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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 454193
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional, de 21 de septiembre de 2021, por la que se adjudican los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2020-2021

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Texto

Antecedentes

1. La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 8 de abril de 2021, por la que se convocan los premios extraordinarios de bachillerato en las Islas Baleares correspondientes al curso 2020-2021 (BOIB núm. 50, de 15 de abril) establece, en el segundo punto, que los alumnos que en la convocatoria de junio del curso 2020-21 han finalizado los estudios de bachillerato en las Islas Baleares con una nota media igual o superior a 8,75 pueden realizar una prueba para obtener un premio extraordinario de bachillerato. En el punto tercero se dispone que se pueden otorgar hasta seis premios extraordinarios.

2. De la obtención de este premio se derivan los siguientes beneficios:

a) Optar, habiéndose inscrito previamente, a los Premios Nacionales de Bachillerato.

b) Disfrutar de la exención total del pago de los precios públicos por servicios académicos en el primer curso de estudios superiores en un centro público del ámbito territorial de las Islas Baleares.

c) Recibir de la Consejería de Educación y Formación Profesional un importe de 700,00 euros, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Resolución de convocatoria.

d) Que la distinción quede reflejada en el expediente y en el historial académico mediante diligencia del secretario del centro donde ha finalizado los estudios de bachillerato.

3. El 16 de junio de 2021 se realizó la prueba y de los 212 alumnos inscritos, se presentaron 185.

4. El 8 de julio de 2021 el tribunal propuso al director general de Planificación, Ordenación y Centros, a los seis alumnos con mejor calificación en la prueba realizada para la obtención del premio. La lista provisional se publicó en la web de la dirección general de Planificación, Ordenación y Centros.

5. Una vez terminado el plazo de reclamaciones el tribunal remite la propuesta de adjudicación al director general de Planificación, Ordenación y Centros que la elevará al consejero de Educación y Formación Profesional.

6. El 20 de septiembre de 2021 el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictó la Propuesta de resolución por la que se adjudican los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2020-2021.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 8 de abril de 2021 por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Islas Baleares correspondientes al curso 2020-2021.

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Adjudicar los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2020-2021 los alumnos siguientes:

Martorell Ruiz, Francesca

Gonzalez Cózar, Lucia

Chen, Wu

Mascarell Llabrés, Joan

Valiente Martinez, Maria Gabriela

Torrens Maura, María Antonia

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 21 de septiembre de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional

Martí X. March Cerdà