Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 470394
Acuerdo plenario de 30.09.21 por el que aprueba el Registro de actos automatizados del Ajuntament de Calvià
Por la corporación plenaria en sesión de día 30 de septiembre actual, se adoptó el acuerdo que se transcribe con el objeto de aprobar la creación del Registro de actos automatizados del Ajuntament de Calvià.
“Propuesta de acuerdo de Pleno relativa a la aprobación del Modelo y Política de Gestión de Documentos y Expedientes Electrónicos del Ayuntamiento de Calvià.
Hechos
Primero. La Norma Técnica de Interoperabilidad de Política de gestión de documentos electrónicos establece los conceptos relacionados con el desarrollo de políticas de gestión de documentos electrónicos, identifica los procesos de la gestión de documentos en el marco de la administración electrónica y establece los principios necesarios para el desarrollo y aplicación de políticas de gestión de documentos electrónicos por parte de todos los órganos de la Administración y Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de aquélla.
En este sentido, el Ayuntamiento de Calvià quiere responder a los requerimientos legislativos y organizacionales con la elaboración de un Modelo y política de gestión de documentos del Ayuntamiento de Calvià que recoge el conjunto de normas que crean el Sistema de Gestión de Documentos de la organización, para asegurar la gestión eficiente y responsable de los documentos y expedientes producidos y recibidos por el Ayuntamiento, garantizando su acceso y usabilidad durante todo su ciclo de vida.
Segundo. El informe, de día 21 de septiembre de 2021, emitido por el técnico superior en archivística y gestión documental sobre la aprobación del Modelo y política de gestión de expedientes y documentos electrónicos del Ayuntamiento de Calvià.
Por todo ello, propongo al Pleno que adopte el siguiente Acuerdo
Primero. Aprobar el Modelo y política de gestión de expedientes y documentos electrónicos del Ayuntamiento de Calvià, que se adjunta a la propuesta.
Segundo. Publicar en la Sede Electrónica municipal el presente acuerdo y el Modelo y política de gestión de expedientes y documentos electrónicos del Ayuntamiento de Calvià.
Calvià, documento firmado electrónicamente (7 de octubre de 2021)
El alcalde Alfonso L. Rodríguez Badal
ANEXO I MODELO Y POLÍTICA DE GESTIÓN DE EXPEDIENTES Y DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS DEL AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ. MANUAL DE GESTIÓN
CONTENIDOS
1. El Manual de gestión de documentos del Ayuntamiento de Calvià
1.1. Objeto y definición
1.2. Alcance
1.3. Aprobación y publicación
2. Definición de responsabilidades
2.1. La Comisión de Gestión de la Información
2.2. El responsable de Gestión Documental y Archivo
2.3. Los responsables internos o departamentales de gestión documental
3. Instrumentos técnicos
4. El Archivo del Ayuntamiento de Calvià
4.1. Archivo físico
4.2. Archivo electrónico
5. Los documentos
5.1. Datos mínimos en el contenido de los documentos creados por el Ayuntamiento
5.2. Documentos recibidos de terceros y digitalizaciones
5.3. Nombres de los archivos electrónicos (documentos creados, recibidos de terceros o digitalizados)
5.4. Versiones de los documentos. Borradores y definitivos. Originales y copias
5.5. Metadatos mínimos de los documentos de los expedientes ubicados en la Plataforma
5.6. Metadatos mínimos de los documentos ubicados en el repositorio interno virtual
5.7. Programas de edición de los documentos
6. Gestión de las plantillas, formularios y modelos de documentos
7. Documentación de consulta y otros recursos de información compartidos de las unidades
8. La unidad de gestión documental: el expediente
8.1. Metadatos mínimos de los expedientes de la Plataforma corporativa de gestión de expedientes
8.2. Metadatos mínimos de los expedientes del repositorio interno de cada unidad
9. El Cuadro de clasificación. Estructura fija de carpetas en el repositorio interno de cada unidad
10. Inicio de los expedientes
10.1. Expedientes electrónicos: íntegros y completos
10.2. Inicio de los expedientes electrónicos en la Plataforma
10.3. Inicio de los expedientes electrónicos en el repositorio interno de cada unidad
10.4. Apertura de los expedientes en papel
11. Tramitación y seguimiento de los expedientes
12. El cierre de los expedientes
12.1. Cierre y archivo de los expedientes en papel
12.2. Finalización de expedientes electrónicos ubicados en la Plataforma
12.3. Finalización de expedientes ubicados en el repositorio interno
13. Transferencia de expedientes (electrónicos y en papel) al archivo histórico
14. Consultas y préstamos de expedientes cerrados
15. Salida de expedientes en papel fuera del Ayuntamiento y remisión de expedientes electrónicos a otras administraciones
16. Eliminaciones
17. Gestión del correo electrónico
1. El Manual de gestión de documentos del Ayuntamiento de Calvià
1.1. Objeto y definición
El Manual de gestión de documentos del Ayuntamiento de Calvià recoge el conjunto de normas que crean el Sistema de Gestión de Documentos de la organización para asegurar la gestión eficiente y responsable de los documentos y expedientes producidos y recibidos por el Ayuntamiento, garantizando su acceso y usabilidad durante todo su ciclo de vida.
