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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 470402
Acuerdo plenario de 30.09.21 por el que se aprueba inicialmente la modificación de la ordenanza administrativa por la que se regula el uso del código seguro de verificación de esta corporación
Por la corporación plenaria en sesión de día 30 de septiembre actual, se adoptó el acuerdo que se transcribe con el objeto de aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza administrativa por la que se regula el uso del código seguro de verificación de esta corporación.
“PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE "LA ORDENANZA ADMINISTRATIVA DEL AYUNTAMIENTO POR LA QUE SE REGULA EL USO DE CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN DE ESTA CORPORACIÓN".
Visto el informe emitido por el secretario accidental, así como la necesidad de actualizar la ordenanza administrativa del Ayuntamiento de Calvià por la que se regula el uso de código seguro de verificación de esta corporación en los términos expuestos en este informe.
Visto lo anterior, lo que establece la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 20/2006, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y demás normativa concordante y en virtud de las competencias atribuidas por el art. 22 LRBRL tengo a bien proponer la adopción del siguiente
ACUERDO
Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de "la ordenanza administrativa del Ayuntamiento de Calvià por la que se regula el uso de código seguro de verificación de esta corporación", en los siguientes términos:
- Se modifica el art.3 de la ordenanza, que queda redactado en los siguientes términos:
"Artículo 3. Actuaciones a las que es aplicable el sistema.
El Ayuntamiento de Calvià utilizará el sistema de CSV que se regula en esta orden en las actuaciones administrativas que pueden ser objeto de consulta en la sede electrónica del Ayuntamiento de Calvià a través de la dirección: http: //seuelectronica.calvia.com "
- Se modifica el art. 6 de la ordenanza, que queda redactado en los siguientes términos
"Artículo 6. Generación del código seguro de verificación.
Podrá adoptar cualquiera de las siguientes estructuras:
ESTRUCTURA I:
El CSV se compone de 27 caracteres alfanuméricos.
ESTRUCTURA II
El CVE se compone de 20 dígitos:
Segundo.- Someter el presente acuerdo de aprobación inicial a información pública y audiencia de los interesados durante el plazo de treinta días en la forma dispuesta en los apartados b) y c) del artículo 102 de la Ley municipal y de régimen local de las Islas Baleares. Dentro de dicho plazo, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas.
Tercero.- Las reclamaciones, reparos u observaciones que se presenten serán resueltas por la Corporación plenaria. En caso de que no se presentaran durante el plazo de exposición pública, el acuerdo inicial se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso, en este caso será publicado en el BOIB el texto íntegro del presente acuerdo.
Cuarto.- La ordenanza modificada entrará en vigor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y siempre que hayan transcurrido los plazos establecidos por el artículo 113 de la misma Ley.”
Lo que se publica en el BOIB en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley de Bases de Régimen Local.
Calvià, 8 de octubre de 2021
El alcalde Alfonso Rodríguez Badal