Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 449453
Resolución de exención horaria aplicable hasta el 30 de octubre de 2021, en trabajos de todo tipo de obras de edificación, modificación, reparación y derribos en cualquiera de los trabajos que se realizan en la vía pública, obras y edificaciones del municipio de Calvià
El Alcalde del Ajuntament de Calvià ha dictado en fecha 28 de septiembre de 2021 la siguiente resolución:
“ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Consecuencia de la pandemia ocasionada por el COVID-19, han sido múltiples y distintas las normativas, tanto estatales como autonómicas, que se han dictado en los distintos momentos para la gestión de la situación de crisis sanitaria.
SEGUNDO.- Debido a la repercusión económica que la pandemia ha ocasionado en los distintos sectores que motivan el desarrollo de la economía en el municipio, el Ajuntament, en el ámbito de sus competencias, ha adaptado y ajustado, en la medida de lo posible, las necesidades de cada sector, compaginándolo con las de los residentes, de forma que la recuperación económica se produzca lo antes posible en beneficio de todos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- La Comunidad Autónoma dictó el Decreto-Ley 4/2020, de 3 de mayo para impulsar y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda (BOIB nº 58, de 4 de mayo), estableciendo en su Disposición Final Tercera la modificación del artículo 8 de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las Administraciones Públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, dándole la siguiente redacción:
“Durante 2020 y hasta el 15 de junio de 2021 todo tipo de obras de edificación, modificación, reparación y derribos estarán exentas de las limitaciones temporales estivales relativas a la temporada turística que estén vigentes en cualquier normativa autonómica, insular o municipal. Los ayuntamientos pueden prorrogar de forma motivada esta exención, en función de las circunstancias concurrentes, sin necesidad de modificar la normativa municipal”.
II.- Si bien y durante la temporada estival de 2021 los sectores que impulsan la economía del municipio, turístico, hostelero, restauración y servicios, han podido, aunque no con pleno rendimiento, iniciar y desarrollar con un mayor nivel que en la temporada anterior su actividad, contando para ello con el soporte, en todos los ámbitos, de la Corporación, la que tiene como finalidad velar para que Calvià recupere su propia esencia como municipio de gran afluencia turística, compaginando los intereses vecinales y los turísticos.
III.- Sin cesar en los esfuerzos para conseguir que se alargue la temporada estival y turística, el volumen de trabajo ligado a la misma se ha reducido considerablemente. Teniendo en cuenta que la limitación horaria, regulada en la OM de Protección del Medio Ambiente contra la Contaminación Acústica por Ruidos y Vibraciones, que en su artículo 23, apartados 3 y 8 establece los horarios de trabajo según los meses de la temporada, (BOIB nº 46 de 05 de abril de 2014 según modificación publicada en el BOIB nº 4 de 09 de enero de 2021), finaliza el próximo 30 de octubre, y siendo en estos momentos el sector de la construcción de gran demanda, a la vez que son muchas las personas que laboralmente, en sus diferentes especialidades, realizan trabajos y dependen de este sector, por lo que al igual que se han adoptado las medidas necesarias para impulsar a los demás sectores del municipio, la Corporación considera necesario ahora, con fundamento en la legislación aplicable, exencionar la limitación horaria de todo tipo de obras de edificación, modificación, reparación y derribos en cualquiera de los trabajos que se realizan en la vía pública, obras y edificaciones del municipio de Calvià para adaptarlo a las necesidades que requiere el sector de la construcción, como un impulso más de la economía municipal, sin que ello suponga una modificación de la normativa municipal referida.
Por todo lo que se ha expuesto,
PROPONGO
PRIMERO.- Exencionar la limitación horaria de todo tipo de obras de edificación, modificación, reparación y derribos en cualquiera de los trabajos que se realizan en la vía pública, obras y edificaciones del municipio de Calvià, desde las 9'00 horas hasta las 16'00 horas, de lunes a viernes, hasta el 30 de octubre de 2021, en aplicación de la modificación del artículo 8 de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las Administraciones Públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, operada por Decreto-Ley 4/2020, de 3 de mayo para impulsar y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda (BOIB nº 58, de 4 de mayo), sin que ello suponga una modificación de la normativa municipal.
SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el BOIB.
TERCERO.- Dar cuenta al Pleno.”
Calvià, 29 de septiembre de 2021
El alcalde
Alfonso Rodríguez Badal