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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 477917
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 27 de septiembre de 2021, relativo a las bases que regulan la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados, y aprobación de la convocatoria correspondiente al año 2021 (Exp. 1819-2021-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 589432

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/589432):

Primero. Beneficiarios

Pueden solicitar la ayuda las personas que cumplan los requisitos siguientes:

  • Estar empadronado en un municipio de Menorca en el momento de presentar la solicitud, salvo en los casos de petición de renovación de ayudas concedidas en convocatorias anteriores respecto del mismo recurso que se solicita.
  • Ser mayor de 18 años o bien menores emancipados. Excepcionalmente, también tienen derecho los menores de 18 años si un informe social o técnico justifica la necesidad y aconseja el recurso.
  • Estar dentro de los sectores de población objeto de la convocatoria; es decir, personas con discapacidad psíquica, física o psiquiátrica o personas que presentan dificultades por adicciones o trastornos de conducta.
  • Justificar, mediante informes profesionales, la necesidad de estancia en un centro residencial terapéutico y la imposibilidad o no adecuación de acceder a un recurso adecuado en la red pública de servicios sociales o de salud de Menorca.

Segundo. Objeto

El objeto es establecer y regular las ayudas económicas del Consejo Insular de Menorca destinadas a subvencionar estancias residenciales terapéuticas en centros ubicados fuera de la isla de Menorca y a subvencionar desplazamientos y alojamientos de las personas usuarias de estos centros o de los sus familiares.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 27.09.2021.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 70.000 € (setenta mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes (o hasta el primer día hábil siguiente a este, si el plazo recae en día inhábil) contados a partir del día siguiente de haberse publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Sexto. Otros datos.

En el caso de las ayudas para estancias en centros residenciales terapéuticos se financiará como máximo el 75% del coste total.

El importe máximo individual de los gastos de alojamiento, transporte y desplazamiento de las personas usuarias y de los familiares, tutores o similares será el siguiente:

 

Concepto

Importe máximo anual de la ayuda

Máximo para desplazamiento (transporte y alojamiento)

Transporte, desplazamiento y alojamiento entre islas (Balears)

1.200 €

300 €

Transporte, desplazamiento y alojamiento en la península

2.160 €

540 €

Las personas que pueden tener derecho a los gastos de transporte y desplazamiento y alojamiento son los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad.

Son subvencionables los gastos realizados entre el 1 de diciembre de 2020 y el 30 de noviembre de 2021.

 

Maó, 11 de octubre de 2021

Por delegación de la presidenta El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)