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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 449628
Acuerdo de aprobación definitiva del expediente número MP 2/2021 de modificación de las Bases de ejecución del presupuesto general del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial para el ejercicio 2021

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Texto

Aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno del Consejo de Mallorca que tuvo lugar el día 29 de julio de 2021 y transcurrido el período de exposición pública sin que se haya presentado ninguna alegación, queda definitivamente aprobado el expediente núm. MP 2/2021 de modificación de Bases de ejecución del Presupuesto del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial para el ejercicio 2021, que a continuación se transcribe:

“1. Por acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial de 13 de noviembre de 2020 se aprobó el proyecto de presupuestos del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial para el ejercicio 2021, y en fecha 30 de diciembre de 2020 se  aprobó definitivamente por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca (BOIB núm. 216, de 31 de desembre de 2020).

2. La vicepresidenta del Consorcio Serra de Tramuntana, el día 15 de junio de 2021, emitió una memoria justificativa en la que proponía  la modificación de las bases de ejecución del Presupuesto general del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial para el ejercicio 2021.

3. En fecha 16 de junio de 2021 se  decretó incoar el expediente de modificación de las bases de ejecución del Presupuesto general del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial para el ejercicio 2021 (exp.  MP 2/2021).

Fundamentos jurídicos

De acuerdo con el articulo 9.1 g) de los Estatutos del Consorcio (BOIB núm. 72, de 30 de mayo de 2019) corresponde a  la presidencia del Consorcio “elevar a la Junta Rectora los proyectos de presupuestos, las bases de ejecución y de plantilla de personal para los proyectos de presupuestos, las bases de ejecución i de plantilla de personal per su aprobación oportuna”.

Por todo ello, se propone a la Junta Rectora la adopción del acuerdo siguiente:

Acuerdo

1. Proponer  al Pleno del Consejo de Mallorca la modificación de la base 2 (Modificaciones presupuestarias) de las bases de ejecución del presupuesto del ejercicio 2021 del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial, en los términos siguientes:

Donde dice:

“1.- La presidencia del Consorcio incoará los expedientes de modificación de crédito.

2.- Las modificaciones presupuestarias serán aprobadas por el Pleno del Consejo de Mallorca a propuesta de la Presidencia del Consorcio, salvo de las que, según los estatutos del Consorcio, sean competencia de la Presidencia del mismo, que se aprobaran  por resolución de esta, i se dará cuenta en la  primera sesión plenaria que se celebre.”

Tiene que decir:

“1.- La presidencia del Consorcio incoará todos los expedientes de modificación de crédito.

2.- Atendiendo a los siguientes tipos de modificación presupuestaria que podrá llevar a cabo el Consorcio Serra de Tramuntana serán aprobados por:

  • Créditos extraordinarios y suplementos de créditos, por el Pleno del Consejo de Mallorca a propuesta de la presidencia del Consorcio.

  • Ampliaciones de crédito, por la presidencia del Consorcio por resolución, dándose cuenta al  Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre.

  • Transferencias de crédito entre aplicaciones presupuestarias de gasto que estén dentro de la misma área de gasto y correspondan a diferentes niveles de vinculación jurídica o si afectan a créditos de personal aunque correspondan a diferentes grupos de función, por la presidencia del Consorcio por resolución, dándose cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre.

  • Transferencias de crédito entre aplicaciones presupuestarias de gasto que correspondan a diferentes áreas de gasto, excepto las que afecten a créditos de personal, o bien entre aplicaciones de gasto correspondientes a subvenciones nominativas, por la presidencia del Consorcio por resolución, dándose cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre.

  • Generaciones de crédito, por la presidencia del Consorcio por resolución, dándose cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre. En el caso de tratarse de generaciones de crédito por subvención nominativa, la competencia será del Pleno del Consejo de Mallorca a propuesta de la presidencia del Consorcio.

  • Incorporaciones de remanentes, por la presidencia del Consorcio por resolución, dándose cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre.

  • Bajas por anulación, por el Pleno del Consejo de Mallorca a propuesta de la presidencia del Consorcio.

3.-  De la aprobación de todas estas modificaciones  se dará cuenta a la Junta rectora del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial en la primera sesión que se celebre.”

2. Publicar el acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca en el BOIB i exponerlo al público durante el plazo de quince días, y considerar este acuerdo como definitivo si no se presentan reclamaciones durante el plazo de exposición pública.

  

Palma, 29 de septiembre de 2021

La presidenta del Consorcio Serra de Tramuntana

Catalina Cladera Crespí