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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 480646
Resolución del pago de las ayudas económicas para fomentar la reactivación del desarrollo económico local y la promoción turística del municipio (sexta concesión) (exp. E05582021000097)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el presente anuncio publica la concesión de ayudas económicas para fomentar la reactivación del desarrollo económico local y la promoción turística del municipio de Maó-Mahón para minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el COVID-19, para el año 2021, otorgadas por Decreto de Alcaldía número 3384/2021, de fecha 16/09/2021.

Primero. Conceder una ayuda económica de 1.500 € a cada una de las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y entidades sin ánimo de lucro, titulares de un negocio, afectadas económicamente por la situación de crisis ocasionada por el COVID-19, que se relacionan a continuación:

Número de expediente

Solicitante

DNI/NIF

E05582021000125

LLULL LLUFRIU MARIA TERESA

41****15M

E05582021000132

VENTURA SALES MARIA DOLORES

****4729F

E05582021000152

DAHMICH EL YACKHLIFI RACHID

4164****M

E05582021000155

CHETAN  DANIELA

****9341D

E05582021000163

QUIÑONERO IGLESIAS SUSANA

373****6N

E05582021000168

THIELE  NIGEL WALTHER

X****671Z

E05582021000169

VIVES RIERA JUAN

41501****

E05582021000171

DE SOUSA MESSIAS WERICA

X882****H

E05582021000172

PONS PONS ANA BELEN

4150****P

E05582021000176

LOUKILI EL YAACOUBI MUSTAPHA

****9813F

E05582021000189

YOLI Y TOÑI, SC

J57737702

E05582021000192

OFIMENORCA SOCIEDAD LIMITADA

B07079999

E05582021000197

ALCOLEA ALBERO FERNANDO

3502****T

E05582021000204

ATZO 07 SOCIEDAD LIMITADA

B57471450

E05582021000216

BAR EL CACHITO CB

E07280258

E05582021000277

AUTOMOCION GT, SC

J57688822

E05582021000334

LOVE THERAPY SOCIEDAD LIMITADA

B57946337

E05582021000336

LOVE THERAPY SOCIEDAD LIMITADA

B57946337

E05582021000359

LA VILLA MANAGEMENT SERVICES CB

E57611311

E05582021000374

COSMETICOS MENORCA SC

J01775063

E05582021000376

CREACIONES MENORCA, CB

E16557084

E05582021000393

MARCOS GARZON MARIA PURIFICACION

37****21W

E05582021000395

MIL SABORES, CB

E57932303

E05582021000413

MENORCA IL FUOCO SOCIEDAD LIMITADA

B57923823

Segundo. Las personas y entidades beneficiarias de la ayuda deberán cumplir las siguientes obligaciones:

a) Justificar la ayuda dentro del primer trimestre del año 2022. A tal efecto, deberá presentar una declaración formal, en la que constará:

El importe de la facturación del establecimiento durante los años 2019, 2020 y 2021, así como el porcentaje de disminución.

El promedio de trabajadores/as del establecimiento durante los años 2019, 2020 y 2021.

b)  El plazo para justificar la ayuda económica finalizará el 31 de marzo de 2022, mediante trámite telemático. 

 

Tercero. Disponer el gasto y aprobar el reconocimiento de la obligación, con cargo a la aplicación presupuestaria D02 4310 4810020, por importe total de 36.000,00 €.

Cuarto. Proceder al pago del 100% de la ayuda económica, en la cuenta bancaria que figura en la solicitud.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo que dispone el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar del día siguiente al de la recepción de esta notificación; y, en este caso, no puede interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta.

El recurso de reposición debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias y medios a que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015 antes mencionada; y se entenderá desestimado cuando no se resuelva y notifique en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al de su interposición, en cuyo caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, debe interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, con arreglo a lo establecido en el artículo 123 anteriormente citado y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente.

 

Mahón, en la fecha de la firma electrónica  (13 de octubre de 2021)

El alcalde

Héctor Pons Riudavets