Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 477925
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 4 de octubre de 2021, relativo a la convocatoria de ayudas a las escuelas infantiles para el curso 2020-21 (Exp. 1505-2021-000001)
BDNS 589387
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/589387):
Primero. Beneficiarios
Los beneficiarios deben ser titulares de escuelas infantiles de Menorca de primer ciclo de educación infantil, 0-3 años, deben tener la autorización correspondiente de la Consejería de Educación y Formación Profesional, establecida por el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos.
El centro debe estar al corriente de los pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener ninguna obligación fiscal pendiente con el Consejo Insular de Menorca.
Los centros y específicamente las unidades por las que se solicita la ayuda deben estar integrados dentro del programa para la gestión educativa de la Consejería de Educación i Formación Profesional del Gobierno de las Islas Baleares (GESTIB) y deben mantenerse actualizados en cuanto a la gestión administrativa del alumnado y del profesorado.
Segundo. Objeto
El objeto de las ayudas es colaborar en el funcionamiento de las escuelas infantiles y apoyar las actividades educativas que desarrollan, destinadas a niños en edades correspondientes al primer ciclo de la educación infantil, hasta 3 años, y a sus familias, así como fomentar la escolarización de los niños de familias en situación de vulnerabilidad.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 04.10.2021.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 580.000 € (quinientos ochenta mil euros), desglosados de la siguiente manera:
Concepto |
Cantidad máxima |
Línea 1: Ayudas al funcionamiento de las escuelas infantiles de primer ciclo y a las actividades educativas que desarrollan |
450.000 € |
Línea 2: Ayudas a la escolarización de los niños de las familias en situación de vulnerabilidad |
130.000 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes finalizará en el plazo de un mes a partir del día de su publicación en el BOIB.
Sexto. Otros datos.
El importe máximo de la subvención por centro escolar se fija en:
- Para la Línea 1: 40.000 €
- Para la Línea 2: 12.000 €
Maó, 11 de octubre de 2021
Por delegación de la presidenta El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)