Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 495848
Resolución de adjudicación del puesto de trabajo de personal funcionario de jefe-a de servicio jurídico y gestión económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública, código núm. 01240, por el sistema de libre designación
Antecedentes
1. En fecha 5 de mayo de 2021 se solicitó la cobertura del puesto de jefe-a de servicio jurídico/a y de gestión económica, con el código núm. 01240, adscrito a la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública, que actualmente se encuentra vacante.
2. El 7 de julio de 2021 el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca aprobó las bases para la provisión del mencionado puesto de trabajo mediante el sistema de libre designación.
3. El 26 de julio de 2021 la presidenta del Consejo Insular de Mallorca dictó un Decreto por el cual convocó la provisión del mencionado puesto de trabajo de jefe-a de servicio jurídico y de gestión económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública, publicado en el BOIB núm. 101 de 29 de julio de 2021 y en el BOE núm. 195 de 16 de agosto de 2021.
4. La lista provisional de personas admitidas y excluidas se publicó el 17 de septiembre de 2021 y la lista definitiva se publicó el día 7 de octubre de 2021.
5. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes sólo consta la candidatura del Sr. Joan Viader Soler y dado que se trata de un puesto de libre designación y sólo se ha presentado una persona, no tiene que realizarse la baremación ni evaluación de los méritos sino constatar que la persona interesada cumple con los requisitos del puesto de trabajo.
6. De acuerdo con la base 4 de la convocatoria, previa constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos, la secretaría técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública, firma el 15 de octubre de 2021 la propuesta de adjudicación del puesto de trabajo de jefe-a de servicio jurídico y gestión económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública (con código núm. 01240) al Sr. Joan Viader Soler.
Fundamentos de derecho
1. Artículos 101 y 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y en los artículos 75 y siguientes de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
2. Los capítulos II y III, respectivamente, del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, de aplicación en este ámbito en virtud de lo que dispone el artículo 190 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
3. Las bases para la provisión del puesto de trabajo aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca en sesión del 7 de julio de 2021.
Por todo lo que se ha expuesto, como consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de acuerdo con el artículo 5.h del vigente decreto de la Presidencia del Consejo para el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca, y vista la propuesta de la secretaría técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública de 15 de octubre de 2021, dicto la siguiente
Resolución
1. Adjudicar el puesto de trabajo de jefe-a de servicio jurídico y de gestión económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública, código núm. 01240, por el sistema de libre designación, al Sr. Joan Viader Soler.
2. Establecer que el plazo para tomar posesión es de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contar a partir del día siguiente del cese en el lugar de procedencia, que se deberá de efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes en el de la publicación de la resolución de adjudicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
3. Disponer que la adjudicación del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria determina el cese en el puesto de trabajo de procedencia, sea cuál sea la forma de empleo.
4. Establecer que una vez adjudicado el puesto de trabajo de esta convocatoria, el tiempo mínimo de permanencia en este puesto de trabajo será como mínimo de dos años. La obligación de permanecer en el puesto, como titular, un mínimo de dos años antes de participar en un procedimiento de provisión ordinaria no es de aplicación en los supuestos de remoción o suspensión del lugar de trabajo de movilidad forzosa en qué hace referencia el apartado 5 del artículo 74 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, o de participación en convocatorias de provisión ordinaria de puestos de trabajo del mismo departamento.
5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca (Tablón de anuncios / Recursos Humanos) a los efectos oportunos.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, pueden interponer el recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recibir esta notificación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada pueden interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no han recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y pueden interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, pueden interponer, en su caso, cualquier otro recurso que consideren oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 19 de octubre de 2021
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Decreto de 26.01.2021, BOIB núm. 12, de 28.01.2021 Josep Lluis Colom Martínez