Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 491790
Resolución de la Presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials de fecha 27 de septiembre de 2021 de concesión de ayudas económicas a familias acogedoras correspondiente al mes de septiembre de 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

ANTECEDENTES:

1. El artículo 70.8 del texto consolidado del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (BOE núm. 52 de 1 de marzo de 2007), otorga al Consell de Mallorca como propia la competencia en tutela, acogimiento y adopción de menores.

2. La Ley 8/1997, de 18 de diciembre, de atribución de competencias en materia de tutela, acogida y adopción de menores (BOCAIB núm. 157 ext. de 20/12/1997), con el artículo 2 de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials aprobados en el Pleno del 1/04/2019 (BOIB núm. 67 de 18/05/2019), la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia i la adolescencia de las Islas baleares (BOIB núm. 26 de 28/02/2019), la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor y modificación parcial del Código Civil i de la LEC.

3. En fecha 10 de octubre de 2019, por resolución del presidente del Institut Mallorquí d'Afers Socials, se aprueba la actualización de precios de las ayudas escolares establecidas en la resolución de 16 de marzo de 2018 de prestaciones económicas por acogimiento familiar (BOIB núm. 141 de 17 de octubre de 2019).

4. En fecha 23 de enero de 2020, por resolución del presidente del Institut Mallorquí d'Afers Socials, se aprueba la actualización de precios de las prestaciones económicas por acogimientos familiares permanentes con familia extensa o aliena, temporales con familia extensa i temporales con familia aliena i por acogimientos preadoptivos para el año 2020 (BOIB núm. 11 de de de enero de 2020).

5. Atendiendo a la resolución de la Presidencia de fecha 5 de julio de 2021 de actualización de precios de las prestaciones económicas, por la cual las ayudas se incrementan en 100,00 € mesuales con cargo a la partida presupuestaria 20.23135.48004 (BOIB núm. 94 de 15 de julio de 2021).

6. Se mantienen los precios vigentes sin variación según informe propuesta para la actualización de precios de las prestaciones económicas de fecha 26 de enero de 2021.

7. El artículo 1.2 i) de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, establece que están exentos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las prestaciones económicas recibidas de instituciones públicas con motivo de la acogida de menores.

8. Los ingresos que perciben las familias acogedoras en concepto de acogida de menores con medida de protección son renta exentas de acuerdo con lo que dispone el art. 7.i) de la Ley 35/2006, de 28 de diciembre, del IRPF.

9. Según los dictámenes aprobados en las Comisiones Técnicas Económicas (CTE) que se llevan a cabo semanalmente donde se determinan los motivos por los cuales se conceden ayudas económicas a las familias acogedoras de menores, así como los motivos para dejar sin efecto las citadas ayudas.

Fundamentos de derecho

El art. 7.2.7. de los Estatutos del IMAS otorgan a la Presidencia la competencia para resolver el procedimiento de ayudas y prestaciones.

Vista la propuesta anterior y el informe de la Intervención Delegada nº 2021/1896, de fecha 24 de septiembre de 2021, haciendo uso de las atribuciones que me han sido otorgadas por el art. 7.2, apartado 23) de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials, aprobados por acuerdo del Pleno del Consell Insular de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67 de 18 de mayo de 2019).

Por todo lo expuesto anteriormente,

 

RESUELVO

Primero.- Conceder ayudas económicas, puntuales y periódicas para el período comprendido entre el mes de septiembre y el mes de diciembre de 2021, según los dictámenes aprobados en la Comisión Técnica Económica a favor de las personas, en cualidad de acogedoras, relacionadas en el Anexo I y de acuerdo con la relación contable Q/2021/1647, por importe total de 32.905,47 €.

Segundo.- Autorizar y disponer créditos por importe de 32.905,47 repartidos con cargo a las partidas presupuestarias de la siguiente manera: 20.299,90 €, 7.309.20 € y 5.296,37 a la 20.23135.48001, 20.23135.48002 y 20.23135.48004 respectivamente, del presupuesto de gastos del IMAS de 2021.

Tercero.- Publicar esta resolución en el BOIB.

 

Palma, a la fecha de la firma (18 de octubre de 2021)

El presidente del IMAS y consejero de Derechos Sociales

Javier de Juan Martín

 

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019) aprobados por acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre el objeto y plazo de este recurso.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

DNI

IMPORTE

CÓDIGO ECONÓMICO

X4155569K

400,00 €

2021 20 23135 48004

X4155569K

2.383,44 €

2021 20 23135 48002

43005183J

2.383,44 €

2021 20 23135 48002

43005183J

400,00 €

2021 20 23135 48004

43052237D

400,00 €

2021 20 23135 48004

43052237D

2.383,44 €

2021 20 23135 48002

43463214E

400,00 €

2021 20 23135 48004

43463214E

1.254,84 €

2021 20 23135 48001

43170011T

400,00 €

2021 20 23135 48004

43170011T

200,00 €

2021 20 23135 48004

43170011T

1.254,84 €

2021 20 23135 48001

43170011T

941,13 €

2021 20 23135 48001

43170011T

125,52 €

2021 20 23135 48001

43170011T

400,00 €

2021 20 23135 48004

43170011T

200,00 €

2021 20 23135 48004

43170011T

1.254,84 €

2021 20 23135 48001

43170011T

941,13 €

2021 20 23135 48001

43170011T

125,52 €

2021 20 23135 48001

43170011T

400,00 €

2021 20 23135 48004

43170011T

200,00 €

2021 20 23135 48004

43170011T

1.254,84 €

2021 20 23135 48001

43170011T

941,13 €

2021 20 23135 48001

43170011T

125,52 €

2021 20 23135 48001

43147844M

46,62 €

2021 20 23135 48004

43147844M

146,44 €

2021 20 23135 48001

36535027X

83,25 €

2021 20 23135 48004

36535027X

261,50 €

2021 20 23135 48001

74437900X

86,58 €

2021 20 23135 48004

74437900X

689,52 €

2021 20 23135 48001

43143093S

1.254,84 €

2021 20 23135 48001

01874514Z

1.254,84 €

2021 20 23135 48001

01874514Z

1.568,55 €

2021 20 23135 48001

01874514Z

292,88 €

2021 20 23135 48001

01874514Z

400,00 €

2021 20 23135 48004

01874514Z

200,00 €

2021 20 23135 48004

43098983L

400,00 €

2021 20 23135 48004

43098983L

200,00 €

2021 20 23135 48004

43098983L

1.254,84 €

2021 20 23135 48001

43098983L

1.254,84 €

2021 20 23135 48001

43098983L

94,14 €

2021 20 23135 48001

45692420E

26,64 €

2021 20 23135 48004

45692420E

158,88 €

2021 20 23135 48002

41712820C

400,00 €

2021 20 23135 48004

41712820C

53,28 €

2021 20 23135 48004

41712820C

3.536,68 €

2021 20 23135 48001

41712820C

471,52 €

2021 20 23135 48001