1.2. Alcance
Este Manual es aplicable a la totalidad de documentos producidos y / o recibidos por el Ayuntamiento en el ejercicio de sus funciones y actividades.
Todo el personal del Ayuntamiento queda sujeto a las normas recogidas en este Manual en todo lo relacionado con la gestión de los expedientes y los documentos que los componen.
1.3. Aprobación y publicación
Este Manual ha sido elaborado con la colaboración y participación del personal del Ayuntamiento, ha sido revisado por la Comisión de Gestión de la Información de la corporación y debe ser aprobado por el Plenario.
Se publicará una copia siempre actualizada de este Manual en el espacio común que la Comisión determine y que esté al alcance de todo el personal. Se proporcionará un ejemplar de este Manual a todos los nuevos trabajadores en el momento de su incorporación, a los que además se les impartirá la oportuna formación.
2. Definición de responsabilidades
2.1. La Comisión de Gestión de la Información
La Comisión de Gestión de la Información es el equipo de trabajo que asume el gobierno del Sistema de Gestión de Documentos recogido en este Manual. Este equipo de trabajo estará formado por diferentes perfiles, representativos de las diversas áreas funcionales del Ayuntamiento, y recogerá las distintas sensibilidades y necesidades sobre la gestión de la información en la corporación.
Esta Comisión estará formada por:
Adicionalmente, para realizar tareas de valoración, selección y eliminación de documentos, podrá contar con:
La Comisión estará presidida por el Teniente de alcalde que tenga el área funcional asignada, que será el responsable de aprobar las propuestas que la Comisión le plantee.
La Comisión se reunirá como mínimo una vez al año. Sus funciones son:
De cada reunión se levantará la correspondiente acta para documentar convenientemente la toma de decisiones y los criterios establecidos en materia de gestión documental. El responsable de Gestión Documental y Archivo del Ayuntamiento será el encargado de levantar las actas de la Comisión y de llevar el oportuno Libro de actas.
2.2. El responsable de Gestión Documental y Archivo
La Comisión de Gestión de la Información nombrará un responsable de Gestión Documental y Archivo y al menos un sustituto.
Como responsable técnico del Sistema tendrá formación especializada en gestión documental. Sus funciones son:
2.3. Los responsables internos o departamentales de gestión documental
Los jefes de servicio son los responsables internos de la gestión documental en sus unidades. La Comisión velará por que los responsables internos reciban la formación específica y adaptada a su perfil en el uso y aplicación de este Manual, para asegurar que las diversas unidades cumplan con las normas corporativas de gestión documental, adaptándolas a sus necesidades concretas y requisitos. Sus funciones son:
3. Instrumentos técnicos
Los instrumentos técnicos son herramientas que tienen como finalidad poder llevar a cabo la implementación de la política de gestión documental. Estos instrumentos son de uso obligatorio y son elaborados por la Comisión de Gestión de la Información y aprobados por el teniente de alcalde que tenga el área funcional asignada.
Su publicación se hará de manera independiente a este manual y se mantendrán actualizados. El responsable de Gestión Documental y Archivo será el encargado de llevar a cabo los cambios acordados, velando para que se respete la integridad lógica de los instrumentos técnicos y llevando el oportuno control de las versiones. Igualmente, velará para que la última versión actualizada de estos esté publicada a disposición de todos los usuarios en el espacio destinado a almacenar los recursos compartidos de todo el Ayuntamiento.
Los instrumentos técnicos son:
4. El Archivo del Ayuntamiento de Calvià
El Archivo del Ayuntamiento de Calvià es único y está formado por los diversos espacios físicos y electrónicos destinados a conservar y custodiar de forma segura la documentación producida y recibida por la organización en el ejercicio de sus funciones y competencias.
4.1. Archivo físico
Está formado por toda la documentación en soporte papel y otros soportes físicos producida y recibida por el Ayuntamiento y se ubica en las dependencias de los servicios y oficinas del Ayuntamiento y en el depósito de Archivo General de la corporación.
4.2. archivo electrónico
Está formado por toda la documentación electrónica (nativa electrónica o digitalizaciones de documentos en papel) creada y recibida por el Ayuntamiento. El Archivo electrónico se ubica en:
Al igual que en el caso de los expedientes físicos, se distingue:
- Expedientes activos ubicados en la Plataforma: según las funcionalidades de la aplicación, los expedientes activos que se custodien en la Plataforma estarán ubicados en un espacio diferenciado y / o identificados con estado de "abiertos". Una vez finalizados, se reubicarán en otro espacio diferenciado y / o se informará de su estado "cerrado".
- Expedientes activos ubicados en el repositorio interno virtual: estarán fácilmente accesibles en los directorios fijos, cuya estructura vendrá definida por el Cuadro de clasificación corporativo. Dentro de cada uno de estos directorios o carpetas fijas, los usuarios crearán los expedientes en carpetas de libre creación. Una vez finalizados, se reubicarán en un espacio diferenciado dentro del propio repositorio interno departamental (carpeta común identificada con el nombre "TANCATS"), donde permanecerán 3 años.
