Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 470028
Decreto modificación competencias
En cumplimiento del previsto en el artículo 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público que con fecha 5 de octubre de 2021, se ha dictado el siguiente Decreto de la Alcaldía:
DECRETO.- Considerando conveniente la modificación de algunas de las delegaciones realizadas mediante Decreto número 3897 de fecha 20 de junio de 2019, mediante el presente y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente en materia de Régimen Local, en concreto los artículos 25 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre municipal y de régimen local de las Islas Baleares en relación en los artículos 21 y 23.4 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y 52 y siguientes del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y de conformidad al previsto en el artículo 114 del citado RD 2568/1986 de 28 de noviembre en lo establecido que la revocación o modificación de las delegaciones tendrá que adoptarse con las mismas formalidades que las exigidas por su otorgamiento RESUELVO:
PRIMERO.- Revocar la delegación genérica efectuada con fecha 20 de junio de 2019, en materia de urbanismo y actividades en la Concejala Sra. Elena López Boned.
SEGUNDO.- Delegar en el Concejal, Sr. Jordi Salewski Pascual, la facultad de dirigir i gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento en materia de Urbanismo y Actividades incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.
La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de contratos menores vinculados a las áreas delegadas y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afectan a terceros en relación a los procedimientos vinculados a la delegación acordada y en concreto a los:
- Procedimientos relacionados con el otorgamiento de licencias urbanísticas y otros instrumentos de intervención preventiva de los actos de edificación o construcción y uso del suelo, incluidos el subsuelo y el vuelo, previstos a la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.
- Procedimientos de otorgamiento de licencias de ocupación de vía pública vinculadas a obras y vados
- Procedimientos relacionados con actividades permanentes y sus modificaciones, actividades itinerantes y actividades no permanentes, previstos en la Ley 7/2013 de 26 de noviembre y otorgamiento de licencias para la instalación de aparatos musicales.
- Procedimientos relacionados con la inspección técnica de edificios.
- Incoación y resolución de procedimientos de restablecimiento de la legalidad infringida y de la realidad física alterada, previstos en la Ley 12/2017 de 29 de diciembre y en la Ley 7/2013 de 26 de noviembre.
- Incoación de procedimientos de ruina.
- Adopción de medidas cautelares en relación a expedientes de disciplina urbanística y de ruina, y confirmación, modificación o levantamiento de medidas provisionalísimas y adopción de medidas cautelares, previstas en la Ley 7/2013 de 26 de noviembre.
-Incoación de procedimientos sancionadores derivadas de infracciones urbanísticas y resolución de los mismos siempre que la cantidad de la sanción no supere los 6000 euros.
- Ordenes de ejecución.
- Expedición de certificados de antigüedad y cédulas urbanísticas.
La delegación anterior incluye la resolución de los recursos de reposición que se interponen contra los acuerdos dictados.
TERCERO.- Revocar la delegación efectuada con fecha 20 de junio de 2019, en materia de parques y jardines al Concejal Jordi Salewski Pascual.
CUARTO.- Delegar en la Concejala Montserrat García Cuenca, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento en materia de parques y jardines incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.
La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de contratos menores vinculados a las áreas delegadas, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afectan a terceros relacionados con las materias delegadas, y la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.
QUINTO.- Que se dé cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación, se notifique a los Regidores y se proceda a su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la fecha de firma del mismo.
En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del Concejal delegado, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las atribuciones delegadas como titular de la competencia originaria, sin necesidad de que se dicte ninguna resolución expresa en este sentido.
Eivissa, a
EL ALCALDE Doy fe
EL SECRETARIO-ACCTAL.,
(Documento firmado electrónicamente en el margen) (Documento firmado electrónicamente al margen)
Eivissa, en el día de la firma electrónica (8 de octubre de 2021)
El secretario acctal. Joaquim Roca Mata