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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 499341
Resolución de denegación de subvenciones, en concepto de becas de la convocatoria SOIB Joven Becas de Éxito para el estudio del programa en segunda oportunidad para personas desempleadas de entre 16 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que hayan cursado especialidades formativas de formación profesional para el empleo que financia el SOIB que se ejecuten en el periodo 2018-2019

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Texto

Antecedentes

1.Mediante la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del SOIB, de 27 de febrero de 2018, (BOIB núm. 31, de 10 de marzo), se aprobó la convocatoria SOIB Joven Becas de Éxito para el estudio del programa de segunda oportunidad para personas desempleadas de entre 16 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, financiada por el Fondo Social Europeo a través del programa Operativo de Empleo Juvenil, para el periodo 2014-2020 y de la iniciativa de Empleo Juvenil, para el período 2018-2019.

2.De acuerdo con el punto primero del anexo 1 de la Resolución de la convocatoria mencionada, estas becas están dirigidas a las personas jóvenes desempleadas que cursen entre otras especialidades formativas del ámbito laboral que financia el SOIB. Las personas beneficiarias pueden cursar especialidades formativas completas no conducentes a certificados de profesionalidad y módulos formativos de certificados de profesionalidad, incluido el módulo de prácticas no laborales.

3.Se ha comprobado que las solicitudes de las personas relacionadas en el anexo de esta resolución no reúnen los requisitos para recibir la subvención solicitada por los motivos que se expresan en el anexo.

4.En fecha 22 de septiembre de 2021, el Jefe de Servicio de Gestión de Programas de Empleo 5, con el vistobueno de la jefa del Departament de Formación y Empleo, emitió un informe desfavorable sobre la concesión de subvenciones en concepto de becas dirigidas a personas desempleadas de más de 16 y menos de 30 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciada por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil, para el periodo 2014-2020, y de la Iniciativa de Ocupación Juvenil, para el periodo 2018-2019.

5.El mismo día, la directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears emitió una propuesta de denegación y se concedió un plazo de 10 días hábiles a contar des del día siguiente al de la fecha de la publicación de la propuesta de resolución, para aportar las alegaciones, documentos o informaciones que estimasen convenientes.

6.De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, la propuesta de resolución se notificó a las personas interesadas ​​mediante publicación en la página web del Servicio de Ocupación de las Illes Balears.

7.En fecha de esta resolución no se tiene constancia de que se haya presentado ninguna alegación.

Fundamentos de derecho

1.La Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, de 27 de febrero de 2018, (BOIB núm. 31, de 10 de marzo), por la cual se aprueba la convocatoria SOIB Jove Becas de Éxito para el estudio del programa de segunda oportunidad para personas desocupadas de entre 16 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, financiada por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil, para el periodo 2014-2020 y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, para el periodo 2018-2019.

2. El artículo 2.2 del Decreto 22/2020, de 24 de julio, de aprobación del Texto Consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB núm.131, de 25 de julio) establece que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otros, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de empleo; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo, formación y formación con alternancia con el empleo, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas, desocupadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o de otros; la adaptación de la formación y recualificación para el empleo de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y a mejorar las condiciones de los trabajadores.

3.De acuerdo con los apartados g) y i) del artículo 9.4 del anexo del Decreto 22/2020, de 24 de julio, de aprobación del Texto consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Ocupación de las Illes Balears (BOIB núm. 131, de 25 de julio), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.

4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, tiene por objeto la regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas (BOE nº 276, de 18 de noviembre).

5. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre) tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, cuya gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o a las entidades públicas que de ella dependen.

6. De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor, no requieren ninguna otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de la situación mencionada previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar su existencia.

7. Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de 10 de octubre de 2013, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de ocupación gestionadas por el Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB nº 146, de 24 de octubre).

8. De acuerdo con el artículo 7.3 de la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de 10 de octubre de 2013, la selección de los beneficiarios se puede llevar a cabo por procedimientos que no son de concurso cuando no sean necesarias la comparación y la prelación, en un único procedimiento, de todas las solicitudes entre sí (de acuerdo con el artículo 17.2 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre )

9. La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Illes Balears, y lo define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo.

10. De acuerdo con el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero de 2021), el SOIB está adscrito Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo..

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1.- Denegar una subvención en concepto de beca por asistencia a las personas que se detallan en el anexo de esta resolución, por no reunir todos los requisitos establecidos en el anexo 1 de la convocatoria SOIB Joven Becas de Éxito para el estudio del programa de segunda oportunidad para personas desempleadas de entre 16 y 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, financiada por el Fondo Social Europeo a través del programa Operativo de Empleo Juvenil, para el periodo 2014-2020 y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, para el período 2018-2019.

