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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 453940
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, de día 29 de septiembre de 2021 de modificación de la convocatoria para el fomento de la compra productos de Mallorca, año 2021 para ampliar y mejorar la gestión de la campaña

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Texto

El Consejo Ejecutivo, en sesión de día 29 de septiembre de 2021 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

 “1.El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión extraordinaria, de día 21 de mayo de 2021 aprobó la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca año 2021. El extracto de la convocatoria se publicó en el BOIB nº. 67, de día 22 de mayo de 2021.

 2.El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión de día 9 de junio de 2021 aprobó modificar los puntos 4 y 18 de la convocatoria, en relación a la característica de uno de los productos del lote de productos de Mallorca y el procedimiento para la obtención del bonos, respectivamente. Esta modificación se publicó en el BOIB nº. 79, de día 15 de junio de 2021.

 3.El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión de día 7 de julio de 2021 aprobó la concesión y la disposición del gasto de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca, año 2021, la cual se publicó en el BOIB nº. 92, de día 10 de julio de 2021.

 4.El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión de día 21 de julio de 2021 aprobó la modificación de la concesión y la disposición del gasto de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca, año 2021, la cual se publicó en el BOIB núm.99, de día 24 de julio de 2021.

 5.El director insular de Promoción Económica y Producto de Mallorca emitió memoria justificativa sobre la necesidad de modificar la convocatoria para el fomento de la compra productos de Mallorca 2021 para ampliar y mejorar la gestión de la campaña. Concretamente, se justifica la necesidad de ampliar el periodo de la campaña hasta el 31 de diciembre de 2021, ampliar el plazo para obtener los bonos hasta día 15 de diciembre de 2021 y permitir un máximo de dos bonos por persona.

 6.La sección de Promoción Económica emitió informe jurídico favorable a la modificación de la indicada convocatoria de subvenciones de 2021 para ampliar y mejorar la gestión de la campaña, en los términos de la memoria justificativa y la propuesta.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. El Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, mediante la Dirección Insular de Promoción Económica y Producto de Mallorca tiene la competencia para tramitar el expediente de modificación de la citada convocatòria, de acuerdo con el artículo 9, letras q), r), s), y t) del vigente Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de día 9 de diciembre de 2019, con sus posteriores modificaciones.

2. El Consejo Ejecutivo es el órgano competente para aprobar la presente convocatoria de subvenciones, en virtud del artículo 36 f) del vigente Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, en concordancia con la base 23.4 de las de ejecución del presupuesto de gastos vigente del Consejo de Mallorca. Por lo tanto, también tiene la atribución de aprobar la modificación propuesta. 

3. El artículo 39.2, letra e) del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, en cuanto<A[cuando|cuándo]> a la competencia que tiene el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local para proponer al Consejo Ejecutivo el acuerdo que nos ocupa.

Por<A[Por|Para]> todo lo que se ha expuesto, dicta el siguiente

Acuerdo

1.Aprobar la modificación de los puntos 4, 6 y 18 de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca para el año 2021, en el sentido de ampliar la duración de la campaña hasta día 31 de diciembre de 2021, ampliar el periodo para obtener los bonos hasta día 15 de diciembre de 2021 y permitir un máximo de dos bonos por persona, en los términos siguientes:

 

DONDE DICE

“4. Finalidad y objeto de la convocatoria

La finalidad de la presente convocatoria es la reactivación económica y social de Mallorca después de la crisis ocasionada por la pandemia de la Covid-19, a través el estímulo de los sectores productivos de Mallorca, a través del fomento de la compra de producto local y de artesanía, a través de las cooperativas agrarias y a través de las entidades de economía social y solidaria, dando a conocer a los clientes los valores ecológicos, éticos, solidarios, artesanales, de proximidad, de denominación de origen (DO) e indicación geográfica protegida (IGP) de los productos Mallorquines.

Se pretende la realización de una campaña para fomentar la compra de producto de Mallorca consistente en que el cliente podrá optar a un bono de consumo para canjear por un lote de productos de Mallorca cuándo haga una o varías compras por<A[por|para]> un valor acumulado mínimo de 200,00 € en alguno de los establecimientos beneficiarios.

El objeto de esta convocatoria es la compra, elaboración y distribución de productos que compondrán los “lotes de productos de Mallorca”.  Los beneficiarios entregarán estos lotes a los clientes finales que hagan un gasto mínimo mediante un sistema de bonos<A[buenos|bonos]>, con el fin de reactivar la economía de los productores, cooperativas agrarias y demás entidades de la economía social y consolidaría.

El contenido de los lotes de productos a subvencionar será obligatoriamente:

-Una cazuela de barro<A[test|tiesto]> artesana de un diámetro entre 25 y 30 cm. (valor 12,50 €).

