de Ocupación de las Illes Balears.
7.En fecha de esta resolución no se tiene constancia de que se haya presentado ninguna alegación.
Fundamentos de derecho
1.La Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, de 27 de febrero de 2018, (BOIB núm. 31, de 10 de marzo), por la cual se aprueba la convocatoria SOIB Jove Becas de Éxito para el estudio del programa de segunda oportunidad para personas desocupadas de entre 16 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, financiada por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil, para el periodo 2014-2020 y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, para el periodo 2018-2019.
2. El artículo 2.2 del Decreto 22/2020, de 24 de julio, de aprobación del Texto Consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB núm.131, de 25 de julio) establece que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otros, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de empleo; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo, formación y formación con alternancia con el empleo, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas, desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o de otros; la adaptación de la formación y recualificación para el empleo de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y a mejorar las condiciones de los trabajadores.
3.De acuerdo con los apartados g) y i) del artículo 9.4 del anexo del Decreto 22/2020, de 24 de julio, de aprobación del Texto consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (BOIB núm. 131, de 25 de julio), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.
4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, tiene por objeto la regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas (BOE nº 276, de 18 de noviembre).
5. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre) tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o a las entidades públicas que de ella dependen.
6. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor, no requieren ninguna otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de la situación mencionada previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar su existencia.
7. Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de 10 de octubre de 2013, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de ocupación gestionadas por el Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB nº 146, de 24 de octubre).
8. De acuerdo con el artículo 7.3 de la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de 10 de octubre de 2013, la selección de los beneficiarios se puede llevar a cabo por procedimientos que no son de concurso cuando no sean necesarias la comparación y la prelación, en un único procedimiento, de todas las solicitudes entre sí (de acuerdo con el artículo 17.2 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre )
9. La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, y lo define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo.
10. De acuerdo con el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero de 2021), el SOIB está adscrito Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo..
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1.- Denegar una subvención en concepto de beca por asistencia a las personas que se detallan en el anexo de esta resolución, por no reunir todos los requisitos establecidos en el anexo 1 de la convocatoria SOIB Joven Becas de Éxito para el estudio del programa de segunda oportunidad para personas desempleadas de entre 16 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, financiada por el Fondo Social Europeo a través del programa Operativo de Empleo Juvenil, para el periodo 2014-2020 y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, para el período 2018-2019.
2.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del Servicio de Ocupación de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril) y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).
Palma, 15 de octubre de 2021
El director general de Modelo Económico y Empleo
Llorenç Pou Garcias
Por delegación de competencias del presidente del SOIB
(Resolución de 09/07/2019, BOIB núm. 94, d'11 de julio)
Anexo
Personas solicitantes excluidas de la subvenciónç
NÚM. EXPEDIENTE |
NOMBRE |
APELLIDOS |
DNI |
NÚM. CURSO |
NÚM. ORDEN |
MOTIVO DENEGACIÓN |
ARTICULO ANEXO CONVOCATORIA |
BEPO 306/2018 |
Samia |
Aglilah |
*****325N |
921/17 |
CIIIV2617 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO 404/2018 |
Isaac |
Gayá Canet |
*****875J |
253/17 |
MP22/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 88/2018 |
Josep |
Gomila Canet |
*****999D |
311/17 i 312/17 |
MP38/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 89/2018 |
Juan Alberto |
Polo Florit |
*****486M |
1229/17 a 1236/17 |
MP38/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 108/2018 |
Alla |
Postarnichenko |
*****586P |
1230/17 |
CD216/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 174/2018 |
Alberto |
López Vizcaino |
*****593C |
755/18 |
CDT054/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 300/2018 |
Xavier |
Campos Mercadal |
*****255V |
282/17 i 331/17 |
MP30/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 377/2018 |
Victor Manuel |
Sierra Lopez |
*****193T |
373/18 |
CD096/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 391/2018 |
Neus |
Mera Matemalas |
*****602Q |
288/18 |
CDT006/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 393/2018 |
Mariyan |
Goranov Radev |
*****856S |
1461/17 i 1462/17 |
CD250/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 409/2018 |
Johana Janet |
Mella |
*****645J |
278 a 281/17 |
MP29/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 423/2018 |
Adrian |
Llaurado Pons |
*****041D |
677/18 al 680/18 |
CD067/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 433/2018 |
Leidy Laura |
Rodriguez Macias |
*****325F |
721/18 al 723/18 |
CD025/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 435/2018 |
Isabel Cristina |
Garcia Bautista |
*****245E |
721/18 al 723/18 |
CD025/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 446/2018 |
Abdelkarim |
Benchibane |
*****592P |
719/18 |
CDT111/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 449/2018 |
Maria del Mar |
Tirado Santiago |
*****676G |
299/18 |
CDT011/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 476/2018 |
Lilian Andrea |
Asanza Narváez |
*****876C |
428/18 |
CDT129/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria ni como demandante de empleo desocupada en día natural anterior al de inicio de las acciones formativas |
5.1.b i c |
BEPO2 489/2018 |
Bryan Joel |
Pilatuña Correa |
*****360E |
1268/17 |
CDT076/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 511/2018 |
Daniel José |
Castro Bradshaw |
*****104Y |
722/18 |
CD025/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 518/2018 |
Catalina |
Albertí Jorquera |
*****821T |
798/18 i 799/18 |
CD119/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 540/2018 |
Dzhan |
Gyulchin Ahmed |
*****315Z |
42/18 a 44/18 |
MP13/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 556/2018 |
Jesus Hernando |
Torres Rojas |
*****821N |
746/18 |
CDT020/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 573/2018 |
Elias Esau |
Calderón Chun |
*****420J |
1462/17 |
CD250/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 635/2018 |
Antonio |
Rodríguez Gallardo |
*****694Q |
1463/17 |
CD250/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 664/2018 |
Alexander |
Sánchez Díaz |
*****773W |
1071/18 |
MP48/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 679/2018 |
Amilcar Fabricio |
Quinatoa Quinatoa |
*****334R |
97/18, 100/18 i 102/18 |
MP28/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 684/2018 |
Diego Omar |
Ortuño |
*****453C |
551/18 a 554/18 |
CD110/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 687/2018 |
Marina |
Parra Alou |
*****320C |
487/18 |
CD136/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 706/2018 |
Kevin Adrián |
Calzada Campos |
*****239Z |
703/18 |
CDT060/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 709/2018 |
Juan Antonio |
Capó Campins |
*****390W |
618/17 |
MP87/17 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 722/2018 |
Adrian |
Martinez Albelda |
*****577Q |
710/18 al 712/18 |
MF1009-3 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 731/2018 |
Fatima |
Mahdaj Mansouri |
*****030V |
718/18 |
CDT110/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 747/2018 |
Manuel Alejandro |
Martínez Soto |
*****729M |
611/18 |
CDT075/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 756/2018 |
Aina |
Tomás Cerdá |
*****717C |
460/18 |
CDT072/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 791/2018 |
María isabel |
García García |
*****296J |
1079/18 |
MP46/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 799/2018 |
Enrique |
Pedregal Sánchez |
*****485W |
756/18 |
CDT056/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 805/2018 |
Rafel |
Borrás Barceló |
*****418B |
351 al 353/18 |
CD166/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 927/2018 |
Unai |
Rial Sánchez-Escribano |
*****147J |
129/18 i 130/18 |
MP33/18 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |
BEPO2 948/2018 |
Pol |
Ripoll Feliu |
*****267T |
46/19 |
MP42/19 |
No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas. |
5.1.c |