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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 494106
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp: PA 2019 00080000. Aprobar inicialmente el proyecto de modificación del PGOU consistente en cambiar la calificación del vial (no ejecutado) previsto en el PGOU entre las calles Mossa y Almallutx

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de 30 de setiembre de 2021 aprobó inicialmente el proyecto de modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) consistente en cambiar la calificación del vial (no ejecutado) previsto en el PGOU entre las calles Mossa y Almallutx  para pasar a calificarlo como zona de infraestructures, con reajuste de sus límites, según el proyecto con número de entrada 721 y fecha 7 de julio de 2021.

Cumpliendo el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se somete el mencionado proyecto de modificación del Plan General a información pública durante TREINTA DÍAS. Visto el art. 21.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (RLOUS), el plazo de información pública se computa desde la última publicación obligatoria.

Quienes se consideren afectados pueden examinar el proyecto:

  • presencialmente en el Servicio de información urbanística (Av. Gabriel Alomar, 18, planta baja. Edificio Municipal de les Avingudes), solicitando cita previa en línea
  • en el anuncio de este acuerdo, en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal
  • a través del enlace:

https://ajtpalma.sharepoint.com/:f:/s/Planejament/Er7x1NPPOgdPm8QakOpTHL8BeRVQb5C3iPKQL_W-z3nYLw?e=a8XItu

y presentar las alegaciones que estimen pertinentes dentro del mencionado plazo. Estas alegaciones deberán presentarse, si se trata de una persona jurídica, obligatoriamente a través de la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de lo que es trata y el número de expediente; y si se trata de una persona física, podrá utilizar la mencionada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualquiera de las Oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las cuales se puede consultar en la web www.palma.cat, o en las dependencias a las que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asímismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.

 

Palma, en el día de la firma electrónica (8 de octubre de 2021)

El jefe del Departamento

p. d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014

(BOIB nº  30 de  4-03-2014)

Jaume Horrach Font