Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 429917
Modificación de las bases de tres líneas de subvenciones en materia de prevención, reutilización y reciclaje de residuos para el año 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de 1 de octubre, se hace público el acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza en sesión ordinaria de fecha 17 de septiembre de 2021 en relación con la ampliación del plazo de justificación de dos líneas de subvención, II) a) proyectos de entidades sin ánimo de lucro y II) b) proyectos de los ayuntamientos, en materia de prevención, reutilización, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos para el año 2021:

PRIMERO.- Modificar los artículos 3.7 y 8.1 de las Bases de la convocatoria de tres líneas de subvenciones en materia de prevención, reutilización, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos para el año 2021 en el sentido de ampliar el plazo de justificación de las subvenciones que en su caso se concedan, y concretamente:

1. Modificar el segundo párrafo de la base 3.7 que queda redactado de la forma siguiente:

(...) Asimismo, se podrá presentar la justificación durante todo el tiempo que transcurra desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha límite de justificación (25 de octubre de 2021) para las líneas de subvención de proyectos II) a) a entidades sin ánimo de lucro y II) b) de proyectos a los ayuntamientos, y 8 de noviembre para la línea de subvención II) c) dirigida a los ayuntamientos para el fomento de la recogida de materia orgánica. En estos casos, tanto la resolución de concesión como la resolución de pago se podrán resolver de forma individual para cada entidad aunque no haya finalizado el plazo previsto para la justificación.

2. Modificar el apartado b) de la base 8.1 que queda redactado en la forma siguiente: 8.1. La justificación de la subvención se hará en una sola vez. Existen dos opciones: (…) b) Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y, como máximo hasta la fecha límite de justificación, el 25 de octubre de 2021. En este caso se considera que el plazo de justificación se inicia a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

SEGUNDO.- Publicar este acuerdo según lo establecido en las bases reguladoras de la convocatoria y notificarlo a los interesados.

 

Eivissa, 20 de septiembre de 2021

Departamento Presidencia y Gestión Ambiental 

La jefa de sección de Medio Ambiente

Belén Planells Tur