Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO
Núm. 462702
Resolución de concesión de la convocatoria de subvenciones Gaudeix l’illa Sènior
BDNS: 582142
Antecedentes
1. Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones Gaudeix l'illa Sènior, de 2 de septiembre de 2021, extracto publicado en el BOIB núm. 120, de 4 de septiembre.
2. El punto 10 de la convocatoria establece los criterios de distribución de los bonos y el punto 6.2 dice que, si en una línea no hay interesados o sólo hay un interesado, los bonos que quedan son para los solicitantes de otras líneas empezando por la línea con más solicitudes. Si hay un mismo número de solicitudes será preferente el que haya entrado antes en el registro con la documentación completa.
3. Acta de la Comisión Evaluadora de 1 de octubre de 2021, donde se concreta el resultado de la valoración de las solicitudes presentadas aplicando los criterios del punto 10 de la Convocatoria y las líneas de subvención e importe subvencionable del punto 6.
4. Informe del director de la Fundació Mallorca Turisme sobre el cumplimiento por los beneficiarios de los requisitos de la convocatoria para poder acceder a las subvenciones Gaudeix l'illa Sènior, de 5 de octubre de 2021.
5. Informe jurídico de 5 de octubre de 2021.
6. La entidad Cadena Mar SL, renuncia a la subvención una vez llevada a cabo la reunión de la Comisión Evaluadora y antes de dictar Resolución de concesión de las subvenciones.
7. En el presupuesto de gastos de la Fundació Mallorca Turisme hay crédito adecuado y suficiente para atender el gasto que se deriva de la presente convocatoria, por un importe de 450.000 €.
Fundamentos de derecho
1. Artículo 16 de los Estatutos de la Fundació Mallorca Turisme que dice que son atribuciones de la dirección gestionar y ejecutar los planes y los programas que aprueba el Patronato y formalizar y aprobar toda clase de actos y contratos (BOIB núm. 24, de 23 de febrero de 2019).
2. Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 4 de agosto).
3. El artículo 10 del Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de 9 de julio por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca establece que la Fundació Mallorca Turisme queda adscrita al Departamento de Turismo y Deportes (BOIB núm. 99, de 18 de julio).
4. De conformidad con lo establecido en la Disposición adicional 4.2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, el Consejero Ejecutivo de Turismo y Deportes autorizó con carácter previo a la Fundació Mallorca Turisme la concesión de las subvenciones previstas en el Plan de actuación de la Fundación de 2021.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. CONCEDER las subvenciones Gaudeix l'illa Sènior a las siguientes entidades, por los establecimientos que se detallan y por los importes que constan,
Hotel |
Entidad |
CIF |
Puntos |
Bonos |
Importe subvención (IVA incluido) |
Línea 1 |
|||||
Hotel Playa Golf |
Garcías Salvá SA |
A07029051 |
17 |
225 |
56.250 € |
Hotel Occidental Palma |
Barceló Explotaciones Hoteleras Mediterraneo SL |
B35820679 |
16 |
225 |
56.250 € |
Línea 2 |
|||||
Hotel Alcudia Garden |
Cesgarden SL |
B07887441 |
18 |
225 |
56.250 € |
Hotel Samos |
Hotelera Kristina SL |
B07517634 |
16 |
225 |
56.250 € |
Línea 3 |
|||||
MSH Mallorca Senses Palmanova |
Melaren SAU |
A07685696 |
16 |
225 |
56.250 € |
Apartamentos Vistasol |
Dubel Peninsular Gestión SL |
B99107484 |
13 |
225 |
56.250 € |
Línea 4 |
|||||
Es Bauló Petit Hotel |
Eidenai SL |
B57525388 |
- |
225 |
56.250 € |
HM Gran Fiesta |
Compañía Mallorquina de Hostelería S. A. |
B57410250 |
13 |
225 |
56.250 € |
|
|
|
Total |
1.800 |
450.000 € |
2. EXCLUIR las solicitudes siguientes, por los motivos que se detallan.
Hotel |
Entidad |
CIF |
MOTIVO |
Línea |
BQ Apolo |
Sidehoteles SL |
B57512642 |
Insuficiencia de crédito. Por puntuación queda en el lugar nº. 10 |
1. Palma |
Hotel Marina |
Marimat SA |
A07141930 |
Insuficiencia de crédito. Por puntuación queda en el lugar nº. 11 |
2. Serra de tramontana |
BQ Paguera |
Sidehoteles SL |
B57512642 |
Insuficiencia de crédito. Por puntuación queda en el lugar nº. 12 |
2. Serra tramontana |
3. Notificar esta Resolución a los interesados, publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y enviar la información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
4. Informar a los interesados que, contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Presidente del Patronato de la Fundació Mallorca Turisme, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso.
Contra la desestimación presunta, por silencio, del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo que corresponda en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 5 de octubre de 2021
El director de la Fundació Mallorca Turisme
Miquel Pastor Jordà