Los expedientes cerrados en el repositorio interno virtual con fecha de cierre superior a 3 años se reubicarán, previo expurgo supervisado (punto 16 de este Manual), en un espacio diferenciado dentro de dicho repositorio (carpeta fija identificada con el nombre "HISTORIC ").
Los permisos de acceso a los expedientes ubicados en los espacios que recogen la documentación electrónica del Ayuntamiento de Calvià serán los adecuados a las necesidades de cada unidad y estarán definidos de forma consensuada por las unidades interesadas y por la Comisión de Gestión de la Información. Estos accesos deberán quedar convenientemente registrados y documentados y serán revisados y aprobados por la Comisión de Seguridad de la Información del Ayuntamiento de Calvià.
5. Los documentos
La creación de documentos responde a la necesidad de recoger en un soporte perdurable una información y asegurar su conservación a lo largo del tiempo.
Con carácter general y siempre que sea posible, todos los documentos, cualquiera que sea su soporte (papel o electrónico) y formato (DIN-A4, Excel, Word, PowerPoint, PDF, JPEG, MP4, etc.) deben pertenecer a un expediente, tal como se recoge en el punto 8 de este Manual.
5.1. Datos mínimos en el contenido de los documentos creados por el Ayuntamiento
La Comisión de Gestión de la Información establecerá las oportunas instrucciones para fijar los datos mínimos que deben contener los documentos, tanto electrónicos en cualquier formato como en soporte físico. Estos datos son independientes del nombre del archivo. Como mínimo, la Comisión tendrá en cuenta el siguiente contenido:
Los modelos y plantillas de documentos que, en su caso, se utilicen para la creación de documentos deberán prever la incorporación de esta información en su contenido.
5.2. Documentos recibidos de terceros y digitalizaciones
Los documentos recibidos de terceros se incorporarán, al igual que cualquier otro documento, en el expediente al que pertenezcan. El registro de los documentos de terceros en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento se realizará de acuerdo con las instrucciones proporcionadas por la Secretaría.
Las notificaciones practicadas en el Ayuntamiento procedentes de otras administraciones, sea cual sea su formato (papel o electrónico) se registrarán en el Registro de Entrada.
Los documentos recibidos de terceros se gestionarán de acuerdo con las siguientes normas:
Si esto no fuera posible, se procederá a su destrucción de forma segura, salvo en aquellos supuestos establecidos por la legislación vigente en los que se prevea la conservación de los originales en papel. En estos casos, los originales en papel se incorporarán inmediatamente a la carpeta física de expediente, de acuerdo con el punto 8 de este Manual.
5.3. Nombres de los archivos electrónicos (documentos creados, recibidos de terceros o digitalizados).
Los nombres de los archivos (PDF o cualquier formato estable) correspondientes a los documentos electrónicos creados por el Ayuntamiento, recibidos de terceros o bien digitalizados, se consignarán de acuerdo con las siguientes reglas para optimizar su denominación y orientarla a futuras búsquedas.
Siempre que sea necesario y cuando la información no esté incluida en los metadatos (ej .: adjuntos en un correo electrónico o documentos digitalizados procedentes de escáneres), los documentos se renombrarán para que se adecuen a lo siguiente:
5.4. Versiones de los documentos. Borradores y definitivos. Originales y copias
Siempre que sea posible, para el control de las versiones de los documentos se utilizarán los controles automáticos proporcionados por el repositorio interno virtual o por la Plataforma. Esto asegurará que la versión definitiva sea siempre la última versión, por lo que no es necesario añadir ningún sufijo en el nombre del archivo que lo indique. Para evitar posibles confusiones a los expedientes de la Plataforma, se recomienda eliminar los borradores y dejar sólo las versiones definitivas de los documentos cuando se cierren los expedientes.
En su defecto o complementariamente (ej .: hay que conservar separadamente las versiones de un documento en un expediente por cualquier motivo), se mantendrá el nombre de archivo idéntico y se añadirá un sufijo de versión indicado como NN (01, 02 , 03, etc.).
Ejemplo: informe técnico 01.odt
informe técnico 02.odt
De esta forma se asegura que dentro del expediente los ficheros correspondientes a varias versiones de un mismo documento quedan agrupados y ordenados juntos.
Por lo que respecta a los cambios de formato de versiones definitivas: cuando haya un mero cambio de formato que no implique ninguna modificación en el contenido del documento (ej .: convertir un Word o un PowerPoint a PDF) se mantendrá el nombre de archivo idéntico, sin que sea necesario indicar nada más. El cambio de formato vendrá indicado por defecto en la propia extensión de archivo (ej .: .docx, .pdf).
Ejemplo: informe técnico 01.odt
informe técnico 01.pdf
Los documentos definitivos en PDF o en cualquier formato firmados electrónicamente identificarán añadiendo el sufijo "firmado".
Ejemplo: informe técnico 01.odt
informe técnico 02.odt
informe técnico 02.pdf
informe técnico 02 signat.pdf
En cuanto a la distinción entre originales y copias: si los expedientes se identifican correctamente, no es necesario establecer ninguna instrucción para la distinción entre originales o copias fuera de la asignación del metadato correspondiente (tratada en el punto siguiente), ya que cada expediente, aunque sea híbrido (parte papel, parte electrónico), siempre recogerá la documentación que deba formar parte de él, ya sean originales o copias aportadas por terceros, otras administraciones u otras unidades del Ayuntamiento.