-Una botella de vino de la IGP “Vi de la Tierra” de 75 cl. (valor 10,50 €).

-Un tarro de garbanzos ecológicos de 350 g. (valor 2,10 €).

-Un tarro de confitura ecológica de 250 g. (valor 2,45 €).

-Una sobrasada de la IGP “Sobrasada de Mallorca” entre 600 y 800 g. (valor 9,00 €).

-Un paquete de barquillos artesanos de 150 g. (valor 4,50 €).

-Una botella de licor “de Hierbas Artesanas” de 70 cl. (valor 8,70 €).

-Una piedra de jabón artesano de 90 g. (valor 5,25 €).

-Una bolsa<A[bolsa|bolso]> de tela de “lenguas artesana” de medidas<A[medidas|tamaños]> 39 x 40 cm. (valor 18,50€)

-Una botella de vino de la DO “Pla<A[Plan|Plano]> i Llevant” de 75 cl. (valor 10,50 €).

-Una botella de vino de la DO “Binissalem” de 75 cl. (valor 10,50 €).

-Una bolsa<A[bolsa|bolso]> de almendras de la IGP “Ametlla de Mallorca” de 500 g. (valor 6,60 €).

-Una botella de aceite de la DO “Oli de Mallorca” de 500 ml. (valor 7,70 €).

-Un “Siurell” artesano (valor 8,40 €).

-Un tarro de salsa de algarroba ecológica de 350 g. (valor 4,70 €).

-Un tarro de flor de sal ecológica de 50 g. (valor 2,05 €).

-Un tarro de olivas de la DO “Oli de Mallorca” de 200 g. (valor 2,40 €).

-Un producto ecológico derivado del tomate de ramillete mallorquín (valor 2,65 €).

-Un paquete de galletas artesanas de 250 g. (valor 3,10 €).

-Un queso artesano de 350 g. (valor 7,20 €)

-Una botella de salsa picante artesana de 40 ml. o de confitura artesana de 400 g. (valor 5,60€).

-Un “gató de almendras” de la Asociación de Panaderos y Pasteleros Artesanos de Mallorca de 500 g. (valor 8,10 €).

 El valor individual de cada producto tiene la consideración de importe máximo a subvencionar y no incluye el impuesto del valor añadido (IVA), el cual no es subvencionable.

El valor total máximo subvencionable por lote de productos de Mallorca es de 153,00 €, este importe total no incluye el IVA.

También será objeto de subvención los gastos efectivos que correspondan a la elaboración y distribución de los lotes de producto de Mallorca, como el empaquetado, la conservación y su transporte adecuado en su caso. El importe máximo subvencionable por<A[por|para]> este concepto es de 22,00 euros sin IVA.

Siempre que sea posible y a los efectos de facilitar la producción, se tiene que acudir al mayor número de proveedores posibles para llevar a cabo la composición de los lotes.

Todos los productos artesanos tienen que provenir de productores que tengan la carta de artesano o de maestro artesano vigente y su número tiene que salir a la etiqueta del producto. Igualmente, todos los productos ecológicos tienen que mostrar en su etiqueta la certificación del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica (CBPAE).

En caso de que no se pueda suministrar un producto determinado, se prevé la posibilidad de cambio de producto por otro de similares características y valor, con la aprobación expresa de la Dirección Insular de Promoción Económica y Producto de Mallorca.

Sólo se entregará un lote de productos por cliente.

El gasto de los clientes se tendrá que hacer en un único comercio durante los meses que dure la campaña de fomento de compra de productos de Mallorca:  Tres meses a contar a partir de los 15 días naturales de la publicación de la concesión de la subvención en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

DEBE DECIR

“4. Finalidad y objeto de la convocatoria

La finalidad de la presente convocatoria es la reactivación económica y social de Mallorca después de la crisis ocasionada por la pandemia de la Covid-19, a través el estímulo de los sectores productivos de Mallorca, a través del fomento de la compra de producto local y de artesanía, a través de las cooperativas agrarias y a través de las entidades de economía social y solidaria, dando a conocer a los clientes los valores ecológicos, éticos, solidarios, artesanales, de proximidad, de denominación de origen (DO) e indicación geográfica protegida (IGP) de los productos Mallorquines.

Se pretende la realización de una campaña para fomentar la compra de producto de Mallorca consistente en que el cliente podrá optar a un bono de consumo para canjear por un lote de productos de Mallorca cuándo haga una o varias compras por<A[por|para]> un valor acumulado mínimo de 200,00 € en alguno de los establecimientos beneficiarios.

El objeto de esta convocatoria es la compra, elaboración y distribución de productos que compondrán los “lotes de productos de Mallorca”.  Los beneficiarios entregarán estos lotes a los clientes finales que hagan un gasto mínimo mediante un sistema de bonos<A[buenos|bonos]>, con el fin de reactivar la economía de los productores, cooperativas agrarias y demás entidades de la economía social y consolidaría.

