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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 491071
Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de corrección de error material advertido en la publicación de la Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 29 de septiembre de 2021, por la cual se adjudican, por el procedimiento de libre designación, varios puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, convocados mediante Resolución de 16 de junio 2021

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 29 de septiembre de 2021, se adjudicaron, por el procedimiento de libre designación, varios puestos de trabajo de personal funcionario de la CAIB (BOIB n.º 135, de 2 de octubre)

2. En relación a la publicación anteriormente citada, se ha advertido un error material en el hecho n.º cinco, en el sentido que no se ha transcrito correctamente el apellido del aspirante, el señor Lluis J. Segura Ginard, a quien se ha adjudicado a su favor el puesto de trabajo de director del l'Institut d'Estudis Autonòmics (F01030043), adscrito a la Direcció General de Coordinació, Relacions amb el Parlament, Drets i Diversitat, i adscrito a la Conselleria de Presidència, Funció Pública i Igualtat.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos

2. Por otro lado, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo lo anterior, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error material detectado en los términos siguientes:

Donde dice:

«En el acta de entrevista personal, el aspirante, el señor Luis J. Segura Ginard Lozano ha sido propuesto para la cobertura del puesto convocado,»

Debe decir:

«En el acta de entrevista personal, el aspirante, el señor Luis J. Segura Ginard ha sido propuesto para la cobertura del puesto convocado,»

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente que se haya publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en el día de la firma electrónica (18 de octubre de 2021)

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad

Mercedes Garrido Rodríguez