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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 455830
Notificación de Resolución de corrección de errores de la Revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, R12 (Exp. 312) de fecha 28 de setiembre de 2021, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan para los años 2015-2019 subvenciones para inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 13 de noviembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para las Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambientales y clima, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia agraria del FOGAIBA, con fecha 28 de setiembre de 2021, firmó la siguiente resolución,

"INFORME, PROPUESTA Y RESOLUCIÓN DE CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL DEL VICEPRESIDENTE DEL FOGAIBA DE DIA 4 DE FEBRERO DE 2021

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.4- Inversiones no productivas vinculadas a la realización de los compromisos agroambiente y clima Convocatoria: 2016_2            Grupo:IMIT 2016_2-R12 

Código DIR3: A404026954

Código SIA:208262

Document: Resolución

Código BDNS: 385654

EXP: IMIT2016_2/312

Antecedentes

1.Con fecha 17 de noviembre de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 169, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambient y clima, correspondientes al año 2015 2019.

2.Con fecha 30 de junio de 2016, se publicó en el BOIB núm. 83, una modificación de la Resolución citada anteriormente.

3.Con fecha 13 de diciembre de 2016, el Sr. JAIME AMENGUAL ROIG con NIF***8684**, presentó en el Registro del FOGAIBA, una solicitud de ayuda para poder acogerse a la línea de ayuda inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambient y clima en el amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 13 de noviembre de 2015, correspondientes al año 2015 en 2019, publicada en el BOIB núm. 169 de 17 de noviembre de 2015.

4.Con fecha 9 de agosto de 2018 se publicó en el BOIB núm. 98 la Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, R12 de fecha 16 de julio de 2018, para inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambient y clima, para los años 2015 a 2019. En su Anexo I, relación de beneficiarios con derecho a la concesión de la ayuda (IMIT 2016_2) MÁRGES R-12, se encuentra incluido el interesado con un importe concedido de 9.742,20 €, cofinanciados por el FEADER en un 41%, por la CAIB en un 54,90%, y por la AGE en un 4,1%, de acuerdo con la siguiente distribución:

  • 3.994,30 euros con cargo a la línea FEADER.
  • 5.348,47 euros con cargo a la línea CAIB.
  • 399,43 euros con cargo a la línea AGE.

5.Dentro del plazo legalmente establecido para la justificación de las inversiones aprobadas, y en fecha 17 de enero de 2019, el Sr. JAIME AMENGUAL ROIG con NIF***8684** con núm. de registro L95E730 presentó en el registro del FOGAIBA la solicitud de pago de la ayuda justificada la cual fue pagada por Resolución del director Gerente del FOGAIBA en fecha 3 de febrero de 2021 por un importe de 8.806,20 € cofinanciados por el FEADER en un 41%, por la CAIB en un 54,90%, y por la AGE en un 4,10%, de acuerdo con la siguiente distribución:

  • 3.610,54 euros con cargo a la línea FEADER.
  • 4.834,61 euros con cargo a la línea CAIB.
  • 361,05 euros con cargo a la línea AGE.

6.Con fecha 4 de febrero de 2021 el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó Resolución de revocación parcial de la ayuda concedida. De acuerdo con el Apart Duodécimo de la Resolución de la Convocatoria, referente a subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas en los casos en los que se produzcan desviaciones entre la inversión realizada y la aprobada, se ajustará la ayuda total concedida al importe de la inversión realizada, siempre que la finalidad de la subvención, dada su naturaleza, sea susceptible de satisfacción parcial, y siempre y cuando se acerquen de modo significativo al cumplimiento total de los objetivos previstos y supongan al menos un 50% de ejecución de la cantidad total de inversión aprobada en la resolución de concesión inicial.

7.Con fecha 12 de febrero de 2021 con núm. de registro L95E2236 el interesado presentó en el Registro del FOGAIBA instancia donde informaba al Servicio de Ayudas de Desarrollo Rural que había un error con el importe ingresado en cuanto el pago de la ayuda concedida.

En la solicitud de la ayuda, y en relación con las inversiones solicitadas, el tramo núm. 10 de pared seca tiene una longitud de 92 m2. En el informe de inspección final de la realización de las inversiones llevado a cabo por el controlador en fecha 21 de mayo de 2019 estipula que el tramo núm. 10 tiene una longitud de 62 m2. Se produjo un error de transcripción ya que el tramo núm. 10 tiene una longitud de 92 m2 y no de 62 m2.

En consecuencia, no se producen desviaciones entre la inversión realizada y la aprobada y por tanto, la inversión ejecutada no es inferior a la aprobada. Por Resolución se pagó al beneficiario un importe de ayuda de 8.806,20 € y se debería haber pagado una cantidad de 9.742,20 € (importe de ayuda concedida por Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de fecha 16 de julio de 2018). Se desprende una diferencia de 936,00 euros cofinanciados por el FEADER en un 41,00%, por la AGE en un 4,10% y por la CAIB en un 54,90% de acuerdo con la siguiente distribución:

  • 383,76 euros con cargo a la línea FEADER.
  • 513,86 euros con cargo a la línea CAIB.
  • 38,38 euros con cargo a la línea AGE.

8.Es por ello, que se han detectado errores en el Anexo I de la Resolución de la revocación parcial que afectan únicamente al Sr. JAIME AMENGUAL ROIG. 

Fundamentos de derecho

1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan subvenciones para las inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambient y clima, correspondientes al año 2015 en 2019.

2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares desde 2014 hasta 2020.

3. Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de resolución de corrección de errores

Por todo ello, este Servicio informa favorablemente y propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.- Corregir el error del Anexo I de la Resolución de revocación parcial de la ayuda de fecha 4 de febrero de 2021 por la que se revoca parcialmente la ayuda solicitada a JAIME AMENGUAL ROIG con NIF*** 8684**.

2.- Autorizar y disponer el gasto señalada al beneficiario con cargo a los presupuestos y porcentajes de cofinanciación detallados en el Anexo I ya que ha quedado acreditado que se produjo un error de transcripción en el Informe de Inspección Final de Realización de las inversiones y el tramo 10 de pared seca tiene una longitud de 92 m2.

3. Publicar la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposició de recursos

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas.

Palma, 24 de setiembre de 2021

La Jefa de la Sección I

María Ángeles Pérez Ribas

El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Isidro Cañellas Simonet

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

Palma, 28 de setiembre de 2021 

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

ANEXO Modificación de la revocación parcial a los beneficiarios IMIT 2016_2.

Medida 4.4. Inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima.

TITULAR

NIF

Nº EXPEDIENTE

AYUDA CONCEDIDA

IMPORTE 

PAGADO

IMPORTE A PAGAR

FEADER 41,00%

AGE

4,10%

CAIB 54,90%

JAIME AMENGUAL ROIG

***8684**

IMIT2016_2/312

9.742,20€

8.806,20€

936,00€

383,76€

38,38€

513,86€

 

Palma, 1 de octubre de 2021

El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)