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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 475257
Notificación de Resolución de modificación de concesión y de revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, Exp. 059 de fecha 4 de octubre de 2021, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, para los años 2015 a 2019

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 4 de octubre de 2021, firmó la siguiente resolución,

"RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN Y DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas

Submedida 6.1 - Creación de empresas de Jóvenes Agricultores

Convocatoria:CEJA 2016_2

Codi DIR3: A04026954

Codi SIA: 208251

Codi BDNS: 369320

Exp. Núm.: CEJA 2016_2/059 

Hechos

1.El 15 de septiembre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 136 la Resolución del Presidente del Fons de Garantaa Agraria i Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores. La Resolución mencionada se modificó en fecha 26 de abril de 2016 (BOIB núm. 54, de 30 de abril de 2016), modificada por la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80, de 28 de junio de 2018).

2. El 23 de diciembre de 2016 (con registro de entrada núm. 22.040), JESÚS BALAGUER BUSQUETS presentó la solicitud de ayuda correspondiente al expediente núm. CEJA2016_2/059. En el Plan Empresarial que adjunta manifiesta que el inicio de la actividad es la instalación como joven agricultor socio/miembro de la entidad jurídica CAS VALLAQUET de una explotación agraria.

3. El 26 de abril de 2018, el vicepresidente del FOGAIBA dictó la Resolución de concesión de ayudas para la creación de empresas de jóvenes agricultores (R3), publicada en el BOIB núm. 71, de 9 de junio de 2018, en la que se incluye una concesión a favor de JESÚS BALAGUER BUSQUETS, con NIF***1048**, con un importe de ayuda de 40.000,00€, con núm. de expediente CEJA2016_2/059.

4. El expediente mencionado ha sido objeto de una revisión sistemática por parte de un superior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.2 de la Circular de Coordinación 18/2019, para la campaña 2016_2, se ha detectado que en la concesión se produjeron los siguientes errores:

a) Se concedieron 40.000,00€ cuando sólo corresponden 25.000,00€ en concepto prima base, ya que se han concedido 15.000,00€ por incorporación conjunta de dos o más jóvenes, en el mismo periodo de convocatoria, a una explotación agraria prioritaria integrada exclusivamente por estos.

5.El 43 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, dispone que "Corresponde la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención. Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto, total o parcialmente, el acto de concesión y corresponde el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente ".

6. En fecha 23 de agosto de 2021 se notifica al interesado, mediante la publicación en la web del FOGAIBA, el Informe/Propuesta provisional de resolución de modificación de concesión y de revocación parcial de 11 de agosto de 2021, por un importe de ayuda de 25.000,00€, y llevar a cabo una revocación parcial de 15.000,00€, dado que no solicita la instalación en una explotación agraria prioritaria. Transcurridos este periodo el interesado no presentó ninguna alegación.

Fundamentos de derecho

1.Resolución del Presidente del Fons de Garantia Agraria i Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la Creación de empresas de jóvenes agricultores.

2. Orden del Conseller   de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares desde 2014 hasta 2020.

3. Ley 39/2015, del 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas.

Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Modificar la Resolución del vicepresidente en materia agraria de 26 de abril de 2018 de concesión (R3), por el importe y los datos detallados en el anexo 1 de esta resolución, que es un total de 1 expediente y comienza con JESÚS BALAGUER BUSQUETS y termina con JESÚS BALAGUER BUSQUETS , que suma un importe total de 25.000,00€, relativa a la línea de ayuda «Creación de empresas de jóvenes agricultores», a consecuencia de la revisión sistemática.

2.Revocar parcialmente la Resolución de ayuda concedida antes mencionada concedida al beneficiario por el importe y con los datos detallados en el anexo 2 de esta resolución, que es un total de 1 expediente y que comienza con JESÚS BALAGUER BUSQUETS y termina con JESÚS BALAGUER BUSQUETS, que suma un importe total de 15.000,00€, relativa a la línea de ayuda «Creación de empresas de jóvenes agricultores», ya que no solicita la instalación en una explotación agraria prioritária. 

3. Notificar esta resolución al interesado, mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y  los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma,  4 de octubre de 2021

 

El vicepresident en matèria agrària del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

ANEXO 1 RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA AYUDA (CEJA2016_2) REMESA 1

Código exp.

Solicitante

NIF

Fecha Registro

Cofinanciamiento

Imp. concesión

2021

CEJA2016_2/059

Jesús Balaguer Busquets

***1048**

23/12/2016

100% CAIB

25.000,00

25.000,00

 

ANEXO II RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CEJA2016_2 Creación de empresas de jóvenes agricultores

TITULAR

NIF

NÚM. EXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Importe ayuda auxiliable

Importe a revocar

CAIB  100 %

Anualidad

Jesús Balaguer Busquets

***1048**

CEJA2016_2/049

40.000,00

25.000,00

15.000,00

15.000,00

2021

 

 

 

 

 

40.000,00

25.000,00

15.000,00

15.000,00

 

 

 

NÚM. BENEFICIARIOS: 1

TOTAL AYUDA

 

 

TOTAL CAIB

 

 

Palma, 8 de octubre de 2021

El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)