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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 494495
Extracto de la convocatoria de subvenciones a deportistas individuales del municipio de Sa Pobla para el año 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 590608

En conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo el cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones.

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Finalidad:

El objeto de estas bases es promover y facilitar el acceso al deporte y a su práctica colectiva a los deportistas del municipio de sa Pobla.

Segundo. Beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Todos los deportistas que obtengan una puntuación igual o superior a 20 puntos, como resultado de aplicar los criterios y baremos del apartado 10. Esta puntuación se calcula sobre la base de los resultados deportivos conseguidos durante el año 2021. 

b) Encontrarse empadronado en el municipio de sa Pobla.

c) Los deportistas que habiendo competido el año 2021 representando una comunidad autónoma, sea esta la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

d) Los deportistas que habiendo competido el año 2021 con licencia federativa autonómica, sea ésta de la federación autonómica de las Islas Baleares. No es necesario cumplir este requisito en el caso de que no haya federación autonómica balear de la modalidad deportiva practicada por el deportista o en caso de que el deportista tenga licencia nacional. 

e) No tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje. En el caso de que los expedientes sancionadores o los procedimientos judiciales estén todavía en tramitación o resolución sancionadora o sentencia condenatoria no sea firme, el deportista puede presentar la solicitud de ayuda, pero la concesión, en su caso, queda suspendida hasta que estos procedimientos se resuelvan definitivamente.

Tercero. Bases reguladoras:

Publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de sa Pobla:

https://sapobla.eadministracio.cat/transparency/b7c40180-588f-4312-8674-fdfd23f378e7/#

Cuarto. Importe:

Durante el ejercicio presupuestario 2021, se destina la cantidad de 9.000 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 01 3410 48905 01

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para presentar las solicitudes es de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB. Si el último día de este plazo es sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. No se puede presentar ningún modelo de solicitud de subvención fuera del plazo establecido.

 

Si la solicitud no reúne los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la entidad solicitante, o algunos de los requisitos previstos en el artículo 66.1 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se tiene que requerir la entidad solicitante de acuerdo con el que establece el artículo 68.1 de la ley mencionada porque, en un plazo de diez días hábiles, enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación que, si no lo hace así, se tendrá por desistida la petición, con una resolución exprés previa.​​​​​​​

 

Sa Pobla, en el día de la firma electrónica (20 de octubre de 2021)

El alcalde-presidente Llorenç Gelabert Crespí