Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 490695
Nombramiento funcionarios en prácticas
Expediente n.º: 345/2020
Resolución con número y fecha establecidos al margen
Procedimiento: Selecciones de Personal y Provisiones de Puestos de trabajo. Convocatoria proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera 2 plazas vacantes de la categoría de policía local del ayuntamiento de sa Pobla intermediando el procedimiento ordinario.
RESOLUCIÓN DE ALCALDIA POR LA CUAL SE NOMBRA FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS PARA CUBRIR COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA 2 PLAZAS VACANTES DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE SA POBLA INTERMEDIANDO EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO
De conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local:
Vista la Convocatoria proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera 2 plazas vacantes de la categoría de policía local del ayuntamiento de sa Pobla mediante el procedimiento ordinario (BOIB n.º 142, de 18 de agosto de 2020);
Visto el procedimiento seguido conforme de la referida convocatoria, el cual se da por reproducido;
Visto el decreto de alcaldía n.º 953/2021, de 30 de septiembre, por el cual se aprobó la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y que tienen que ser nombrados como funcionarios en prácticas, previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos a las bases de la convocatoria y el artículo 177.2 del Decreto 40/2019 por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares;
Vista la publicación del referido decreto al BOIB n.º 137, de 7 de octubre de 2021, donde a la vegada se requería a los aspirantes a los efectos que aportaran en el plazo de 20 días hábiles, en conformidad con la base novena de la convocatoria, los documentos que acreditan que cumplen los requisitos que exige la convocatoria; vista la documentación evacuada por los aspirantes y siendo la mismo conforme al que dispongan las bases reguladoras,
Por la presente,
RESUELVO
PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en la base novena de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera 2 plazas vacantes de la categoría de policía local del ayuntamiento de sa Pobla intermediando el procedimiento ordinario (BOIB n.º 142, de 18 de agosto de 2020), como funcionarios en prácticas, el cual tendrá efectos desde la fecha de comienzo del curso de capacitación o en los supuestos en que la normativa de aplicación excepcione la realización de este curso, desde la fecha de comienzo de las prácticas en el municipio, a:
-. Andrés Maria Sastre García, con DNI n.º *2353***.
-. Miquel Fuster Ballester, con DNI n.º *1891***.
Esta situación se tiene que mantener hasta que sean nombrados personal funcionario de carrera, si procede, o calificados como aptas.
SEGUNDO.- En cuanto a la superación completa de la fase de oposición se estará al dispuesto en las bases décima, undécima y doceava de las bases reguladoras del proceso selectivo.
TERCERO.- Comunicar la presente resolución a la Dirección General de Emergencias de la CAIB a los efectos de incorporación de los aspirantes en los cursos selectivos, solicitante la reserva de las plazas correspondientes.
CUARTO.- Notificar la presente resolución a los interesantes, y comunicar la misma al Departamento de #RRHH del Ayuntamiento.
Interposición de recursos
El que se comunica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose que se trata de un acto de trámite y consecuentemente no procede la interposición de recursos contra este.
Sin embargo, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, en conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponer el recurso potestativo de reposición, que habrá que fundar en cualquier de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la citada Ley. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes, desde su interposición (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Sa Pobla, documento firmado electrónico (19 de octubre de 2021)
El alcalde Llorenç Gelabert Crespí