5.5. Metadatos mínimas de los documentos de los expedientes ubicados en la Plataforma
Los metadatos mínimos con que hay que describir los documentos ubicados en sus correspondientes expedientes en la Plataforma están recogidos en el Vocabulario de metadatos corporativo, su mantenimiento y actualización está a cargo del responsable de Gestión Documental y Archivo.
5.6. Metadatos mínimos de los documentos ubicados en el repositorio interno virtual
Independientemente el repositorio que el Ayuntamiento decida para la ubicación de la documentación interna y de gestión de las unidades, los documentos deberán estar identificados como mínimo con los metadatos descritos en el mencionado Vocabulario de metadatos.
5.7. Programas de edición de los documentos
Cada usuario responsable de la edición de un documento se asegurará de abrirlo con el programa que proceda según su formato, para evitar la pérdida de propiedades del documento.
Los usuarios que elaboren plantillas y modelos de documentos tendrán en cuenta para su creación las preferencias de uso de software del Ayuntamiento.
Los responsables internos de cada unidad velarán para que los documentos se creen con las últimas versiones actualizadas de los programas de edición para evitar la creación de documentos con formatos con riesgo de obsolescencia, siempre teniendo en cuenta las preferencias del Ayuntamiento para el uso de software y el Catálogo de formatos documentales.
Se tendrán especialmente en cuenta las preferencias de formato del repositorio interno virtual elegido por el Ayuntamiento.
6. Gestión de las plantillas, formularios y modelos de documentos
Cada unidad se encargará de elaborar y actualizar los modelos y plantillas de documentos que considere necesarios.
El responsable departamental de gestión documental será el encargado de llevar el control interno de los modelos de documentos elaborados por su unidad, y se asegurará de que las versiones definitivas y actualizadas de cada uno de estos modelos de documentos se aprueben internamente para garantizar que se trata de la versión correcta y, por tanto, de uso autorizado.
Las últimas versiones actualizadas y de uso autorizado de todas estas plantillas y modelos, se guardarán en un espacio específico o repositorio, accesible para todo el personal del Ayuntamiento, que será gestionado y mantenido por el responsable de Gestión Documental y Archivo de forma coordinada con los responsables departamentales. Igualmente, el responsable de Gestión Documental y Archivo se asegurará de llevar el oportuno control y registro de todos los modelos utilizados.
Por lo tanto, todas las personas que tengan que hacer uso de un modelo, plantilla o formulario, deberán descargárselo de este repositorio común para garantizar que en todo momento se trabaja con la última versión actualizada del modelo o plantilla en cuestión, siempre sin perjuicio de que los modelos y plantillas elaborados por cada unidad se almacenen en los espacios del repositorio interno que les corresponda, tal como prevé el siguiente punto del Manual, a efectos de su mantenimiento.
En el caso de la Plataforma, se utilizarán los modelos, plantillas o formularios creados por el Ayuntamiento y alojados en este programa de gestión de expedientes y documentos electrónicos.
Los responsables departamentales velarán para que las últimas versiones actualizadas y de uso autorizado de los modelos de documentos se publiquen, cuando sea necesario, en los espacios de la Web y de la Sede electrónica del Ayuntamiento si deben estar accesibles para los ciudadanos y terceros.
Todas las plantillas y modelos utilizados por el Ayuntamiento estarán identificados en su propio contenido por los siguientes elementos:
Ejemplo: MOD 0001, MOD 0002, MOD 0037, etc.
Respecto a los nombres de los archivos de estos modelos, se seguirán las mismas normas que para cualquier otro documento, explicadas en el punto 5.3 de este Manual.
7. Documentación de consulta y otros recursos de información compartidos de las unidades
Los espacios de repositorio interno de las unidades contemplarán una ubicación (ej .: una carpeta compartida) para almacenar y mantener toda aquella documentación de apoyo o consulta (ej .: artículos de interés, legislación, enlaces a webs y plataformas comúnmente utilizadas, notas y apuntes internos, los modelos y plantillas mencionados en el punto anterior, etc.) que debe ser conocida y utilizada por toda la unidad.
Los jefes de servicio, como responsables internos de gestión documental, velarán por el mantenimiento y, en su caso, eliminación de la documentación que forma parte de esta biblioteca de recursos compartidos. En ningún caso esta documentación formará parte de los expedientes producidos por la unidad (ni de la Plataforma ni del repositorio interno).
8. La unidad de gestión documental: el expediente
Con carácter general, se puede afirmar que los documentos se crean y se reciben en relación a un asunto o expediente, entendiendo por "expediente":
Por lo tanto, con carácter general, todo documento creado y recibido por el Ayuntamiento de Calvià ha de pertenecer a un expediente, ya sea en soporte físico y / o electrónico:
Este expediente recoge el contexto en el que se han producido y recibido los documentos (qué, quién, cómo, cuándo y por qué), y la conservación de los datos de este contexto es de máxima relevancia para la gestión y seguridad de la información.
Por este mismo motivo, todo expediente debe tener un inicio y un fin claros. Estos momentos de inicio y de finalización, por lo tanto, habrá que determinarlos y formalizarlos claramente.
