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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 457206
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la modificación no sustancial consistente en el desvío de aguas pluviales internas a la CT de Alcúdia, promovida por Gesa (IPPC M05/2018)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.3 del RDL 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 22 de julio de 2021,

CONSIDERANDO

1. Que GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN S.A.U. ha solicitado una modificación de la autorización ambiental integrada de la CT de Alcúdia consistente en el desvío de aguas pluviales internas.

2. Que la documentación aportada justifica que se trata de una modificación no sustancial, en cumplimiento del art. 14 del RD 815/2013.

3. Que los informes recibidos de los órganos y entidades consultados son favorables:

La aportación al torrente de las aguas superficiales del vertedero de Biniatria supone la recuperación de una parte del caudal que antes de la construcción del vertedero alimentaba la albufera. Estas aguas serán vertidas al torrente siempre que se cumplan los VLE establecidos en la AAI, en caso contrario serán tratadas como lixiviados. En materia de atmósfera y de residuos no se tienen que modificar las prescripciones de la AAI.

ACUERDA

Primero: Otorgar la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de la CT de Alcúdia, promovida por GAS Y ELECTRICIDAD GENERACIÓN S.A.U., consistente en el desvío de aguas pluviales internas con las condiciones de explotación, capacidad y procesos indicados en el proyecto presentado por GESA S.A.U. firmado por la ingeniera de Caminos Canals y Puertos Gemma Llamazares Juárez en fecha 5 de octubre de 2018 con visado por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canals y Puertos de las Islas Baleares y con sujeción a las siguientes condiciones y/o modificaciones:

En el apartado 2 del punto 7.6.1

donde dice:

2. Zona 2: las pluviales internas de las zonas clausuradas, se recogerán por gravedad mediante canaletas, bajantes y cañerías que las conducirán a los colectores perimetrales, por lo que el proyecto prevé una pendiente mínima de las superficies clausuradas del 2%. Las pluviales se verterán directamente en el Torrente Oeste (salida). El control analítico se hará en el PC 12, para las celdas 1 y 2.

En los sectores con cambios bruscos de pendiente se prevé la instalación de arquetas con areneros que servirán para la retención de sedimentos y como puntos adicionales de control.

Tiene que decir:

2. Zona 2: las pluviales internas de las zonas clausuradas, se recogerán por gravedad mediante canaletas, bajantes y cañerías que las conducirán a los colectores perimetrales, por lo que el proyecto prevé una pendiente mínima de las superficies clausuradas del 2%. Las pluviales se verterán directamente en el Torrente Oeste (salida). El control analítico se hará en el PC 12, para las celdas 1 y 2.

En los sectores con cambios bruscos de pendiente se prevé la instalación de arquetas con areneros que servirán para la retención de sedimentos y como puntos adicionales de control.

Las pluviales procedentes de la plataforma sur se controlarán en el punto PC17, y serán vertidas en un punto del Torrente en el Suroeste de la instalación.

En el apartado 7.6.6, en la tabla del punto 1, se tendrá que añadir el punto PC17

PC11

506807,170

4407899,874

Vertido de drenaje de pluviales internas de la zona 1 en Zona nor-este.

PC12

506933,309

4407344,142

Vertido del drenaje de pluviales de celdas 1 y 2 clausuradas.

PC14

507216,589

4407828,157

Vertido de pluviales internas de la zona 1 a Torrente Este (entrada).

PC15

506785,872

4407978,536

Vertido de pluviales internas de la zona 1 a Torrente Norte (entrada).

PC17

506731,08

4406556,51

Vertido de pluviales internas de plataforma sur de la zona 2 clausurada en Torrente sur-oeste (X:506.731,08, Y:4.406.556,51)

Segundo: GESA ha de tener en cuenta las siguientes obligaciones:

1. Comprobar que las obras no representan ningún cambio de ubicación de los cuatro equipos de medida de partículas sedimentables existente en el vertedero de Biniatria y notificarlo al Servicio de Cambio Climático y Atmósfera.

2. Para la conexión de las aguas pluviales de las zonas correspondientes a los vasos 3, 4 y 5 se requerirá que estas se encuentren selladas y que la resolución de aprobación de su clausura se haya emitido por el órgano competente en la materia.

Tercero: La presente autorización se otorga sin perjuicio del resto de autorizaciones y licencias que resulten exigibles.

Cuarto: Publicar el contenido de este acuerdo en el BOIB.

 

Palma, 27 de agosto de 2021

El presidente de la CMAIB

Antoni Alorda Vilarrubias