Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 478307
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la cual se autoriza la subrogación del contrato de arrendamiento de la sede de la Consejería de Educación y Formación Profesional (Exp. SP 132/2021)
En el día de la firma electrónica, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. El 30 de junio de 2021, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (justificante de envío VALIB 23700), un oficio de la jefa del Servicio de Gestión Económica de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por el cual comunica la subrogación del arrendatario del contrato de arrendamiento del edificio de la calle Ter, 16, del Polígono Son Fuster de Palma.
2. El día 5 de julio de 2021se remitió un requerimiento de enmiendas de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio.
3. El día 19 de julio de 2021 se recibió un oficio del secretario general de la Consejería de Educación y Formación Profesional, en el que contesta al oficio de enmiendas de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio.
4. El 22 de septiembre se recibió un Informe de la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares sobre la solicitud de consignación judicial de las rentas debidas derivadas del contrato de arrendamiento de 24 de febrero de 2017, por la consejera de Hacienda y Administraciones públicas y por el representante de la entidad BMN y de la sucesión que ha tenido lugar en la figura del propietario llevada a cabo por la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de las Islas Baleares , de 22 de septiembre de 2021.
Fundamentos de derecho
1. Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, (BOIB núm. 49, de 24 de abril y el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.
2. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).
3. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el cual se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).
4. El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).
Propuesta de resolución
Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte resolución en los términos siguientes:
1. Autorizar la subrogación del contrato de arrendamiento del edificio de la calle Ter, 16, del Polígono Son Fuster de Palma, sede de la Consejería de Educación y Formación Profesional a favor de CAIXABANK SA, con CIF A08663619.
2. Notificar esta Resolución a la Consejería de Educación y Formación Profesional.
3. Anotar la Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado o publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de haberse notificado o publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en el día de la firma electrónica (13 de octubre de 2021)
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau La directora general proponente Catalina Ana Galmés Trueba