El contenido de los lotes de productos a subvencionar será obligatoriamente:

-Una cazuela de barro<A[test|tiesto]> artesana de un diámetro entre 25 y 30 cm. (valor 12,50 €).

-Una botella de vino de la IGP “Vi de la Tierra” de 75 cl. (valor 10,50 €).

-Un tarro de garbanzos ecológicos de 350 g. (valor 2,10 €).

-Un tarro de confitura ecológica de 250 g. (valor 2,45 €).

-Una sobrasada de la IGP “Sobrasada de Mallorca” entre 600 y 800 g. (valor 9,00 €).

-Un paquete de barquillos artesanos de 150 g. (valor 4,50 €).

-Una botella de licor “de Hierbas Artesanas” de 70 cl. (valor 8,70 €).

-Una piedra de jabón artesano de 90 g. (valor 5,25 €).

-Una bolsa<A[bolsa|bolso]> de tela de “lenguas artesana” de medidas<A[medidas|tamaños]> 39 x 40 cm. (valor 18,50€)

-Una botella de vino de la DO “Pla<A[Plan|Plano]> i Llevant” de 75 cl. (valor 10,50 €).

-Una botella de vino de la DO “Binissalem” de 75 cl. (valor 10,50 €).

-Una bolsa<A[bolsa|bolso]> de almendras de la IGP “Ametlla de Mallorca” de 500 g. (valor 6,60 €).

-Una botella de aceite de la DO “Oli de Mallorca” de 500 ml. (valor 7,70 €).

-Un “Siurell” artesano (valor 8,40 €).

-Un tarro de salsa de algarroba ecológica de 350 g. (valor 4,70 €).

-Un tarro de flor de sal ecológica de 50 g. (valor 2,05 €).

-Un tarro de olivas de la DO “Oli de Mallorca” de 200 g. (valor 2,40 €).

-Un producto ecológico derivado del tomate de ramillete mallorquín (valor 2,65 €).

-Un paquete de galletas artesanas de 250 g. (valor 3,10 €).

-Un queso artesano de 350 g. (valor 7,20 €)

-Una botella de salsa picante artesana de 40 ml. o de confitura artesana de 400 g. (valor 5,60€).

-Un “gató de almendras” de la Asociación de Panaderos y Pasteleros Artesanos de Mallorca de 500 g. (valor 8,10 €).

El valor individual de cada producto tiene la consideración de importe máximo a subvencionar y no incluye el impuesto del valor añadido (IVA), el cual no es subvencionable.

El valor total máximo subvencionable por lote de productos de Mallorca es de 153,00 €, este importe total no incluye el IVA.

También será objeto de subvención los gastos efectivos que correspondan a la elaboración y distribución de los lotes de producto de Mallorca, como el empaquetado, la conservación y su transporte adecuado en su caso. El importe máximo subvencionable por<A[por|para]> este concepto es de 22,00 euros sin IVA.

Siempre que sea posible y a los efectos de facilitar la producción, se tiene que acudir al mayor número de proveedores posibles para llevar a cabo la composición de los lotes.

Todos los productos artesanos tienen que provenir de productores que tengan la carta de artesano o de maestro artesano vigente y su número tiene que salir en la etiqueta del producto. Igualmente, todos los productos ecológicos tienen que mostrar en su etiqueta la certificación del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica (CBPAE).

En caso de que no se pueda suministrar un producto determinado, se prevé la posibilidad de cambio de producto por otro de similares características y valor, con la aprobación expresa de la Dirección Insular de Promoción Económica y Producto de Mallorca. 

Se entregarán un máximo de dos lotes de productos por cliente.

El gasto de los clientes se tendrá que hacer en un único comercio durante el tiempo que dure la campaña de fomento de compra de productos de Mallorca.”

DONDE DICE

“ 6. Periodo subvencionable

El periodo subvencionable será los meses que dure la campaña de fomento de compra de productos de Mallorca: Tres meses a contar a partir de los 15 días naturales de la publicación de la concesión de las subvenciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”

DEBE DECIR:

“El periodo subvencionable será el tiempo que dure la campaña de fomento de compra de productos de Mallorca que se iniciará a partir de los 15 días naturales de la publicación de la concesión de las subvenciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finalizará el día 31 de diciembre de 2021.”

DONDE DICE

“18. Procedimiento para la obtención de los bonos

Se ofrecerán un número de bonos<A[buenos|bonos]> equivalente a los adjudicados a los beneficiarios, y que se estiman en 5.714 bonos de productos de Mallorca.

Este bono es personal e intransferible y sólo podrá hacer uso de él  la persona que lo ha obtenido.

No se permite la cesión de bono a un tercero.