Igualmente, cada expediente debe tener una unidad responsable, sin perjuicio de que otros departamentos puedan participar en su tramitación o formación.
Finalmente, cada expediente debe recoger unos datos mínimos (metadatos), que son las que lo distinguen, lo identifican y las que facilitan su posterior ordenación, gestión, búsqueda y recuperación.
Según las diversas ubicaciones de los expedientes (la Plataforma o bien el repositorio interno para los expedientes que recogen la documentación interna y de gestión de las unidades), varían las posibilidades de rellenar estos datos. En los siguientes puntos de este apartado se especifican, de acuerdo con las posibilidades de los diversos programas, cuáles son estos datos.
8.1. Metadatos mínimos de los expedientes de la Plataforma corporativa de gestión de expedientes
Los metadatos mínimos con las que hay que identificar los expedientes de la Plataforma están recogidos en el Vocabulario de metadatos del Ayuntamiento de Calvià.
8.2. Metadatos mínimos de los expedientes del repositorio interno de cada unidad
Sea cual sea el repositorio que el Ayuntamiento decida para ubicar la documentación interna y de gestión de las unidades, los expedientes que se recojan deberán estar identificados como mínimo con los metadatos descritos en el Vocabulario de metadatos del Ayuntamiento de Calvià.
9. El Cuadro de clasificación. Estructura fija de carpetas en el repositorio interno de cada unidad
Todos los expedientes, con independencia de su soporte (papel, electrónico o híbrido) se clasificarán de acuerdo con el Cuadro de clasificación funcional, ya que la clasificación marcará diferencias de tratamiento entre unos expedientes y otros.
La clasificación de los expedientes en la Plataforma se realiza en el momento de su creación en este programa, rellenando el metadato "Clasificación".
La clasificación en el repositorio interno de cada unidad se refleja en la estructura fija de carpetas, creada de acuerdo con los procesos del Cuadro que realice cada unidad.
Estos directorios fijos estarán identificados por el código de clasificación y por el título de la entrada del Cuadro, en mayúsculas y sin acentos, para distinguirlas claramente de las carpetas de libre creación que se corresponden con los expedientes internos y de gestión de las unidades, ubicados en el directorio fijo que corresponda según su naturaleza.
- La carpeta "TANCATS": para almacenar los expedientes internos cerrados y apartarlos de las carpetas fijas que almacenan los expedientes activos.
- La carpeta "HISTORIC": para almacenar los expedientes internos cerrados que se quiera conservar en el histórico del departamento una vez transcurridos 3 años a partir de la fecha de cierre.
En cualquiera de los dos casos, las reglas de clasificación son las siguientes:
La Comisión de Gestión de la Información deberá supervisar este Cuadro, añadiendo o modificando sus entradas y adaptándolas a las diversas y cambiantes necesidades del Ayuntamiento. La Comisión se asegurará de que se respetan los códigos de las diversas entradas y que en ningún caso los códigos de las entradas anuladas se vuelvan a utilizar.
10. Inicio de los expedientes
10.1. Expedientes electrónicos: íntegros y completos
Aunque existan en el Ayuntamiento expedientes híbridos (parte papel, parte electrónica), su documentación será sistemáticamente digitalizada. Por lo tanto, los expedientes electrónicos, sea cual sea su ubicación (Plataforma o repositorio interno) contendrán toda la documentación que forme parte del expediente.
De esta manera se puede asegurar que al menos en un único lugar (el expediente electrónico) está toda la documentación de ese expediente, y que al menos el expediente electrónico está completo, sin perjuicio de que por cualquier motivo haya que conservar algún documento original en papel.
10.2. Inicio de los expedientes electrónicos en la Plataforma
Los expedientes ubicados en la Plataforma son los expedientes formados de acuerdo con el procedimiento administrativo común o cualquier otra normativa aplicable que regule las actividades específicas realizadas por cada unidad. Estos expedientes se identificarán con los metadatos oportunos descritas en el Vocabulario de metadatos, de acuerdo con los formularios y campos de entrada de datos que proporcione este programa.
La cumplimentación de estos metadatos será lo que permita realizar las búsquedas, filtros y ordenaciones posteriores por cualquiera de estos campos de información, sin necesidad de predefinir ningún criterio concreto de orden o presentación de los expedientes. Por lo tanto, es de máxima importancia rellenar correctamente los metadatos adecuados para cada expediente.
10.3. Inicio de los expedientes electrónicos en el repositorio interno de cada unidad
Los expedientes ubicados en el repositorio interno de cada unidad recogen la documentación de gestión interna de aquella unidad y / o la documentación de trabajo y apoyo (ej.: formatos editables) de los expedientes ubicados en la Plataforma.
Dentro de cada repositorio departamental se creará, dentro del directorio fijo que proceda, una carpeta de libre creación que materializará el expediente en cuestión.
Estas carpetas de libre creación se llamarán de acuerdo con las siguientes reglas, según la casuística que se trata a continuación:
Los títulos de estas carpetas dentro del repositorio interno incorporarán los siguientes elementos, en este orden:
- Fecha apertura: en formato AAAAMMDD. Esto facilitará la ordenación de expedientes por año de creación en el repositorio interno.
