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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 440053
Resolución para conceder y reconocer las subvenciones derivadas de la convocatoria de subvenciones destinadas a familias, consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano para el año 2020 en la isla de Mallorca, a través de la entidad colaboradora Ayuntamiento de Sineu

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Texto

En fecha 3 de diciembre de 2020, el consejero ejecutivo de Turismo y Deportes dictó la resolución siguiente:

«Antecedentes

1. El 27 de mayo de 2020 el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca aprobó la convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano para el año 2020 en la isla de Mallorca a través de entidad colaboradora, así como el convenio marco que resolvió la gestión de las subvenciones, modificada por Acuerdo de Consejo Ejecutivo de 1 de junio de 2020 (extracto publicado en el BOIB nº. 103, de 6 de junio de 2020)

2. El Ayuntamiento de Sineu fue nombrado entidad colaboradora y se firmó el convenio de colaboración con el Consejo de Mallorca en fecha 26 de junio de 2020.

3. El 15 de julio de 2020, el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública resolvió aprobar un anticipo del 100% del importe asignado al Ayuntamiento de Sineu y ordenar su pago en concepto de anticipo no presupuestario (10044) por el importe de 8.000 €, como financiación necesaria para poder llevar a cabo el objeto de la convocatoria.

4. El Ayuntamiento de Sineu, como entidad colaboradora ha presentado dentro de plazo la documentación justificativa por un importe total de 2.850 €, y el centro gestor del Departamento de Turismo y Deportes ha emitido informe favorable de la documentación justificativa.

5. Visto que la diferencia entre los fondos anticipados y abonados al Ayuntamiento y el total justificado con beneficiarios por parte de la Entidad colaboradora es de 5.150 €, procede devolver al Consejo de Mallorca esta cantidad de conformidad con lo previsto en la cláusula novena del Convenio de colaboración.

6. Vista la instrucción y el calendario de cierre del ejercicio 2020, en fecha 26 de octubre de 2020 el secretario técnico del Departamento de Turismo y Deportes solicitó al consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública la prórroga del plazo para fiscalizar y contabilizar las disposiciones, reconocimientos, obligaciones y órdenes de pago de los expedientes derivados de la convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano para el año 2020 en la isla de Mallorca. Esta solicitud fue autorizada con el visto bueno de la Secretaría Técnica de Hacienda y Función Pública.

7. El día 26 de noviembre de 2020 la Intervención delegada emitió el informe de fiscalización.

Fundamentos de derecho

1. Decreto 8/2020, de 13 de mayo

2. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

3. Convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano para el año 2020 en la isla de Mallorca, a través de entidad colaboradora (BOIB nº. 103, de 6 de junio de 2020).

4. Convenio de colaboración entre el Consejo de Mallorca y el Ayuntamiento de Sineu.

5. El artículo 39.2 h) del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca.

Por todo el expuesto dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder las subvenciones a los beneficiarios que figuran en la tabla en la que consta el importe individualizado y NIF y que suman un importe total de 2.850 €, en el marco de la convocatoria de subvenciones consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano en el año 2020 en la isla de Mallorca, a través de entidad colaboradora.

NOMBRE BENEFICIARIOS

DNI

SUBVENCIÓN

FECHA PAGO

Maria Zelenina

Y3155273D

225,00 €

13/08/20

Margalida Frau Campins

78211267C

150,00 €

13/08/20

Aina Maria Pons Miquel

43168600S

225,00 €

13/08/20

Diego Sans Palmer

43085622K

150,00 €

13/08/20

Bibiana Soto Perez

46823869D

75,00 €

13/08/20

Raquel Mata Clar

43174589R

450,00 €

13/08/20

Karla del Rosario Miranda

41691282X

300,00 €

13/08/20

Blanca Mariela Otavalo Marcillo

X3776480H

450,00 €

13/08/20

Paula Mariela Nuñez Gonzalez

52030468Y

150,00 €

13/08/20

Ana Maria Perez Cantallops

43055781B

225,00 €

13/08/20

Mª Victoria Cañellas Gelabert

43185328E

150,00 €

14/09/20

Nicole Devetak

Y7860018N

150,00 €

29/10/20

Aina Maria Coli Mulet

43120250B

150,00 €

29/10/20

TOTAL GASTOS

 

2850,00 €

 

TOTAL CONVENIO

 

8000,00 €

 

CANTIDAD A RETORNAR

 

5150,00 €

 

2. Aprobar la justificación presentada por el Ayuntamiento de Sineu con NIF P0706000G, mediante los certificados, prevista en la cláusula octava del Convenio de colaboración, acreditativos del cumplimiento de los requisitos de cada beneficiario y de los fondos percibidos en el marco de la convocatoria mencionada. por el importe total de 2.850 € y que el Ayuntamiento ha anticipado a las personas que han resultado beneficiarias de la subvención, cuyo desglose figura en la tabla del punto 1.

3. Disponer y reconocer una obligación a favor de los beneficiarios y por los importes que se detallan en la tabla<A[mesa|tabla]> del punto 1, derivada de la subvención mencionada, con cargo a la aplicación presupuestaria 30.23199.48900.

4. Proponer al consejero<A[consejero|conseller]> de Hacienda el pago en formalización con descuento contra el concepto no presupuestario 10044.

5. Requerir al Ayuntamiento para que reintegre al Consejo Insular el importe de 5.150 €, dado que hay una diferencia entre el anticipo<A[adelanto|anticipo]> percibido por el Ayuntamiento para actuar como entidad colaboradora y la parte justificada y aprobada por el Consejo Insular, conforme al documento de ingreso que se adjunta.

Una vez ingresado se imputará al concepto no presupuestario 10044 con el fin de saldar el anticipo<A[adelanto|anticipo]> concedido mediante el mencionado concepto por haber actuado como Entidad Colaboradora.

7. Dar traslado a la Intervención Delegada de la Misericordia y notificar al ayuntamiento interesado.»

 

Palma, 3 de agosto de 2021

El secretario técnico de Turismo y Deportes (Por delegación del consejero<A[consejero|conseller]> de Turismo y deportes, Resolución de 30/07/19,  BOIB nº. 109, de 8/08/2019) Joan Gaspar Vallori Guayta