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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 447578
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears por la que se aprueba la ampliación del crédito de la convocatoria de subvenciones «SOIB Dona 2021»

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Texto

El Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) se creó mediante la Ley 7/2000, de 15 de junio, como una entidad autónoma de carácter administrativo, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrita a la consejería competente en materia de trabajo.

El Decreto 22/2020, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Illes Balears, dispone que esta entidad tiene como funciones, entre otras, desarrollar las políticas activas de empleo, que deben garantizar, de un lado, una mejor eficiencia del mercado de trabajo de les Illes Balears y, de otra, asegurar la igualdad de oportunidades laborales de todas las personas en edad laboral.

En sintonía con la misión de garantizar la igualdad de oportunidades de todas las personas desempleadas, así como dar servicio a un colectivo con unas circunstancias especiales, en el año 2018 el SOIB desarrolló el programa “SOIB Dona”, del que ya se han publicado tres convocatorias (años 2018, 2020 y 2021).

En estos momentos el objetivo de esta última convocatoria de “SOIB Dona 2021” es consolidar este programa, de manera que devenga un derecho cierto de las mujeres que padecen la lacra de la violencia machista y sirva como un seguro de que el Gobierno ponga medios para ayudarlas en este tránsito hacia la normalidad.

Por la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del SOIB de 2 de junio de 2021 (BOIB núm. 74, de 5 de junio), se aprueba la convocatoria de subvenciones “SOIB Dona 2021”, para fomentar la contratación de mujeres víctimas de violencia machista en proyectos de inserción laboral con un crédito de 6.350.000 € y un plazo de presentación de solicitudes amplio, abierto hasta el 30 de septiembre de 2021.

A finales de agosto, y con el plazo de presentación de solicitudes todavía abierto, ya se han recibido solicitudes de ayuda por un importe que supera el crédito inicial de la convocatoria, de tal manera que este crédito resulta insuficiente para poder atender a todas.

El punto 2 del apartado segundo de la convocatoria recoge la previsión de que, siempre que haya solicitudes no resueltas por no disponer del crédito suficiente, y si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, se puede aumentar el importe de esta convocatoria sin abrir otro plazo de presentación de solicitudes.

Por lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria, el SOIB dispone de fondos de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales (FF 21021) que podría destinar, debido a que son adecuados a la finalidad de esta convocatoria.

Por otro lado, en la memoria justificativa de la directora del SOIB se recogen los motivos que justifican la necesidad de ampliar el crédito total de la convocatoria sin ampliar el plazo de presentación de solicitudes, basados en el objetivo de facilitar la contratación del mayor número de mujeres posible.

Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y , además, por la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de octubre de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo que gestiona el SOIB.

Esta convocatoria está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones 2018-2020 de la CAIB, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, el cual fue prorrogado mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021 (BOIB núm. 11, de 26 de enero). Se ha llevado a cabo una modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 10 de mayo de 2021 (BOIB núm. 63, de 15 de mayo) y dentro del objetivo III (“Lucha contra las desigualdades”), se modifica el punto 2 relativo a la igualdad entre hombres y mujeres, de manera que se actualiza una de sus líneas (línea 5).

En todo lo que no se establece en esta Resolución, es necesario ajustarse a lo que dispone el resto de normativa de aplicación general.

Por todo esto, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 22/2020, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Illes Balears, y de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Reglamento aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears, y otras disposiciones de aplicación general, y teniendo en cuenta igualmente las disponibilidades presupuestarias, así como el informe favorable de la Intervención General, dicto la siguiente

Resolución

1. Ordenar el inicio del expediente de gasto para ampliar el crédito total de la convocatoria «SOIB Dona 2021» (BOIB núm. 74, de 5 de junio) en un importe de 2.000.000 € (dos millones de euros), que se añaden al crédito asignado inicialmente a la convocatoria de 6.350.000 €. Así, resulta un crédito total de 8.350.000 € (ocho millones trescientos cincuenta mil euros), imputables a los presupuesto generales de la CAIB para el año 2021, con la distribución siguiente:

  • 1.350.000 €, imputables al centro de coste 76101, subprograma 322D05, capítulo 4, fondo finalista 21090 (fondos provenientes de la Conferencia Sectorial de Igualdad, Pacto de Estado contra la violencia de género).
  • 3.000.000 €, imputables al centre de coste 76101, subprograma 322D05, capítulo 4, fondo finalista 21021 (fondos provenientes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales).
  • 4.000.000 €, imputables al centre de coste 76101, subprograma 322D05, capítulo 4, fondo finalista 19113 ( fondos provenientes del Fondo Social Europeo, Programa Operativo de las Illes Balears 2014-2020).

2. Mantener el plazo de presentación de solicitudes, tal como queda establecido en el apartado octavo, punto 4, del anexo de la convocatoria, que permanece abierto hasta el 30 de septiembre de 2021.

3. Ordenar la comunicación a la Base de datos nacional de subvenciones y la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de esta Resolución, la cual comienza a producir efectos el día siguiente a su publicación.

Interposición de recursos

Contra aquesta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril), y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).

 

Palma, 28 de septiembre de 2021

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presiente del Servicio de Empleo de las Illes Balears Iago Negueruela Vázquez