- Número de identificación interno proporcionado por la Plataforma: se proporcionará un número de identificación para relacionarlo en cualquier caso con el expediente de la Plataforma. Esto asegurará la búsqueda precisa del expediente de la Plataforma.
- Título del expediente: título breve, conciso y autoexplicativo del contenido del expediente. Preferentemente en minúsculas, sin acentos, sin preposiciones, artículos ni caracteres especiales.
- Descripción (opcional): ampliación de la información del título, en el campo previsto para el repositorio interno al efecto, cuando exista.
Hay que recordar que el resto de información relevante estará en la Plataforma, por lo que en principio no habría que añadir ningún otro elemento.
Los títulos de estas carpetas en el repositorio de cada unidad incorporarán los siguientes elementos, en este orden:
- Fecha apertura: en formato AAAAMMDD, para facilitar la ordenación de los expedientes por año de creación en el repositorio interno.
- Identificador (sólo cuando proceda) del programa interno: si se trata de un expediente que tiene correspondencia con algún otro aplicativo interno (ej.: programas propios de Policía, IFOC, RRHH, SICAP, etc.), se incluirá el código interno proporcionado por aquel programa para poderlo vincular con facilidad.
- Título del expediente: título breve, conciso y autoexplicativo del contenido. Preferentemente en minúsculas, sin acentos, sin preposiciones, artículos ni caracteres especiales.
- Descripción (opcional): ampliación de la información del título, en el campo previsto para el repositorio interno al efecto, cuando exista.
10.4. Apertura de los expedientes en papel
En aquellos casos en los que la normativa vigente prevea que los documentos aportados en soporte papel deben conservarse en este soporte, una vez digitalizados los documentos y realizados los pasos mencionados más arriba (apertura del correspondiente expediente electrónico) y cargado el documento digitalizado en el expediente que corresponda, se procederá a introducir la documentación en una carpeta física normalizada de expediente.
Esta carpeta física se identificará como mínimo con los siguientes datos:
Con esta metodología se asegura que la documentación en papel de este expediente se identifica correctamente (importante si este expediente ha de salir de la unidad en la fase de tramitación) y que se relaciona convenientemente con la documentación electrónica, ya sea porque:
En todos los casos, las dos partes del expediente (papel y electrónica) serán fácilmente localizables y recuperables.
11. Tramitación y seguimiento de los expedientes
La unidad responsable de un expediente será la encargada de dar impulso a su gestión y tramitación. Se asegurará en cualquier caso que el expediente esté íntegro y completo, y que sus datos y documentos obligatorios se encuentren debidamente recogidos.
En el caso de que otras unidades vayan a participar en la tramitación de un expediente ubicado en la Plataforma o en el repositorio interno, la unidad responsable velará por que las otras unidades tengan los accesos oportunos a estos espacios electrónicos, según el caso.
Si además hay que compartir el expediente en papel, este viajará íntegro y debidamente protegido por su carátula, identificada con los datos mencionados en el punto anterior. Las unidades que participen se responsabilizarán de devolverlo diligentemente a la unidad propietaria del expediente, asegurando igualmente la integridad de la documentación (que no sobre ni falte nada).
La unidad responsable velará igualmente por su correcta finalización de acuerdo con lo previsto en el siguiente punto de este Manual.
12. El cierre de los expedientes
La unidad responsable del expediente se asegurará de cerrarlo a su finalización. Todos los expedientes deberán cerrarse cuando concluya su tramitación, tanto por motivos de seguridad como para asegurar el orden y la limpieza de los espacios dedicados al trabajo con los expedientes abiertos y en tramitación.
12.1. Cierre y archivo de los expedientes en papel
Si existe expediente en papel, se procederá a revisar su documentación, para asegurar que no sobre ni falte nada. Se pondrá especial atención en retirar toda la documentación inservible o de trabajo que no tenga que formar parte del expediente.
A continuación, se consignará de forma manuscrita en la carátula o carpeta del expediente su fecha de cierre, y se procederá a instalarlo en una caja de archivo normalizada en el espacio de archivo físico de cada unidad.
Las cajas de archivo de oficina estarán identificadas con el nombre de la unidad, el código de entrada del Cuadro de clasificación y un número correlativo (1, 2, 3, etc.) escrito a lápiz, único para todo el archivo.
El responsable departamental de gestión documental, con la asesoría y colaboración del responsable de Gestión Documental y Archivo, establecerán por motivos prácticos qué entradas del Cuadro habrá que contemplar en la identificación de las cajas, ya que esta identificación facilitará las futuras transferencias al archivo y el control de la propia documentación por parte de la unidad interesada. Esta metodología facilitará, además, el control y cálculo sobre los volúmenes de documentación física producida por el Ayuntamiento.
Cuando una caja de archivo quede llena, bastará con abrir una nueva, a la que se dará el número que corresponda (ej .: si la última caja de archivo es la 57, se pondrá una nueva caja al lado, que será la 58). Hay que evitar que diferentes series documentales estén dentro de la misma caja.