Las personas interesadas a optar a los bonos de compra lo tienen que solicitar al siguiente enlace:

https:// https://ajutsmallorca.com

Esta solicitud se hará por vía telemática para personas mayores de 18 años. Tienen que incluir sus datos: nombre y apellidos, DNI o NIE, municipio, código postal, correo electrónico, aceptación de la declaración responsable del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos para<A[por|para]> la obtención de los bonos y la firma en lo referente a la protección de datos de carácter personal.

Las personas solicitantes de bonos<A[buenos|bonos]> tendrán que escoger un establecimiento concreto de entre la lista de los beneficiarios adjudicados.

El plazo para solicitar los bonos empieza a partir del día siguiente al de la publicación de la concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza a las 12 semanas.

La campaña, que durará 3 meses (12 semanas), se iniciará a los 15 días naturales de la publicación de la concesión de las subvenciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y se contará de fecha a fecha.

Los bonos llevarán impreso el establecimiento donde se podrá canjear el lote de productos. No se permite ningún cambio de comercio, de forma que el bono<A[bueno|bono]> únicamente da derecho a la entrega del lote si el gasto se ha hecho íntegramente en el mencionado comercio, ya sea en una o en varías compras por un importe de 200,00 € y realizadas en las fechas que dura la campaña.

Se prevé que la entrega de lotes se haga de forma gradual durante toda la campaña, a este efecto, los bonos llevarán impresa una fecha a partir de la cual será posible el canje por<A[por|para]> el lote de productos. De esta forma se prevé que los comercios puedan canjear cada semana una duodécima parte de todos los lotes que tengan adjudicados y hasta 15 días después de haber finalizado la campaña.

El bono da derecho a<A[bueno|bono]> un lote de productos de Mallorca valorado en un máximo de 153,00 €.

Para poder recoger el lote de productos, tendrá que entregar el bono<A[bueno|bono]>, los tickets<A[tickets|tiques]> de compra y presentar el DNI o NIE.

Se mantendrá actualizada la relación de comercios, cooperativas o productores adheridos a la campaña.  “

DEBE DECIR

“18. Procedimiento para la obtención de los bonos

Se ofrecerán un número de bonos <A[buenos|bonos]>equivalente a los adjudicados a los beneficiarios, y que se estiman en 5.714 bonos de productos de Mallorca.

Este bono es personal e intransferible y sólo podrá hacer uso de él a la persona que lo ha obtenido.

No se permite la cesión de bono a un tercero.

Las personas interesadas a optar a los bonos de compra lo tienen que solicitar al siguiente enlace:

https:// https://ajutsmallorca.com

Esta solicitud se hará por vía telemática para personas mayores de 18 años. Tienen que incluir sus datos: nombre y apellidos, DNI o NIE, municipio, código postal, correo electrónico, aceptación de la declaración responsable del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos para<A[por|para]> la obtención de los bonos y la firma en lo referente a la protección de datos de carácter personal.

Las personas solicitantes de bonos<A[buenos|bonos]> tendrán que escoger un establecimiento concreto de entre la lista de los beneficiarios adjudicados.

El plazo para solicitar los bonos empieza a partir del día siguiente al de la publicación de la concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el día 15 de diciembre de 2021.

La campaña, que durará hasta el día 31 de diciembre de 2021, se iniciará a los 15 días naturales de la publicación de la concesión de las subvenciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Los bonos llevarán impreso el establecimiento donde se podrá canjear el lote de productos. No se permite ningún cambio de comercio, de forma que el bono<A[bueno|bono]> únicamente da derecho a la entrega del lote si el gasto se ha hecho íntegramente en el mencionado comercio, ya sea en una o en varías compras por un importe de 200,00 € y realizadas en las fechas que dura la campaña.

Se prevé que la entrega de lotes se haga de forma gradual durante toda la campaña, a este efecto, los bonos llevarán impresa una fecha a partir de la cual será posible el canje por<A[por|para]> el lote de productos. De esta forma se prevé que los comercios puedan intercambiar cada semana una duodécima parte de todos los lotes que tengan adjudicados y hasta 15 días después de haber finalizado la campaña.

El bono da derecho<A[bueno|bono]> a un lote de productos de Mallorca valorado en un máximo de 153,00 €.

Para poder recoger el lote de productos, tendrá que entregar el bono<A[bueno|bono]>, los tickets<A[tickets|tiques]> de compra y presentar el DNI o NIE.

Se mantendrá actualizada la relación de comercios, cooperativas o productores adheridos a la campaña.  “ 

2. Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

3. Trasladar la información de este Acuerdo a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.”

 

Palma, 1 de octubre de 2021

La secretaría técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local

(Por delegación del consejero<A[consejero|conseller]> de Promoción Económica y Desarrollo Local

Resolución de 22/07/2019. BOIB nº. 103, de 27/07/2019)

Rosa Mª Cañameras Bernaldo