2.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del Servicio de Ocupación de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril) y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).

  

Palma, 15 de octubre de 2021

El director general de Modelo Económico y Empleo

Llorenç Pou Garcias

Por delegación de competencias del presidente del SOIB

(Resolución de 09/07/2019, BOIB núm. 94, d'11 de julio)

  

Anexo

Personas solicitantes excluidas de la subvenciónç

 

NÚM. EXPEDIENTE

NOMBRE

APELLIDOS

DNI

NÚM. CURSO

NÚM. ORDEN

MOTIVO DENEGACIÓN

ARTICULO ANEXO CONVOCATORIA

BEPO 306/2018

Samia

Aglilah

*****325N

921/17

CIIIV2617

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO 404/2018

Isaac

Gayá Canet

*****875J

253/17

MP22/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 88/2018

Josep

Gomila Canet

*****999D

311/17 i 312/17

MP38/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 89/2018

Juan Alberto

Polo Florit

*****486M

1229/17 a 1236/17

MP38/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 108/2018

Alla

Postarnichenko

*****586P

1230/17

CD216/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 174/2018

Alberto

López Vizcaino

*****593C

755/18

CDT054/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 300/2018

Xavier

Campos Mercadal

*****255V

282/17 i 331/17

MP30/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 377/2018

Victor Manuel

Sierra Lopez

*****193T

373/18

CD096/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 391/2018

Neus

Mera Matemalas

*****602Q

288/18

CDT006/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 393/2018

Mariyan

Goranov Radev

*****856S

1461/17 i 1462/17

CD250/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 409/2018

Johana Janet

Mella

*****645J

278 a 281/17

MP29/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 423/2018

Adrian

Llaurado Pons

*****041D

677/18 al 680/18

CD067/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 433/2018

Leidy Laura

Rodriguez Macias

*****325F

721/18 al 723/18

CD025/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 435/2018

Isabel Cristina

Garcia Bautista

*****245E

721/18 al 723/18

CD025/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 446/2018

Abdelkarim

Benchibane

*****592P

719/18

CDT111/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 449/2018

Maria del Mar

Tirado Santiago

*****676G

299/18

CDT011/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 476/2018

Lilian Andrea

Asanza Narváez

*****876C

428/18

CDT129/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria ni como demandante de empleo desocupada en día natural anterior al de inicio de las acciones formativas

5.1.b i c

BEPO2 489/2018

Bryan Joel

Pilatuña Correa

*****360E

1268/17

CDT076/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 511/2018

Daniel José

Castro Bradshaw

*****104Y

722/18

CD025/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 518/2018

Catalina

Albertí Jorquera

*****821T

798/18 i 799/18

CD119/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 540/2018

Dzhan

Gyulchin Ahmed

*****315Z

42/18 a 44/18

MP13/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 556/2018

Jesus Hernando

Torres Rojas

*****821N

746/18

CDT020/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 573/2018

Elias Esau

Calderón Chun

*****420J

1462/17

CD250/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 635/2018

Antonio

Rodríguez Gallardo

*****694Q

1463/17

CD250/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 664/2018

Alexander

Sánchez Díaz

*****773W

1071/18

MP48/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 679/2018

Amilcar Fabricio

Quinatoa Quinatoa

*****334R

97/18, 100/18 i 102/18

MP28/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 684/2018

Diego Omar

Ortuño

*****453C

551/18 a 554/18

CD110/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 687/2018

Marina

Parra Alou

*****320C

487/18

CD136/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 706/2018

Kevin Adrián

Calzada Campos

*****239Z

703/18

CDT060/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 709/2018

Juan Antonio

Capó Campins

*****390W

618/17

MP87/17

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 722/2018

Adrian

Martinez Albelda

*****577Q

710/18 al 712/18

MF1009-3

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 731/2018

Fatima

Mahdaj Mansouri

*****030V

718/18

CDT110/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 747/2018

Manuel Alejandro

Martínez Soto

*****729M

611/18

CDT075/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 756/2018

Aina

Tomás Cerdá

*****717C

460/18

CDT072/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 791/2018

María isabel

García García

*****296J

1079/18

MP46/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 799/2018

Enrique

Pedregal Sánchez

*****485W

756/18

CDT056/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 805/2018

Rafel

Borrás Barceló

*****418B

351 al 353/18

CD166/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 927/2018

Unai

Rial Sánchez-Escribano

*****147J

129/18 i 130/18

MP33/18

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c

BEPO2 948/2018

Pol

Ripoll Feliu

*****267T

46/19

MP42/19

No estar inscrita en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil como persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las acciones formativas.

5.1.c