El número de caja en la que se haya ubicado el expediente en papel deberá consignarse obligatoriamente en la operación de cierre del expediente electrónico que se explica a continuación. De esta manera se asegura que en caso de que sea necesario acudir al expediente físico, éste se pueda localizar de manera rápida e inequívoca en el archivo de oficina de cada unidad.
12.2. Finalización de expedientes electrónicos ubicados en la Plataforma
Al igual que en papel, cuando un expediente electrónico se haya finalizado, la unidad responsable se encargará de revisarlo para confirmar que no falte ni sobre ningún documento.
Por ello, se eliminarán todos los documentos que no deban formar parte del expediente (documentos de trabajo, borradores, versiones inservibles, documentos de cálculo sin utilidad, legislación, recordatorios, etc.).
Una vez revisado y si hubiera expediente en papel, se rellenará el campo previsto de "Número de caja", se debe escribir el número de caja en el que éste se haya archivado (ver el punto anterior). De esta manera se asegura vincular ambas partes del expediente para recuperar la documentación en papel en caso necesario.
Hecho esto, se activará el proceso de cierre de la Plataforma, que procederá a cambiar el estado del expediente a "cerrado" y / o lo moverá a otra ubicación específica de "Expedientes cerrados", según las funcionalidades del programa en cuestión. Igualmente, realizará el proceso de foliado electrónico y de creación del índice electrónico.
El expediente cerrado quedará igualmente a disposición de la unidad interesada, pero en cualquier caso el estado de "cerrado" implicará que no se pueda modificar, editar ni incluir o sustraer ningún documento en este expediente, salvo autorización expresa del responsable de la unidad.
12.3. Finalización de expedientes ubicados en el repositorio interno
Según la siguiente casuística, se actuará como sigue:
Se incluirá el año de cierre (formato AAAA) para facilitar las acciones posteriores sobre estos expedientes (transferencias y eliminaciones).
Si además alguno de estos expedientes del repositorio interno tiene asociado un expediente en papel, se incluirá también el número de caja para asegurar que la parte en soporte físico del expediente sea fácilmente localizable en el archivo de gestión de la unidad propietaria.
El responsable de Gestión Documental y Archivo, junto con las unidades interesadas, establecerá las instrucciones oportunas al respecto, según la casuística.
Añadidos el año de cierre y, en los casos que sea necesario, el número de caja, se moverá el expediente íntegro a la carpeta fija del repositorio interno de la unidad titulada "TANCATS", donde permanecerá por un período de 3 años , transcurrido el cual se moverá de nuevo a la carpeta fija "HISTORIC", teniendo en cuenta lo previsto en los siguientes puntos de este Manual.
13. Transferencia de expedientes (electrónicos y en papel) en el archivo histórico
Los expedientes electrónicos cerrados ubicados en la Plataforma se transferirán, una vez haya transcurrido el plazo mínimo de 5 años contados a partir de la fecha de cierre del expediente, a la solución de archivo electrónico único que el Ayuntamiento de Calvià implemente.
Los expedientes cerrados ubicados en el repositorio interno (carpeta fija de "TANCATS") con fecha de cierre superior a 3 años, se moverán a la carpeta fija "HISTORIC". Por ello, al menos una vez al año, cada unidad revisará los expedientes ubicados en la carpeta fija "TANCATS", aunque reubicando en la carpeta fija "HISTORIC" aquellos expedientes que tengan una fecha de cierre superior a 3 años.
Los expedientes en papel ubicados en el archivo de oficina de cada unidad se transferirán al Archivo General de la Corporación una vez haya transcurrido el plazo mínimo de 5 años contados a partir de la fecha de cierre del expediente.
Los expedientes transferidos al Archivo deberán estar convenientemente ordenados, foliados y acompañados de un índice de los documentos que contienen. También deberá transferirse la información contenida en las bases de datos descriptivos de los expedientes.
Cada unidad elaborará una lista de la documentación objeto de transferencia, que será posteriormente revisada y comprobada por el Archivo. Esta lista se podrá obtener automáticamente desde la Plataforma si se trata de expedientes alojados en ella con documentación en papel que sea necesario conservar.
Para indicar este hecho, en los expedientes electrónicos ubicados en la Plataforma se marcará la casilla "Transferencia" y se consignará el número de transferencia que proporcione el Archivo, de manera que los usuarios queden informados, en caso de necesitar el expediente en papel, deberán solicitar el expediente al Archivo de acuerdo con los procedimientos establecidos.
Una vez aceptada la transferencia, la responsabilidad sobre la custodia de la documentación pasa al Archivo, que actualizará los inventarios y otros instrumentos de descripción de los fondos que proceda.
14. Consultas y préstamos de expedientes cerrados
Cada unidad consultará libremente sus expedientes electrónicos cerrados ubicados en la Plataforma o en los espacios del repositorio interno departamental, así como sus expedientes en papel custodiados en el archivo de oficina.
Los expedientes en papel transferidos al Archivo General se consultarán previa solicitud formulada al Archivo, siguiendo las instrucciones que establezca este servicio.
En el caso de que otra unidad deba consultar un expediente electrónico ubicado en la Plataforma o en el repositorio interno de una unidad, se formulará una solicitud motivada de acceso al responsable de aquella unidad. Mientras que si se quiere consultar un expediente en la solución de archivo electrónico único se formulará una solicitud al Archivo General.
