Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 459133
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, R3 de fecha 28 de setiembre de 2021, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 28 de setiembre de 2021, firmó la siguiente resolución,
“INFORME/ PROPUESTA/RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.1- Ayuda a las Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA2020_1
Codi DIR3: A04026954
Código SIA: 2278185
Codi BDNS: 497983
Hechos
1.Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de fecha 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), en fecha 22 de junio de 2016, (BOIB núm. 81) y en fecha 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80).
2.De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 11 de mayo de 2020.
3.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4.Una vez evaluadas las solicitudes presentadas por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, los interesados señaladas en el anexo adjunto, no cumplen con algún requisitos previstos en la convocatoria para poder ser beneficiarios de la ayuda, por los motivos indicados en el citado anexo.
Fundamentos de derecho
1.Resolución de 10 de julio de 2015 del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016, 26 de junio de 2018.
2. Orden del Conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3 Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución de desistimiento
Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.Dar por desistida la ayuda solicitada por los interesados que figuran en el anexo de esta resolución, que son un total de dos expedientes y que comienza con PERE ANTONI MULET MONSERRAT y finaliza con SON TORTOVA, SL, relativa a la línia de ayudas “Inversiones a las explotaciones agrarias”, por los motivos descritos en el mencionado anexo.
2.Declarar concluido el procedimiento y archivar los expedientes detallados en el anexo de esta resolución .
3. Notificar esta Resolución a las personas interesadas mediante la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medi Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 17 de setiembre de 2021
El gestor de la línea, Mª Isabel Jiménez Vidal |
La jefe de Sección XVI Lidia Álvarez Álvarez |
El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, Isidre Cañellas Simonet |
Conforme con la propuesta, dicto resolución Palma, 28 de setiembre de 2021 El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO I. RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS
Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
Motivo del desistimiento |
PERE ANTONI MULET MONSERRAT |
***7627** |
INEA2020_1/210 |
No se ha presentado la documentación requerida a la notificación de deficiencias de día 28 de julio de 2020 publicada el día 03 de agosto de 2020 |
SON TORTOVA, SL |
B16631350 |
INEA2020_1/221 |
No se ha presentado la documentación requerida a la notificación de deficiencias de día 28 de julio de 2020 publicada el día 03 de agosto de 2020 |
Palma, 4 de octubre de 2021
El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación
Jorge Sánchez Fernández
Por suplencia del director gerente del FOGAIBA
(BOIB núm.151, de 7/11/2019)