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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 498263
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística.
Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento.
Exp: PA 2020 0010.
Aprobación inicial del proyecto consistente en la modificación puntual del PGOU, con el objeto de ampliar el camino Salard en el tramo comprendido entre las calles Gessamí y Murta
El Pleno del Ayuntamiento de 30 de setiembre de 2021, aprobó inicialmente el proyecto de consistente en la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), elaborado por los técnicos municipales, con el objeto de ampliar el camino Salard en el tramo comprendido entre las calles Gessamí y Murta, con rectificación de las alineaciones oficiales, reducción de suelo lucrativo destinado a uso principal residencial plurifamiliar con modificación de la calificación de la parcela lucrativa asignada actualmente como B2a a F0a.
Cumpliendo el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se somete el mencionado proyecto de modificación del Plan General a información pública durante TREINTA DÍAS. Visto el art. 21.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (RLOUS), el plazo de información pública se computa desde la última publicación obligatoria.
Quienes se consideren afectados pueden examinar el proyecto:
https://ajtpalma.sharepoint.com/:f:/s/Planejament/EqKsaQT8K9lKivXsswjB3XgBNBotdjI8pfBJ3tf1xNmbAw?e=GbSPAj
y presentar las alegaciones que estimen pertinentes dentro del mencionado plazo. Estas alegaciones deberán presentarse, si se trata de una persona jurídica, obligatoriamente a través de la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de lo que es trata y el número de expediente; y si se trata de una persona física, podrá utilizar la mencionada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualquiera de las Oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las cuales se puede consultar en la web www.palma.cat, o en las dependencias a las que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Así mismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.
Palma, 15 de octubre de 2021
El jefe del Departamento
(Firmado mediante firma electrónica)
p.d. Decreto de Alcaldía nº 3000/2014, de 26/02/2014
(BOIB nº 30 de 4-03-2014)
Jaume Horrach Font