La consulta sobre el expediente se realizará preferentemente mediante la habilitación de accesos temporales ad hoc (sin permiso de edición) al expediente, ya esté ubicado en la Plataforma o en el repositorio interno.
15. Salida de expedientes en papel fuera del Ayuntamiento y remisión de expedientes electrónicos a otras administraciones
Sólo por mandato judicial o requerimiento de organismos con facultades inspectoras podrán salir expedientes físicos originales de las dependencias del Ayuntamiento. En estos casos, se realizará copia compulsada íntegra del expediente saliente, indicando en la carátula del expediente su condición de copia.
Si hay que remitir documentación original por cualquier otro motivo no previsto en este Manual, la salida de los expedientes se realizará con la autorización expresa de la Secretaría y con las mismas condiciones descritas en el párrafo anterior.
La Secretaría también podrá autorizar la salida temporal de expedientes y documentos para exposiciones o actividades culturales o científicas, previa solicitud por escrito y con la formalización del correspondiente seguro sobre la documentación.
Los expedientes electrónicos se remitirán a los organismos solicitantes de acuerdo con las instrucciones que éstos establezcan. En caso necesario, el responsable de Gestión Documental y Archivo asesorará a las unidades sobre la confección de índices electrónicos y otras actuaciones para la remisión de expedientes con foliado electrónico.
16. Eliminaciones
Se prevé dos actuaciones de expurgo según la siguiente casuística:
La Comisión de Gestión de la Información establecerá los plazos de conservación y, en su caso, de eliminación, de los expedientes, siguiendo las series documentales previstas en el Cuadro de clasificación y que serán recogidos Cuadro de Conservación y Destrucción y de Acceso y seguridad.
El cómputo de los plazos de conservación o eliminación se realizará a partir de la fecha de cierre de los expedientes.
El responsable de Gestión Documental y Archivo es el único autorizado para practicar las eliminaciones, siempre con la autorización de la Comisión de Gestión de la Información. Todas las eliminaciones de expedientes se harán constar en el Registro de eliminaciones del Ayuntamiento, el mantenimiento y actualización del cual irá a cargo del responsable de Gestión Documental y Archivo.
El responsable de Gestión Documental y Archivo velará para que el expurgo de la documentación se practique tanto en los expedientes electrónicos como en los expedientes en papel custodiados en el Archivo General, para los que se garantizará la eliminación certificada.
El Registro de eliminaciones y los expedientes que recojan las actuaciones de eliminación son de conservación permanente.
El responsable departamental de gestión documental velará para que al menos una vez al año se revise la documentación interna y de gestión de su unidad y se proponga una lista de expedientes susceptibles de eliminación, que tendrá que pasar por su autorización. En cualquier caso, las actuaciones de expurgo sólo podrán realizarse sobre los expedientes cerrados ubicados en el directorio fijo "HISTORIC" (fecha de cierre de los expedientes internos superior a 3 años).
Autorizada la expurgación, el responsable departamental velará por que se proceda al borrado de los expedientes, asegurándose de que también se destruyen los expedientes en papel, si los hubiere. El expurgo de los expedientes en papel se realizará también de forma segura o certificada, para lo cual se coordinará convenientemente con el responsable de Gestión Documental y Archivo.
De esta manera se asegura que los directorios del repositorio interno están sometidos también a un control y no se convierten en "cajones de sastre" de documentación inservible o sin valor que no será objeto de consulta.
17. Gestión del correo electrónico
Si, con carácter general, todos los documentos creados y recibidos por el Ayuntamiento de Calvià han de pertenecer a un expediente, los correos electrónicos también. Por tanto, siempre que sea posible, se incluirá en el asunto del correo electrónico el número de expediente al que haga referencia (proporcionado por la Plataforma). Esta rutina facilitará el seguimiento de los hilos de correo así como su control y su búsqueda.
Si se considera que un correo electrónico y / o sus archivos adjuntos son de importancia para la tramitación o seguimiento de un expediente o para la comprensión de su contexto, se guardará una copia en el expediente electrónico que corresponda (en la Plataforma o en el repositorio interno). Se pondrá especial atención en guardar los correos de forma que quede visible la dirección de correo electrónico (del remitente y del destinatario) y, si fuera el caso, el hilo de la conversación.
Tanto el correo como sus archivos adjuntos se renombrarán teniendo en cuenta las normas para nombres de ficheros recogidos en este Manual.
Por lo que respecta a los plazos de conservación de los correos electrónicos, serán fijados por la Comisión de Gestión de la Información de acuerdo con la normativa vigente o, en su ausencia, con las directrices y buenas prácticas internacionales que considere. La Comisión se encargará también de establecer las instrucciones de conservación y eliminación de las cuentas de correo de los trabajadores del Ayuntamiento a la finalización de la relación laboral.
Cada usuario es responsable de la organización y limpieza de sus bandejas de correo. Las unidades prestarán especial atención a la limpieza y eliminación de correos de las cuentas de correo compartidos.”
Lo que se publica en el BOIB en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley de Bases de Régimen Local.
Calvià, 7 de octubre de 2021
El alcalde Alfonso Rodríguez Badal